Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2007 (28/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
RECOMENDACIONES AL TURISTA:

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2007

1. Los bienes adquiridos en la MORDAZA Comercial de Tacna, deben ser declarados en este documento, el cual debe ser presentado en las ventanillas de la ZOFRATACNA, del Terminal Terrestre "Manuel A. Odria" o Aeropuerto "Carlos Ciriani", segun viaje por via terrestre o aerea respectivamente. 2. ZOFRATACNA le entregara un listado de acuerdo a lo declarado, que reflejara el valor de la exoneracion utilizada y el saldo de su cuenta corriente para controlar el tope de US$ 1,000.00 por viaje, y de US$ 3,000.00 anual que le concede la ley. De exceder estos topes debe pagar los tributos respectivos. 3. Con el documento senalado podra embarcarse hacia su destino. De hacerlo por via aerea, su equipaje estara sujeto a la revision fisica, de ser seleccionado. Si lo hace por via terrestre, el omnibus debera controlarse en el Puesto de Control Aduanero de Tomasiri, para someterse a un control aleatorio, circuito VERDE/ROJO que va a determinar si el vehiculo sera sujeto a revision fisica al igual que el equipaje de los pasajeros, tratandose de otros Puestos de Control la revision fisica sera al 100%. 4. Si como consecuencia de la revision fisica en el Puesto de Control Aduanero se encuentran bienes o mercancias no declaradas, estos seran incautados inmediatamente.

IMPORTANTE
1. Adjuntar la MORDAZA MORDAZA de Boletas de Venta que corresponde a SUNAT. 2. Presentar su Documento Nacional de Identidad sin remarcaciones, enmendaduras o en mal estado, caso contrario no se aceptara la presente Declaracion. 3. No aceptar llevar mercancia por encargo de terceras personas, lo cual contraviene los dispositivos legales vigentes. 4. La DD.JJ debera presentarse en las Oficinas de ZOFRATACNA, una (01) hora MORDAZA del horario programado de salida del omnibus o aeronave.

LISTA DE BIENES considerando monto y volumen de compras, que las personas naturales podran adquirir en la MORDAZA Comercial de Tacna para su traslado al resto del territorio nacional. SECCION A Articulos que constituyen equipaje de los turistas que visiten la MORDAZA de Tratamiento Especial de Tacna y que pueden internar al resto del territorio nacional, hasta un MORDAZA de tres oportunidades en un periodo de doce (12) meses: a) Prendas de vestir que se advierte son de uso personal del turista, hasta seis (06) unidades por MORDAZA de ropa interior y tres (03) unidades por MORDAZA de ropa exterior. b) Articulos de tocador adecuados a la condicion del turista. c) Objetos de uso y adorno personal.d) Medicamentos de uso personal. e) Libros, revistas y documentos en general. f) Hasta tres (3) litros de licor.

g) Hasta cincuenta (50) puros o doscientos cincuenta (250) gramos de tabaco picado o hebras para fumar. h) Una camara fotografica o digital, y hasta 5 rollos de pelicula o un soporte de memoria, respectivamente. i) Maletas, carteras, bolsas y otros envases de uso comun, que contengan los objetos que constituyen el equipaje del turista. No se otorgara a los menores de 18 anos las franquicias senaladas en los incisos f) y g). SECCION A1 Articulos que pueden ser adquiridos libre del pago de tributos por una sola vez en un periodo de 12 meses: a) Una (01) Lap Top o Note Book. b) Un (01) Televisor hasta 29 pulgadas Respecto al inciso a) de la presente Seccion A1, los menores de 18 anos solo podran hacer uso de dicha franquicia en caso no opten por la franquicia a que se refiere el inciso k) de la seccion B, dentro de un periodo de 12 meses.

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