Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2008 (14/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2008

Declara cumplida la etapa de Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA dejando diferida, por un plazo de 6 meses, la ejecucion de las obras faltantes de veredas, del terreno de 11,044.00 m², ubicado en el Lote Nº 7 Mz. "O", del Fundo Campoy, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo al Plano Nº 007-2008-SGHU-GDU-MSJL, de fecha 17 de setiembre del 2006. Articulo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolucion a MORDAZA MORDAZA USAQUI, MORDAZA YCHACAYA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y OTROS COPROPIETARIOS; y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para su conocimiento y fines. Articulo 3°.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4°.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planificacion ­ IMP y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 5°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

Articulo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Social, Oficina de Imagen Institucional, Educacion y Cultura, y Oficina de Secretaria General el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

277172-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

Disponen la celebracion de matrimonio civil comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2008-A/MDC
Carabayllo, 3 de octubre de 2008 CONSIDERANDO:

277149-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la realizacion del APEC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2008-MDB
Barranco, 10 de noviembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Titulo Preliminar Articulo I, precisa que los gobiernos locales son entidades, basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, en el mes de noviembre del presente ano, el Peru es sede de las reuniones mas importantes del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC), cuyos objetivos primarios son asegurar el crecimiento economico y la prosperidad a traves de la promocion del comercio y la liberacion de la inversion en la region, facilitar los negocios a traves de la eliminacion de trabas administrativas y burocraticas, promover la cooperacion economica y tecnica, asi como construir una Comunidad Regional de MORDAZA Pacifico; Que, el distrito de Barranco posee encantos turisticos que lo convierten en punto obligado de turistas y visitantes, y durante la realizacion del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC), sera visitado por los miembros de las 21 delegaciones visitantes; Ejerciendo las facultades conferidas por los articulos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Barranco, desde el 18 hasta 24 de noviembre del 2008, con motivo de la realizacion del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC).

Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4° de la Constitucion Politica del Estado, es deber del Estado en general el proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el articulo 84° numeral 2 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, preve que constituyen funciones de los Gobiernos Locales, el organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, asi como el de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, es politica de esta gestion el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institucion Municipal en todo el ambito de su jurisdiccion y buscar el bienestar de la comunidad del Distrito de Carabayllo, promoviendo para ello el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o de otra indole mantienen un estado de concubinato indefinido, correspondiendo al Gobierno Local el promover campanas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, y con motivo de la proximidad de las MORDAZA navidenas, se preve se realice el dia 06 de Diciembre de 2008 en la Piscina Municipal "Ricardo Palma" de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA del Distrito de Carabayllo, con la finalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a lo dispuesto por el articulo 42° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en forma general para toda la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo, a realizarse el dia 06 de Diciembre de 2008 en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" ubicado en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA del Distrito de Carabayllo. Articulo Segundo.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - MORDAZA certificada de la Partida de Nacimiento actualizada de cada contrayente; - Certificado de solteria de ambos contrayentes o MORDAZA certificada de la Partida de Defuncion del conyuge anterior, o MORDAZA certificada de la sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior o el certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso;

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