Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2008 (13/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

376109

y alcantarillado, viviendas, infraestructura de riego, MORDAZA de regadio, caminos y carreteras, servicios de energia electrica, de telefonia, edificaciones publicas, entre otros, dentro del MORDAZA de la ley, el cual incluye la contratacion de personas naturales o juridicas, ejecutores de obras, para la ejecucion de los proyectos de obras: "Construccion del Cerco Perimetrico del Estadio Municipal", "Construccion de Nichos", "Remodelacion y Ampliacion del Palacio Municipal" y "Construccion de sistema de abastecimiento de agua potable y Desague", financiados con los recursos provenientes de los recursos no comprometidos al 31/12/2007 de la fuente de financiamiento del Canon y Sobre canon (saldo de balance) y de la misma fuente de financiamiento de las obras programadas para el presente ano fiscal; obras que se ejecutaran en los plazos establecidos en los expedientes tecnicos, como parte de este MORDAZA de reconstruccion y rehabilitacion y que beneficiara a mas de 10,000 personas; exoneracion que debe ser aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal y remitido a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE dentro del termino de ley; Que, conforme a lo prescrito en el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM., se considera situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la entidad queda exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM., regula la situacion de emergencia, prescribiendo que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad de adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. La contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera de regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, publicando el Acuerdo de Concejo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones; Que, conforme a lo prescrito en los Articulos 19° y 20º del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM., exoneracion de procesos de seleccion y formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, dispone que las exoneraciones de procesos de seleccion son aprobados por Acuerdo de Concejo Municipal, requiriendo para tal efecto de los informes tecnico y legal previo. El Acuerdo adoptado debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal y de los informes que lo sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion;

Que, el Articulo 148º del Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Procedimientos para las Adquisiciones y Contrataciones Exoneradas, dispone que la entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias, y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, en tal sentido corresponde emitir el Acuerdo de Concejo, mediante el cual se apruebe la exoneracion de los procesos de seleccion por la causal de Situacion de Emergencia, para contratar, a traves de acciones directas, las obras tendientes a la reconstruccion y rehabilitacion, sustentadas en el Informe Nº 207A2008-DO/MDSL, debiendo de incluirse la adquisicion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Canete; Estando a los fundamentos expuestos y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Articulo 9° de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, y a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 20° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM., con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion de Acta, y por UNANIMIDAD, se aprobo el siguiente Acuerdo; ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE CANETE QUE EXONERA DE MORDAZA DE SELECCION POR CAUSAL DE SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DE PROYECTOS DE OBRAS Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DE LOS PROCESOS DE SELECCION POR CAUSAL DE SITUACION DE EMERGENCIA para la contratacion de ejecutores de obras, MORDAZA personas naturales o juridicas, de los proyectos de obras: Proyecto "Construcciones" - Construccion de Nichos en el Cementerio Municipal S/. 60,000.00 - Construccion del Cerco Perimetrico del Estadio Municipal S/146,513.09 - Remodelacion y Ampliacion de Palacio Municipal S/. 89,510.36 Construccion de Sistema de Abastecimiento de Agua Potable.
- Construccion de Linea de Conduccion de agua potable en el Fundo Don Oscar. S/. 73,384.53 - Construccion de Linea de Conduccion de Agua Potable en el Barrio Vista MORDAZA S/.65,000.00

Articulo Segundo.ENCARGAR al Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Canete, la ejecucion del MORDAZA por exoneracion, la contratacion de ejecutores de obras, personas naturales o juridicas, para la ejecucion de los proyectos de obras indicados en el articulo precedente. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal remita MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo Municipal y de los informes que sustentan el presente MORDAZA de exoneracion, a la Contraloria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.