Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2008 (13/07/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

El Oficio Nº 794-2008-OIG-PJ, de fecha 6 de junio del 2008, mediante el cual se eleva el Informe Especial Nº 004-2008-2-0279 de Inspectoria General del Poder judicial, referente al Examen Especial de la Gestion Administrativa de la Corte Superior de Justicia de San Martin; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial corresponde a una accion de control programada en el Plan Anual de Control del ano 2008 de la Oficina de Control Institucional del Poder Judicial, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 0062008-GG del 09 de Enero del 2008; Que, la naturaleza de la presente accion de control corresponde a un Examen Especial, el mismo que tuvo como objetivo general evaluar la gestion administrativa de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA y como objetivo especifico examinar selectivamente la operatividad de los sistemas administrativos desarrollados a traves de la Oficina de Administracion Distrital en las Areas de Personal, Tesoreria, Logistica, Control Patrimonial, Transportes, Archivo Central, Recaudacion de Ingresos Propios, en cumplimiento a la normatividad vigente y de los objetivos y metas dentro del MORDAZA de la mision institucional y Evaluar los procesos de seleccion para la adquisicion de Bienes y/ o Contratacion de Servicios en el periodo Enero 2006 a Diciembre 2007; Que, el Examen Especial comprende la revision y analisis selectivo de los documentos y registros que sustentan los actos administrativos realizados por las diversas areas administrativas de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, durante el periodo comprendido entre enero del 2006 a Diciembre 2007 y se ejecuta de acuerdo a las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGA) y las Normas de Auditoria Gubernamental (NAGU); Que, durante la Ejecucion de la Accion de Control en la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, la Comision de Auditoria ha detectado siete (7) boletas de venta por un monto total de S/. 2,054.00 nuevos soles, con evidentes indicios de falsificacion, los mismos que habian sido presentadas en las rendiciones de cuentas, como documentos sustentatorios de gastos para el reembolso del Fondo para Pagos en Efectivo, documentos cuyos montos, fechas o caracteristicas tipograficas, al ser comparados con las boletas originales que el emisor mantiene en su poder, difieren totalmente, razon por la cual, el monto total de gastos por la suma de S/. 2,054.00 nuevos soles, ha sido observado por la Comision Auditora; Que, de las siete (7) boletas de venta que presentan irregularidades, cuatro (4) supuestamente corresponden a Ferreteria MORDAZA con los numeros: 000597 por un monto de S/: 125.00, Nº 000668 por un monto de S/: 360.00, Nº 009535 por S/. 198.00, Nº 009536 por S/. 290.00, y tres (3) boletas de venta, corresponden a Ferrocentro con los numeros: 000997 por un monto de S/. 393.00, Nº 011323 por S/. 378.00 y Nº 011459 por S/. 310.00, documentos de pago que como se menciona anteriormente, fueron presentados como respaldo en las rendiciones del Fondo para Pagos en Efectivo ; Que, de las investigaciones realizadas al respecto, se ha podido determinar que los Funcionarios y Servidores de la Institucion, participes en los hechos delictivos son los siguientes: senor IDELSO MORDAZA MORDAZA, Asistente de Logistica, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Logistica, encargada de Control Patrimonial, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Logistica, Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Proveedor de Servicios, quienes estarian incursos en el delito de Falsificacion de Documentos previsto y penado en el Art. 427º del Codigo Penal, asimismo el senor IDELSO MORDAZA MORDAZA, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA RIOFRIO, tambien estarian incursos en el delito de Falsedad Ideologica previsto y penado en el Articulo 428 del Codigo Penal, y el Funcionario senor MORDAZA MORDAZA RIOFRIO, estaria ademas incurso en el delito de Peculado previsto y sancionado en el Articulo 387º del mismo cuerpo de leyes; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los senores: IDELSO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA RIOFRIO Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 12º del Decreto Ley 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 137-2008-P-PJ de fecha 1º de MORDAZA del presente ano; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los senores: IDELSO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA RIOFRIO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notificacion de la presente resolucion y la remision de los actuados del caso a la Procuraduria Publica del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la Oficina de Inspectoria General de este Poder del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General Poder Judicial
225174-7

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ticllos la ampliacion de reinscripcion de asientos en libros de nacimientos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 393-2008-JNAC/RENIEC

MORDAZA, 20 de junio del 2008. VISTO: el Informe Nº 000380-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC de la Subgerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 00129-2008-GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles;

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