Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2008 (13/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Asimismo establece este articulo que las adquisiciones se realizaran mediante acciones inmediatas; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar tecnica y legalmente la justificacion de la adquisicion o contratacion, y de la necesidad de la exoneracion fundamentado de Declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente al suministro de productos alimenticios para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Huancavelica; y, Estando a lo expuesto, aprobado por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 30 de junio del ano en curso y con las atribuciones conferidas por el numeral 3 del articulo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del acta, con visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR, la situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del Producto:
ITEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO (S/.) 6,562 30,185.2

En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 30 de junio de 2008, segun informe Nº 042-2008GM/MDSL, de fecha 30 de junio del 2008 remitido por el Gerente Municipal y el Informe Nº 106-2008NMH-MDSL, de fecha 30 de junio del 2008 remitido por la Oficina de Asesoria Legal, asunto: Contratacion de personas naturales o juridicas, ejecutores de obras, para la ejecucion de las proyectos de obras: "Construccion de Cerco Perimetrico de Estadio Municipal", "Construccion de Nichos", "Remodelacion y Ampliacion del Palacio Municipal" y "Construccion de Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Desague", por exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de Situacion de Emergencia, y; CONSIDERANDO:

Item 1 Hojuela de quinua MORDAZA (precocida). Bolsas de 950 gr.

Para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, por el plazo de 60 dias. Articulo Segundo.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche, descritos en el articulo precedente y encargar, al Comite Especial la ejecucion del MORDAZA de seleccion, por el periodo que dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 30,185.2, que sera financiado con la fuente de financiamiento 00 recursos ordinarios del Programa de Vaso de Leche. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como emitir a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, MORDAZA del acuerdo y del informe tecnico-legal, que dieron origen al presente documento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PASTRANA MORDAZA
225152-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de ejecutores de diversas obras por causal de situacion de emergencia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2008-MDSL

San MORDAZA de Canete, 30 de junio del 2008

Que, las municipalidades son organos de gobierno local, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, por Decreto Supremo N° 068-2007-PCM publicado el 16/08/2007 Declaran en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, como consecuencia de los fuertes sismos registrados el 15/08/2007, con perdidas de vidas humanas, un numero indeterminado de heridos y considerables danos materiales, en estas jurisdicciones; magnitud de la emergencia que demanda la adopcion de medidas que permitan a los sectores comprometidos, asi como a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales respectivos, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas, por el plazo de sesenta dias naturales; Que, la declaracion del estado de emergencia en las jurisdicciones MORDAZA mencionadas fue prorrogada sucesivamente mediante Decreto Supremo Nº 0842007-PCM. por el termino de 60 dias a partir del 15 de octubre; Decreto Supremo Nº 097-2007PCM., publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de diciembre de 2007, por el cual se prorroga el estado de emergencia por el termino de 60 dias; y Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM y publicado el 10/02/2008, por el termino de sesenta dias, al subsistir las condiciones que determinaron su declaratoria y para la continuacion de las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante los documentos de vistos, se sustentan tecnicamente al estar estos proyectos de obras dentro de la atencion de los casos de emergencia, en la cual estamos incluidos y cuyos proyectos de obras deben ser atendidos; y legalmente, al emitir opinion legal favorable acerca de la procedencia de la exoneracion solicitada por la Gerencia Municipal, al haberse configurado la causal de emergencia establecida en la normativa de contratacion publica, que determina la realizacion de acciones rapidas de adquisicion o contratacion como medida tendiente a remediar el evento producido y satisfacer las necesidades de la poblacion en general; Que, en efecto, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Canete, de la provincia de Canete y del departamento de MORDAZA, tiene que ejecutar las acciones necesarias e inmediatas para la atencion de la emergencia y el MORDAZA de rehabilitacion de las zonas afectadas; con el fin de atender en el plazo mas breve posible los efectos de los sismos, que han ocasionado destrozos en las instalaciones de agua

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