Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2011 (09/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2011

residencial en la que se ubica, a los usos de oficinas administrativas en general, o al uso de hospedaje solo para fines de alojamiento. 2. No podran abrirse accesos vehiculares ni peatonales a traves de la via a la que corresponde el uso residencial, salvo el caso que la MORDAZA sea compatible con dicho uso generico segun el Indice de Usos, y dentro de los niveles Grafico Nº 3:

operacionales y estandares de calidad vigentes. Por la via de uso residencial solo se podran habilitar los accesos para evacuacion que por motivos de seguridad considere indispensables el delegado Ad-Hoc de INDECI. 3. Se respetaran las normas y parametros (alturas, retiros, area libre, etc.) correspondientes a la MORDAZA residencial (ver grafico Nº 3).

d. Lotes en esquina.En los lotes que tengan frente a un eje vial o sector MORDAZA con zonificacion comercial, y a un eje vial o sector MORDAZA con zonificacion residencial, la zonificacion comercial se aplicara a la totalidad del lote; sin embargo, no se podran abrir accesos a las zonas de uso comercial a traves del frente del lote correspondiente al eje vial o sector MORDAZA con zonificacion residencial, solo se podra habilitar accesos para evacuacion que por motivos de seguridad considere indispensables el delegado AdHoc de INDECI. e. Lotes acumulados.Un lote constituido por la acumulacion de dos o mas lotes, se considerara como un lote, aplicando segun el caso los siguientes criterios: · De estar destinados, ambos o mas lotes, a uso residencial de distintas densidades, se aplicara la zonificacion de mayor densidad de uso sobre la totalidad del lote acumulado. · De estar destinados, ambos o mas lotes, a uso comercial de distintas densidades, se aplicara la zonificacion de mayor densidad de uso sobre la totalidad del lote acumulado. · De tener distintos usos (uno o varios lotes de uso comercial y otro o varios lotes de uso residencial), se aplicara la zonificacion comercial sobre la totalidad del lote acumulado. Cuando el lote acumulado tenga frente a calles paralelas o este en esquina, se aplicara lo establecido en los literales c. y/o d. del presente Articulo, segun corresponda.

f. Lotes subdivididos.Cuando un lote sea subdividido, a cada uno de los lotes resultantes le correspondera la zonificacion del eje vial o sector MORDAZA al que tengan frente. Articulo 5.- UBICACION DEL EQUIPAMIENTO Y USOS ESPECIALES "OU" El plano de Zonificacion recoge el Equipamiento Educativo y de Salud existente. La propuesta de nuevos locales para dichos usos debera ubicarse en lotes a los que les corresponda Zonificacion de Equipamiento o adecuarse a lo establecido en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, los Estandares de Calidad y Niveles Operacionales vigentes. Para el caso de los Usos Especiales "OU", la compatibilidad con la zonificacion la determinara la Municipalidad de Miraflores a traves de la Gerencia de Planificacion o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el uso propuesto y el entorno MORDAZA en el que se encuentra. CAPITULO II DE LAS ALTURAS DE EDIFICACION Y LAS AREAS LIBRES Articulo 6.- ALTURAS DE EDIFICACION La altura de edificacion se medira en la linea de fachada y sera la establecida en los Planos de Altura de Edificacion del distrito de Miraflores aprobados con la Ordenanza Nº 920 y sus modificatorias aprobadas con la Ordenanza 1012, para el caso de los predios con frente a ejes viales de caracter metropolitano y con la Ordenanza Nº 226-MM, para el caso de los predios con frente a ejes y sectores urbanos de nivel local.

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