Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

396720
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

Que el articulo 2° del Decreto Supremo Nº 085-2003EF y normas modificatorias, establece la obligacion de los propietarios de predios de presentar anualmente ante la SUNAT la Declaracion de Predios, indicando aquellos que se encuentren en su patrimonio al 31 de diciembre de cada ano, asi como la informacion relativa a dichos predios; Que el articulo 7° del referido decreto dispuso que, por resolucion de superintendencia, la SUNAT dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion de dicha MORDAZA, incluyendo las que regulen los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para presentar la Declaracion de Predios; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 190-2003/SUNAT y normas modificatorias se dictaron las normas complementarias para la MORDAZA de la Declaracion de Predios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 085-2003-EF; Que de acuerdo con el articulo 18º de la citada resolucion, la SUNAT establece los plazos para la MORDAZA de la Declaracion de Predios correspondiente a cada ano, los cuales han sido fijados, con caracter general, por la Resolucion de Superintendencia Nº 1452006/SUNAT; Que a fin de facilitar el cumplimiento de la obligacion de presentar la Declaracion de Predios correspondiente al ano 2008, resulta conveniente fijar un MORDAZA cronograma para el mismo; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, no se prepublica la presente resolucion por resultar innecesaria, toda vez que su objetivo es unicamente prorrogar los plazos de vencimiento para la MORDAZA de la Declaracion de Predios correspondiente al ano 2008; En uso de las facultades conferidas por el articulo 7° del Decreto Supremo Nº 085-2003-EF y normas modificatorias, el articulo 18° de la Resolucion de Superintendencia Nº 190-2003/SUNAT y normas modificatorias, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 - Ley General de la Superintendencia de Administracion Tributaria, y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.PRORROGA PARA LA MORDAZA DE LA DECLARACION DE PREDIOS CORRESPONDIENTE AL ANO 2008 Excepcionalmente, la Declaracion de Predios correspondiente al ano 2008 se presentara de acuerdo al siguiente cronograma: ULTIMO DIGITO DEL Nº RUC O DOCUMENTO DE IDENTIDAD 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 o una letra FECHAS DE VENCIMIENTO 25 de agosto de 2009 26 de agosto de 2009 27 de agosto de 2009 28 de agosto de 2009 31 de agosto de 2009 01 de setiembre de 2009 02 de setiembre de 2009 03 de setiembre de 2009 04 de setiembre de 2009 07 de setiembre de 2009

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Califican como confidencial el Contrato "Conversion a Combustible Dual y Cambio del Sistema de Control de las Turbinas UTI de la Central MORDAZA MORDAZA (Peru)"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 076-2009-OS/CD MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios Nºs. 0370-2009-GART, 0402-2009-GART, 0475-2009-GART y las comunicaciones de la empresa EDEGEL S.A.A. (en adelante "EDEGEL") Nº GG-015-2009, GG-016-2009 y GC-117-2009-OS/CD relacionados con la solicitud de calificacion de informacion confidencial. CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nºs. 0370-2009-GART y 0402-2009-GART, el OSINERGMIN solicito a EDEGEL S.A.A, MORDAZA del contrato de conversion de las unidades UTI de la central termoelectrica MORDAZA MORDAZA para operar con combustible alternativo al gas natural a efectos de establecer el cargo unitario por compensacion adicional por seguridad de suministro a que se refiere el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1041; Que, mediante carta Nº GG-016-2009, cumpliendo con el requerimiento indicado en el parrafo anterior, EDEGEL remite a OSINERGMIN MORDAZA del contrato "Conversion a Combustible Dual y Cambio del Sistema de Control de las Turbinas UTI de la Central MORDAZA MORDAZA - Peru" (en adelante el Contrato). La concesionaria senala que, de conformidad con lo previsto en el articulo 102º del Reglamento General del OSINERGMIN, el Contrato que entrega es de naturaleza reservada y solicita que se tomen todas las medidas necesarias para garantizar su reserva y confidencialidad; Que, EDEGEL fundamenta su solicitud en la carta GC-117-2009, indicando que la informacion contenida en dicho Contrato, respecto a los precios que pagara por la compra de bienes y la prestacion de servicios previstos en el mismo, constituye un secreto comercial por cuanto es esencial en la formacion de precios de EDEGEL y determina su grado de competitividad en el mercado. Agrega la empresa concesionaria que siendo un secreto comercial, no pueden ser conocidos por sus competidores, ya que de ser asi se originarian graves perjuicios no solo a EDEGEL por los motivos expuestos sino tambien a Wood Group, empresa que se encontraria en una posicion de desventaja al negociar con clientes potenciales; Que, EDEGEL agrega que de acuerdo con el numeral 21.1 del Contrato, las partes del mismo pactaron mantenerlo en estricta confidencialidad y no divulgarlo a ningun tercero sin el consentimiento escrito de la otra parte, acordando en el numeral 21.2 del mismo, que tiene como titulo "Indemnizacion por divulgacion de Informacion Confidencial", que la parte que incumpla sus obligaciones del numeral 21.1, incluyendo por hechos u omisiones imputables a las personas a las cuales proporcione dicha informacion, debera indemnizar y mantener indemne a la otra parte en los terminos estipulados en la clausula 18 del mismo Contrato. Finalmente EDEGEL indica que el Contrato esta referido a dos unidades muy distintas a la unidad de punta que se costea en el Articulo 5º del Procedimiento "Compensacion Adicional por Seguridad de Suministro" aprobado por Resolucion OSINERGMIN

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional 354692-1

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