Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2008 (14/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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citado predio a favor del Ministerio de Educacion, para la construccion de un Centro Educativo; Que, con Resolucion Nº 967-89-ENACE-8100-RLMSTL, de fecha 20 de setiembre de 1989 expedida por ENACE, se aprobo en via de regularizacion el plano y memoria descriptiva de la Urbanizacion Tarapaca del distrito y provincia constitucional del Callao, estipulandose como aporte reglamentario para fines educativos el referido predio, debiendose efectuar las siguientes precisiones:

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 201-2008/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 7 de noviembre de 2008 Visto el Expediente Nº 186-2008/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 714 501,65 m², ubicado entre el Proyecto MORDAZA de Carabayllo (Norte del Relleno Sanitario Zapallal) y el limite distrital de Ancon, a la altura del Km. 34,5 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 714 501,65 m², ubicado entre el Proyecto MORDAZA de Carabayllo (Norte del Relleno Sanitario Zapallal) y el limite distrital de Ancon, a la altura del Km. 34,5 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 7539-2008SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 15 de setiembre de 2008, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA informa que el terreno materia de consulta se ubica en zonas donde la base grafica de la Oficina de Catastro, se encuentra en MORDAZA de ingreso y actualizacion de predios inscritos, por lo que a la fecha no han identificado anotaciones registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 22 de octubre de 2008, se verifico que el terreno de 714 501,65 m², es de naturaleza eriaza, el suelo es de textura arcillosa y rocosa, presenta una topografia accidentada y se encuentra desocupado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 714 501,65 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 0012002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia;

- Erroneamente ENACE al aprobar en via de regularizacion el plano y la memoria descriptiva de la Urbanizacion Tarapaca dio la calidad de aporte reglamentario a favor del Ministerio de Educacion, en el entendido que se encontraba afectado a dicho Sector en merito a la Resolucion Suprema Nº 014-79-VC-5100; - Dicho predio no constituye un aporte reglamentario, debido a que desde un MORDAZA fue destinado para fines de vivienda tal es asi que fue adjudicado para ese fin y luego revirtio al Estado.

Que, con Oficio Nº 6045-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 13 de agosto de 2004, se indico a la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion -OINFE que se encontraban incumpliendo la finalidad de la afectacion en uso; Que, mediante Oficio Nº 1451-2004-OINFE, de fecha 01 de setiembre de 2004, el Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion - OINFE senala que de la verificacion de sus archivos, no han encontrado documento alguno que haga referencia a la citada afectacion y, que el terreno no es apto para destinarlo a fines educativos, por lo que opina que se proceda conforme a los dispositivos legales que sobre propiedad estatal se encuentran vigentes. Que, mediante Resolucion Nº 140-2004/SBN-GOJAR, de fecha 28 de setiembre de 2004, se declaro la desafectacion a favor del Estado del predio sub materia; Que, el articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procede cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, y sera aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que de acuerdo a reiteradas inspecciones tecnicas efectuadas por personal de esta Superintendencia se ha verificado que el predio se encuentra desocupado y que no es apto para cumplir un uso publico o servicio publico, por lo que, estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 445-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 23 de octubre de 2008 corresponde declarar en via de regularizacion la desafectacion de dominio publico del citado terreno; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Resolucion Nº 3152001/SBN y Resolucion Nº 052-2008/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese en via de regularizacion la desafectacion del dominio publico del predio de 279,00 m² ubicado en el Lote 16 de la Manzana "H" de la Urbanizacion Tarapaca, distrito y provincia constitucional del Callao, inscrito en la Partida Registral Nº P01144103 del Registro de Predios del Callao, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2º.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA Oficina Registral del Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos procedera a inscribir la desafectacion dispuesta en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones

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