Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2008 (14/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Especie arbustiva: Vegetal perenne lenoso cuya estatura es de menos de 5 m. de altura, sin un tronco preponderante y que consta por lo general de muchos tallos de tamano similar, que surgen a partir de una raiz comun o que se ramifica a partir de la base o de una MORDAZA cercana al suelo. Incluye especies muy apreciadas en ornamentacion. Especie herbacea: Vegetal que no forma tallo lenoso por lo cual no alcanza alturas superiores a los 2 m, usualmente es de periodo de MORDAZA corto entre unos meses y dos anos y debido a ello incluye especies muy apreciadas por su capacidad de generar MORDAZA en un lapso de tiempo relativamente corto, las que son utilizadas usualmente en los macizos ornamentales. Especie de cobertura del suelo o tapizante del suelo: Especie herbacea perenne que carece de un tallo persistente sobre el nivel del suelo y que crece formando un tapiz vegetal muy corto y muy denso, que se cultiva para cubrir el suelo. Las principales especies usadas para este fin son gramineas especiales que producen el denominado cesped. Protegen al suelo de la erosion de los agentes ambientales como el viento, la lluvia asi como de la erosion originada por las actividades humanas. Indice de area MORDAZA habilitada per capita: Indicador que detalla la relacion existente entre la superficie total de area MORDAZA habilitada o en buenas condiciones y la poblacion total residente en un determinado espacio geografico. La unidad para este indicador es m2/habitante (m2/hab). Indice de especies forestales per capita: Indicador que detalla la relacion existente entre la cantidad total de especies forestales saludables y la poblacion total residente en un determinado espacio geografico. La unidad para este indicador es unidad especie forestal/habitante (esp. forestal/ hab). Macizo ornamental: Agrupacion, conforme a un diseno, de vegetacion temporal o perenne, incluso arboles y arbustos, en las areas verdes privadas o publicas con fines paisajisticos. Mantenimiento de area verde: Conjunto de acciones que incluyen el riego oportuno, corte de cobertura vegetal, corte de cerco vivo perimetrico, poda de especies arbustivas, poda de especies forestales, MORDAZA de especies forestales, siembra de especies forestales, herbaceas, arbustivas y de cobertura del suelo, control fitosanitario preventivo y correctivo, etc., las cuales tienen como fin la conservacion adecuada y ordenada de la vegetacion distribuida en un espacio fisico determinado. Poda de especie forestal: Accion por la cual se elimina mediante cortes precisos ramas y/o parte del follaje de una especie forestal. Su finalidad es controlar planificadamente su crecimiento y debe respetar aspectos silviculturales que permitan a largo plazo su desarrollo biologico normal y evitar el desarrollo de ramas con peso dominante que provoquen fracturas y desequilibrio en su eje o ramas principales. Poda MORDAZA de especie forestal: Poda por la cual se elimina el 100% del follaje dejando intacto parte del tronco y/o ramificaciones principales. Esta accion busca eliminar las ramas sobre maduras y lograr nuevos brotes. MORDAZA de especie forestal: Accion por la cual se extrae una especie forestal y se elimina. En caso de tratarse de una especie forestal viva esta accion pone fin a su ciclo biologico. Trasplante de especie forestal: MORDAZA mediante el cual se extrae una especie forestal de manera integra garantizando su supervivencia y se reubica en otra area MORDAZA u espacio dentro de la misma area MORDAZA a fin de que continue su desarrollo biologico con normalidad. Vegetacion: Conjunto de especies forestales, arbustivas, herbaceas y de cobertura del suelo distribuidas en un espacio fisico en particular. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Anualmente y mediante Decreto de Alcaldia se debera fijar el valor de cada especie forestal debidamente identificada existente en el distrito. Dicho valor aprobado servira como referente para estimar el valor de la reposicion o reparacion ambiental en los procedimientos de autorizacion de MORDAZA y/o poda MORDAZA de especies forestales. Segunda.- En un plazo MORDAZA de sesenta dias calendario se reglamentara la presente Ordenanza a fin de establecer las especificaciones tecnicas de los procedimientos de MORDAZA y trasplante, asi como las condiciones de estado y desarrollo que deberan manifestar las especies forestales indicadas para la reposicion o reparacion ambiental y la existencia alguna restriccion para la admision de alguna especie en particular. El solicitante de autorizacion de MORDAZA y/o de poda MORDAZA de especie forestal debera cumplir las especificaciones indicadas, caso contrario, no se recepcionaran las especies.

Tercera.- En un plazo no mayor de sesenta dias habiles, mediante Decreto de Alcaldia, se aprobaran los Inventarios de Areas Verdes de Uso Publico y General de Especies Vegetales; y el Plan Integral de Gestion y Desarrollo de las Areas Verdes. Cuarta.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 43-MDJM y toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Quinta.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Tramite Documentario, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, Sub Gerencia de Obras Publicas, Sub Gerencia de Medio Ambiente, Sub Gerencia de Control MORDAZA y Catastro y a la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte, en lo que les corresponda. Sexta.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal que otorgue las facilidades a las areas involucradas para la elaboracion de los estudios, proyectos, planos y demas que fuesen necesarios para implementar lo dispuesto en la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto la formulacion de la modificacion e incorporacion de los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, en un plazo no mayor de 15 dias desde su promulgacion. Setima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Octava.- APRUEBASE el Formato ­ Declaracion Jurada Nº 67, que forma parte de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

277587-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Disponen el embanderamiento general del distrito en el MORDAZA de la XVI Cumbre de Lideres de APEC 2008
DECRETO DE ALCALDIA Nº 023-2008-MM
Miraflores, 3 de noviembre de 2008 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 195º de la Constitucion del Estado, concordante con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son organos de gobierno local con personeria juridica y gozan de autonomia administrativa, economica y politica en los asuntos de su competencia; Que, entre los dias 20 y 23 de noviembre del presente ano, se llevara a cabo la Cumbre de Lideres Mundiales de APEC 2008, Foro de Cooperacion Economica Asia-Pacifico, en el Peru, razon por la cual, es necesario destacar nuestros valores civico patrioticos, en senal de bienvenida a los lideres de las mencionadas economias; Que, el embanderamiento del distrito es un simbolo que reviste especial significado en senal de respeto y bienvenida los lideres de las veintiun economias que forman parte del Foro de APEC; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Miraflores, por el periodo comprendido entre el 19 y 24 de noviembre, en el MORDAZA de la XVI Cumbre de Lideres de APEC 2008, a llevarse a cabo en el Peru entre los dias 20 y 23 de noviembre del presente ano. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Autorizacion y Control.

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