Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2007 (09/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Quispinicas, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 105707-2

EsSalud Huancavelica, a cargo de la Jefatura Regional Huancayo, cuyo inicio de actividades se llevara a cabo el 10 de septiembre del 2007. Articulo Segundo.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar implementada en el Hospital Nivel III MORDAZA - EsSalud, a cargo de la Jefatura Regional MORDAZA, cuyo inicio de actividades se llevara a cabo el 17 de septiembre del 2007. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo comunicar a los medios de comunicacion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion en general. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 105774-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Actualizan monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre setiembre 2007 - noviembre 2007
CIRCULAR Nº B-2167-2007 MORDAZA, 7 de setiembre de 2007 B - 2167 - 2007 F - 0507 - 2007 CM - 0354 - 2007 CR - 0223 - 2007 -------------------------------------------------------Ref. : Actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre setiembre 2007 ­ noviembre 2007 -------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, asi como de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo setiembre 2007 ­ noviembre 2007, del monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos, senalado en el articulo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos durante el periodo setiembre 2007 ­ noviembre 2007 se indica a continuacion:
COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS Monto en Nuevos Soles SETIEMBRE 2007 ­ NOVIEMBRE 2007 (*) 78,519

Autorizan la apertura de las Oficinas Registrales Auxiliares implementadas en la Red Asistencial EsSalud Huancavelica y en el Hospital Nivel III MORDAZA - EsSalud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 775-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de setiembre de 2007 VISTOS: el Oficio Nº 003870-2007/GOR/RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 000014-2007/PAHVH/GOR/RENIEC, emitido por el Programa de Atencion de Hechos Vitales en Hospitales de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 001118-2007/GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion, y otros; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 439-2007/ JEF/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16MAY07, se dispuso autorizar la implementacion de Oficinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectuaran las inscripciones de los nacimientos y defunciones que ocurran en los nosocomios a cargo de dichas instituciones, asi como, la tramitacion del DNI a los recien nacidos y menores de edad; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el referido acto administrativo, el Jefe del Programa de Atencion de Hechos Vitales en Hospitales de la Gerencia de Operaciones Registrales, propone la apertura de las Oficinas Registrales Auxiliares implementadas en la Red Asistencial EsSalud de Huancavelica y en el Hospital Nivel III MORDAZA - EsSalud; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2007/ JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar implementada en la Red Asistencial

CIRCULAR Nº

(*) Actualizacion para el trimestre setiembre 2007 ­ noviembre 2007 en base a la Variacion IPM diciembre 1998 ­ agosto 2007: 1.26643002 Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 105968-1

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