Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2010 (28/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
Empresa Electronoroeste Electro Sur Medio Coelvisac Emsemsa Electro Tocache Electrosur Electro Sur Este Electro MORDAZA Seal Electro Ucayali Electro Oriente Sersa Emseusa

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2010

junto con los informes Nº 148-2010-GART y Nº 152-2010GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 486433-2

Ep 0,271 0,260 0,181 0,289 0,256 0,269 0,314 0,292 0,267 0,247 0,281 0,344 0,337

Aprueban Factores de Ponderacion del Precio de la Energia (Ep) por empresa de distribucion electrica, aplicables para el calculo del cargo de energia de diversas opciones tarifarias
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 094-2010-OS/CD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 0149-2010-GART y el Informe Legal Nº 0151-2010-GART elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 181-2009-OS/CD, los Factores de Ponderacion del Precio de la Energia (en adelante Ep) se calcularan anualmente a nivel de empresas de distribucion electrica para: i) los sistemas de distribucion electrica interconectados y, ii) los sistemas de distribucion electrica aislados con demanda MORDAZA superior a 12 MW. El Ep a aplicarse sera igual al promedio de los valores de los ultimos dos anos calendario y tendra vigencia a partir del 01 de MORDAZA de cada ano; Que, conforme a lo establecido en el numeral 3.6 del Articulo 1º de la resolucion citada en el considerando precedente, el valor del Ep se aplicara para calcular el precio ponderado de la energia en MORDAZA equivalente de media tension de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT5D, BT6 y BT7; Que, cumpliendo con lo establecido en la mencionada resolucion, las empresas de distribucion electrica han proporcionado la informacion correspondiente, habiendo OSINERGMIN efectuado las observaciones del caso y los calculos correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0642009-OS/CD se establecieron los Ep aplicables al periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2010, siendo por tanto, necesaria la fijacion del Ep para el periodo MORDAZA 2010 ­ MORDAZA 2011; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844 Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores de Ponderacion del Precio de la Energia (Ep) por empresa de distribucion electrica, aplicables para el calculo del cargo de energia de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT5D, BT6 y BT7, desde el 01 de MORDAZA de 2010 hasta el 30 de MORDAZA de 2011.
Empresa Edelnor Luz del Sur Edecanete Electrocentro Electronorte Hidrandina Ep 0,248 0,236 0,259 0,294 0,274 0,275

Articulo 2º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 0149-2010-GART y Nº 01512010-GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 486433-3

Aprueban Factores de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas de distribucion electrica MORDAZA Norte y con demanda MORDAZA mayor a 12 MW
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 095-2010-OS/CD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 150-2010-GART y el Informe Legal Nº 153-2010-GART elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 181-2009-OS/CD, las ventas de potencia de los sistemas electricos mayores a 12 MW de demanda MORDAZA, deberan de ajustarse anualmente de conformidad con el Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (en adelante FBP), con el fin de evitar sobre-venta o subventa de potencia de punta, de forma tal que exista igualdad entre la potencia ingresada menos las perdidas eficientes y la efectiva potencia de punta vendida; Que, asimismo, se establecio que para cada sistema de distribucion electrica se determinara anualmente el FBP que afectara los correspondientes valores agregados de distribucion, debiendo las empresas presentar la informacion sustentatoria de acuerdo a los procedimientos, formatos y medios que se establezcan; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 555-2002OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP)", donde se senala que el FBP se calculara con la informacion correspondiente al periodo anual anterior (enero-diciembre), debiendo tener vigencia a partir del 01 de MORDAZA de cada ano; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 087-2006-OS/ CD y Resolucion OSINERGMIN Nº 224-2009-OS/CD, se aprobaron modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)";

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