Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2008 (14/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, el OSIPTEL cuenta con el servicio de mantenimiento de licencias "On Base" desde hace varios anos, siendo que este servicio brinda soporte a los procesos definidos en el OSIPTEL y que su disponibilidad depende del correcto funcionamiento de los productos "On Base" licenciados; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 398-2007-GG/OSIPTEL, del 14 de septiembre de 2007, se estandarizo como software institucional necesario para la operatividad y funcionamiento del OSIPTEL a los modulos de software "On Base" para el registro, administracion, almacenamiento y distribucion de documentos digitales, los que fueron detallados en los anexos de la citada resolucion; Que, en ese sentido, con el fin de garantizar la disponibilidad de los sistemas de informacion, el OSIPTEL considera necesario continuar con el servicio de mantenimiento de licencias "On Base" que posee nuestra entidad, el cual consiste en la actualizacion de las versiones del software y acceso a documentacion digital; Que, al contar el OSIPTEL con dicho servicio, y segun lo senalado por el proveedor internacional "Hyland Software Inc.", la unica empresa autorizada en el Peru para contratar el servicio de mantenimiento de licencias "On Base" es la empresa "A & D Asociados S.A.C.", nos encontramos ante un servicio que no admite sustituto y que cuenta con proveedor unico; Que, el monto de la presente contratacion determina la exoneracion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para el presente servicio, segun los parametros dispuestos por el articulo 17° de la Ley; Que, conforme al articulo 148° del Reglamento, las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion, se efectuan en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor; disponiendose ademas que la referida adquisicion o contratacion debera ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones o contrataciones de la entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el articulo precedente establece el procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion, el mismo que se circunscribe a la no realizacion del MORDAZA de seleccion, por lo que el contrato que se celebre en consecuencia de aquella, debera cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, habiendose cumplido con las exigencias y formas establecidas en el articulo 146° del Reglamento MORDAZA citado, corresponde aprobar la presente exoneracion; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley y el articulo 147° de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE-, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision; de igual modo debera ser publicada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado -SEACE-; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, sus modificatorias; asi como con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2008. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­OSIPTEL- de la Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion del servicio de mantenimiento de licencias "On Base" (diciembre 2008- MORDAZA 2009), por la configuracion del supuesto de servicio que no admite sustituto y existencia de proveedor unico, previsto en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, de conformidad con las consideraciones expuestas. Articulo 2º.- Autorizar que la contratacion del servicio mencionado en el articulo precedente sea contratado hasta por un monto de U.S.$ 5,136.64 (cinco mil ciento treinta y seis y 64/100 dolares americanos), por un periodo de 7 (siete) meses. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la realizacion de las acciones referidas a la contratacion exonerada, asi como su publicacion en el

SEACE, entendiendose que mediante la presente resolucion se aprueba el expediente respectivo. Articulo 4º.- El egreso que demande la contratacion del referido servicio sera con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto del OSIPTEL para el presente ejercicio fiscal. Articulo 5º.- Disponer que la Gerencia de Comunicacion Corporativa remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como su correspondiente publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

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SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencias para Unidades Ejecutoras a nivel nacional, correspondientes a noviembre de 2008
RESOLUCION JEFATURAL Nº 213-2008/SIS
MORDAZA, 13 de noviembre de 2008. VISTO: El Informe Nº 143-2008-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, Ley Nº 28112, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, conforme lo establece el Articulo 30º de la Ley Nº 28411 "El Calendario de Compromisos constituye la autorizacion para la ejecucion de los creditos presupuestarios..."; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 4: Otros Gastos Corrientes, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 208-2008/ SIS de fecha 05 de noviembre de 2008, se aprueba el Calendario de Compromisos inicial del mes de noviembre del Ano Fiscal 2008, del Pliego Presupuestal 135: Seguro Integral de Salud, Grupo Generico de Gasto y Fuente de Financiamiento 00: RO-Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 09: RDR-Recursos Directamente Recaudados, autorizado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Que, las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios solo se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, incluyendose las transferencias del Seguro Integral de Salud ­ SIS, en concordancia con lo establecido en el articulo 75° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias; De conformidad con lo establecido por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del

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