Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2010 (08/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2010

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de administracion de deuda publica
DECRETO SUPREMO N° 102-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 36.1 del Articulo 36º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, a realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de mercado; estableciendo que tales operaciones no estan sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada Ano Fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º de la Ley Nº 28563 y sus modificatorias dispone que las operaciones de administracion de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas; Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru ha considerado conveniente realizar una operacion de administracion de deuda publica, a traves del intercambio y/o recompra, total o parcial, de los Bonos Globales con vencimiento en los anos 2012, 2014, 2015 y 2016 emitidos por la Republica del Peru, cuyo financiamiento se realizara, en parte, mediante la emision de bonos en el MORDAZA local y/o internacional; Que, adicionalmente, la citada operacion de administracion de deuda sera financiada con el saldo de los recursos provenientes de la emision de Bonos Soberanos autorizada por el Decreto Supremo Nº 0322009-EF, el cual dispone que tales recursos pueden ser destinados a financiar, entre otros fines, operaciones de administracion de deuda; Que, el MORDAZA con vencimiento 2014 ha sido materia de una operacion de cobertura de riesgo denominada "Cross Currency Swap Extinguible" celebrada con JP MORDAZA MORDAZA Bank, N.A., aprobada por Resolucion Ministerial Nº 714-2007-EF/75; Que, en consecuencia, la porcion del MORDAZA indicado en el considerando anterior que sea incluida en la operacion de recompra y/o intercambio MORDAZA citados, debe ser reducida de la aludida operacion de cobertura; resultando conveniente dictar disposiciones referidas al destino de dicha porcion y de sus ganancias, de existir las mismas; Que, para la implementacion de la referida operacion de administracion de deuda, se requiere los servicios de asesoria de bancos de inversion, asi como otros servicios vinculados a aspectos operativos a dicha operacion; Que, el Decreto Supremo N° 033-2006-EF y su modificatoria, senala el procedimiento para la Contratacion de Servicios de Asesoria Financiera Especializados y otros en el MORDAZA de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, en aplicacion del citado procedimiento, se han seleccionado a los asesores financieros y a las entidades vinculadas a aspectos operativos, cuya contratacion resulta pertinente aprobar para llevar a cabo dicha operacion; Que, sobre la referida operacion de administracion de deuda publica han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para la emision internacional de los bonos a que se refiere el tercer considerando precedente, se utilizara el contrato denominado "Fiscal Agency Agreement" y modificatorias, cuyo texto fue aprobado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 031-2003-EF/75, 6582003-EF/75 y 493-2004-EF/75;

Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.Aprobacion de operacion de administracion de deuda publica Apruebese la operacion de administracion de deuda publica, a traves del intercambio y/o recompra, total o parcial, de los Bonos Globales con vencimientos en los anos 2012, 2014, 2015 y 2016, emitidos por la Republica del Peru, cuyo financiamiento se realizara mediante la emision de bonos en el MORDAZA local y/o internacional y con los recursos que se mencionan en el MORDAZA considerando de esta MORDAZA legal. Articulo 2º.- Aprobacion de la emision de bonos Apruebese la emision interna y/o externa de bonos, en una o mas colocaciones o intercambios, hasta por un monto equivalente en moneda nacional o en Dolares Americanos de US$ 3 306 000 000,00 (TRES MIL TRESCIENTOS SEIS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) segun corresponda, como parte integrante de la operacion de administracion de deuda publica que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- De la emision interna de bonos Para los fines de la emision interna de bonos aprobada por el Articulo 2º de esta MORDAZA legal, se aplicara lo dispuesto por el "Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno" aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los items i), ii) y iii) del literal b) y en el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la presente operacion se reemplazaran de acuerdo al siguiente texto: "Subasta Unica La adjudicacion por tasa o precio utilizando la modalidad de subasta Holandesa, se realizara mediante el procedimiento que se describe a continuacion: - Una vez recibidas las propuestas, estas seran ordenadas por el sistema de manera ascendente, cuando la variable a subastar sea la tasa de interes (correspondiente al cupon del bono), o descendente, en el caso que la variable a subastar sea el precio del bono. - La adjudicacion se realizara en forma ascendente, iniciandose con la tasa mas baja (o el precio mas alto) a la cual se le asignara la cantidad de los bonos soberanos demandados, siguiendo con la MORDAZA menor tasa (o mayor precio) y asi sucesivamente hasta agotar la cantidad de bonos soberanos que corresponda, pudiendo quedar un saldo sin colocar. - La tasa (o precio) de liquidacion sera determinada por la MORDAZA cantidad de bonos soberanos adjudicados y se aplicara a todas las operaciones resultantes. - En caso dos o mas propuestas coincidan con la tasa (o precio) de liquidacion y estas excedan el ultimo monto por adjudicarse, la asignacion se realizara a prorrata entre estas y se ajustara al multiplo del valor nominal del bono. Si la modalidad escogida fuera distinta a la Holandesa, el procedimiento de adjudicacion sera descrito en la Resolucion Directoral respectiva. Procedimiento de Subasta La subasta de bonos soberanos se efectuara utilizando el Modulo de Subastas del Sistema de Datos Tecnicos S.A. (DATATEC) u otro sistema que la Unidad Responsable autorice como tal. El horario estara compuesto: Ingreso de propuesta desde las 8:00 hasta las 10:00 horas

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