Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2007 (24/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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que, con respecto a la remuneracion del senor MORDAZA y el regimen de dieta de los senores regidores, debera de efectuarse de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9º, inciso 28 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y atendiendo a las consideraciones expuestas. ACUERDA: 1. Fijar la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao en S/. 11,050.00 (once mil cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), correspondiente a cuatro y un MORDAZA URSP, por todo concepto. 2. Fijar el monto de la dieta de los senores regidores en S/. 1,657.50 (mil seiscientos cincuenta y siete y 50/100 Nuevos Soles) por la asistencia efectiva a una sesion, siendo un MORDAZA de dos sesiones al mes por las que percibira dietas, cuyo total equivale al 30% de la remuneracion mensual del senor MORDAZA Provincial del Callao. 3. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA, el articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la ficha tecnica para la constatacion de caracteristicas tecnicas de los vehiculos destinados al servicio de transporte publico de pasajeros correspondientes al ano 2007, conforme a lo descrito en el anexo unico del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de MORDAZA del 2007, la vigencia de las tarjetas de circulacion otorgadas a las Empresas de Transporte autorizadas por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, para la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros MORDAZA e interurbano, en tanto culmine el MORDAZA de Constatacion y Caracteristicas tecnicas correspondientes al ano 2007. Articulo Tercero.- Las Tarjetas de Circulacion expedidas con vigencia hasta el 30 de junio del 2007, cuyas unidades no se presenten o desaprueben la constatacion de caracteristicas tecnicas correspondientes al ano 2007, caducaran de pleno derecho. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General de Transporte MORDAZA, la baja de oficio del Padron Vehicular de aquellas unidades vehiculares que no hayan sido habilitadas durante los anos 2005 y 2006 por las Empresas de Transportes autorizadas para la prestacion del servicio de transporte publico regular de pasajeros, asi como la baja de oficio de aquellas unidades que no MORDAZA habilitadas por mas de seis meses por la Empresa de Transporte autorizada para la prestacion del servicio de transporte publico Articulo Quinto.- Poner en conocimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Policia Nacional del Peru. Articulo Sexto.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General de Transporte Urbano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

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Aprueban ficha tecnica para la constatacion de caracteristicas tecnicas de los vehiculos destinados al servicio de transporte publico de pasajeros correspondiente al ano 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000004
Callao, 16 de enero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales son organos del Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provinciales son competentes en materia de transporte, para normar y regular el servicio de transporte publico y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000015 del 31 de MORDAZA del 2005, se autorizo a la Gerencia General de Transporte MORDAZA a renovar hasta el 30 de junio del 2007; las autorizaciones otorgadas a las empresas de Transporte Publico cuya autorizacion y/o permiso de operacion hayan vencido el 31 de MORDAZA del 2005, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el mencionado dispositivo municipal. Que, el Informe Nº 003-2006-MPC/GGTU/SGT, emitido por la Subgerencia de Coordinacion y Apoyo de Transporte, expresa que habiendo aprobado la Gerencia General de Transporte MORDAZA, mediante Resolucion Gerencial Nº 0032006-MPC/GGTU, del 4 de enero del 2007, el Cronograma del MORDAZA de Constatacion de Caracteristicas Tecnicas del ano 2007, resulta necesario aprobarse la ficha tecnica elaborada por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, para llevar a cabo el MORDAZA de constatacion de caracteristicas tecnicas de los vehiculos destinados al servicio de transporte publico; asi como dictar las medidas necesarias a efectos de no desatender las necesidades de servicio de transporte publico de la colectividad, prorrogandose la vigencia de las tarjetas de circulacion del ano 2006, otorgadas a las Empresas de Transportes que prestan servicio de transporte publico MORDAZA e interurbano, en tanto culmine el MORDAZA de Constatacion de Caracteristicas Tecnicas para el presente ano. Por lo expuesto y estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de

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MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Mantienen ingreso mensual del MORDAZA y montos de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-CDB
Bellavista, 16 de enero de 2007. EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En la estacion de Orden del Dia de la Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, el Informe Nº 25-2007-MUDIBE/ OAF-UP de la Unidad de Personal; CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades establece que es atribucion del Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los regidores. Que, al articulo 21º de la misma MORDAZA establece que el MORDAZA desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. De igual forma, el articulo 12º de la mencionada Ley establece que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a

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