Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

permitidos de acuerdo a la zonificacion, que dicha MORDAZA senala; Que, en virtud de la celebracion a nivel mundial el dia 5 de junio como el "dia del medio ambiente", por lo que la Municipalidad de La MORDAZA, ha estimado oportuno realizar diversas actividades a favor del medio ambiente en la jurisdiccion, promoviendo su proteccion; Estando a lo expuesto, contando con la base normativa que ampara en la jurisdiccion de La MORDAZA y en el ambito de la provincia de MORDAZA, la proteccion a la ciudadania de los ruidos nocivos y molestos; tomando en cuenta las actividades programadas y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 DECRETA: DECLARAR LA SEMANA DEL MEDIO AMBIENTE EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Establecer la "Semana del Medio Ambiente" en el distrito de La MORDAZA desde el 30 de MORDAZA hasta el 6 de junio, programando la ejecucion de actividades que promuevan la proteccion del medio ambiente, fomentando su cuidado y previniendo su perjuicio. Articulo Segundo.- Establecer en el distrito de La MORDAZA, la aplicacion de la Ordenanza Nº 015 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en concordancia con lo establecido en la Ordenanza Nº 033-2007/MDLV, reforzando la fiscalizacion y el control correspondiente en la periferia de centros educativos, hospitalarios y otros similares. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 354464-1

Articulo 2º.- ALCANCES El Sistema de Abonados de zonas de estacionamiento vehicular publico aprobado por la presente Ordenanza, alcanza solo a aquellas personas naturales o juridicas que motivo del procedimiento de Licencia Municipal de Funcionamiento requieran de espacios de estacionamiento para cubrir el deficit del predio y/o local comercial donde pretender iniciar actividades, conforme las disposiciones de las Ordenanzas Nº 188-MDL ­ Reglamento General de Licencias Municipales de Funcionamiento y Nº 199-MDL ­ Ordenanza que Regula los Niveles Operacionales para fines comerciales y edificatorios. Articulo 3º.- COMPETENCIA La Oficina de Administracion Tributaria, en coordinacion con la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, es la responsable de brindar el Servicio para Abonados, la cual con informe favorable del area tecnica suscribe los convenios con los administrados que lo soliciten. CAPITULO II DEL SISTEMA DE ABONADOS Articulo 4º.- CONCEPTO El Sistema de Abonados consiste en brindar al administrado la posibilidad de utilizar el estacionamiento vehicular publico contratado bajo la modalidad de abonado por un periodo minimo de un ano, para subsanar el deficit de estacionamiento al que se refiere el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 199-MDL, y en contraprestacion se efectuara el pago de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Articulo 5º.- PAGO DEL ABONO El pago por abonado en zonas de estacionamiento vehicular publico se realiza en forma mensual por cada espacio contratado. El monto por espacio contratado asciende al 2.55% de la UIT vigente. Articulo 6º.- CONVENIO DE ABONADO El Convenio a suscribirse con los administrados que requieran del servicio tendra una vigencia minima de un ano, el cual podra ser renovado por un periodo igual previa solicitud por escrito. El Convenio, podra ser resuelto por la Municipalidad en forma unilateral cuando se presenten las siguientes causales: a) La revocatoria de Licencia Municipal de Funcionamiento. b) Dar un uso distinto al de estacionamiento al espacio autorizado. c) Por incumplimiento de una cuota del pago por abono. d) Por incumplimiento de alguna de las clausulas del Convenio. e) Por razones de necesidad publica. El Convenio de Abonado en zonas de estacionamiento no genera exclusividad sobre el espacio autorizado. CAPITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- Autorizar al MORDAZA a que mediante Decreto de Alcaldia apruebe la reglamentacion de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Imagen Institucional la difusion de la misma . Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 354447-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el sistema de abonados en zonas de estacionamiento vehicular publico del distrito
ORDENANZA Nº 239-MDL Lince, 15 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 03 de fecha 6 de MORDAZA del 2009 emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA DE ABONADOS EN ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PUBLICO DEL DISTRITO DE LINCE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto crear un Sistema de Abonados para aquellos administrados que requieran espacios de estacionamiento contratar bajo la modalidad de abono en las zonas de estacionamiento vehicular publico que fueran aprobadas mediante las Ordenanzas Nº 079-MDL y Nº 113-MDL, y ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 341-MML, expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.

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