Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 251-2009-EF/15 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley Nº 28323, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 083-2009-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT, segun el Oficio Nº 189-2009-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 099-2009-SE/DGPU/ANR, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de MORDAZA de 2009, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de MORDAZA de 2009, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2009 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia

Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1º sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www. mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 354535-1

EDUCACION
Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a Egipto
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2009-ED MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009 Visto, el Oficio Nº 1188-2009-DN/INC cursado por la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 013095-2009/INC, el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Rivero, solicito autorizacion para la salida temporal del MORDAZA de siete (07) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, de su propiedad, por cuanto mediante Resolucion Suprema Nº 083-2009-RE de fecha 19 de febrero de 2009, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto; Que, los bienes culturales cuya autorizacion de salida temporal del MORDAZA se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad "clavo a clavo" desde su lugar original hasta su destino final, en merito a la Poliza de Seguros Nº 1996-501094, emitida por la Compania MORDAZA Seguros, poliza con vigencia desde el 15 de MORDAZA de 2009 hasta el 15 de MORDAZA de 2010; Que, el Articulo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que procede la salida del MORDAZA de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nacion por viajes de Jefes de Mision, Consules o Diplomaticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolucion Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nacion, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que dicha institucion recomienda autorizar la salida temporal del MORDAZA de los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y la Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion y por el plazo que dure la permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Rivero, la salida temporal del MORDAZA de siete (07) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolucion, a la MORDAZA de El Cairo, Republica Arabe de Egipto. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las

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