Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2011 (09/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

435841

Grande I, ubicado en el distrito de Sayapullo, provincia de Gran Chimu, departamento de La Libertad; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia La MORDAZA Gran Chimu Datum PSAD56 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte 9162858.00

Articulo 4°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 600412-5

Aprueban propuesta de MORDAZA Circundante de Proteccion al Monumento de la MORDAZA Hacienda Buena Vista ubicada en el distrito de Lurin, provincia de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 133-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 2 de febrero de 2011 Visto el Memorando Nº 001-2009-SDCH-DPHCR/INC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto de fecha 01 de MORDAZA de 2009, la Sub Direccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano solicita a la Sub Direccion de Registro la elaboracion del MORDAZA circundante de proteccion de la MORDAZA Hacienda Buena Vista, ubicada en el MORDAZA a la Rinconada de Lurin, parcela D-52A, distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de salvaguardar dicho Monumento; Que, se trata de un Monumento declarado por Resolucion Directoral Nacional Nº 930-2003-INC de fecha 23 de diciembre de 2003, de propiedad del Instituto de Hermanas Agustinas de MORDAZA segun consta en la Partida Registral Nº 42246328 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, con Memorando Nº 272-2009-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 02 de MORDAZA de 2009, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano solicita a la Direccion de Arqueologia apoyo para el levantamiento topografico y delimitacion del MORDAZA circundante de proteccion de la MORDAZA Hacienda Buena Vista, el cual es respondido con el Memorando Nº 1285-2009-DA-DREPH/ INC de fecha 07 de MORDAZA de 2009, donde se remite el Informe Nº 184-08-SDCGPAI-DA/INC de fecha 24 de MORDAZA de 2009, la memoria descriptiva y el plano de delimitacion de la MORDAZA Hacienda Buena Vista; Que, mediante el Informe Nº 054-2009-SCCC-SDRDPHCR/INC de fecha 02 de junio de 2009, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano propone el MORDAZA circundante de proteccion solicitado; Que, durante la epoca de la colonia se produjeron cambios significativos en el MORDAZA de Lurin, las tierras agricolas y los naturales residentes en este lugar son dados en encomienda a los conquistadores para que los pudieran evangelizar; los encomenderos del siglo XVI fueron MORDAZA de Estete, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, entre otros; estas encomiendas se fueron trasformando, en el siglo XVII, en las haciendas de San MORDAZA, Buena Vista, Villena y Las Palmas. Que, el MORDAZA de arquitectura de la MORDAZA de la antigua hacienda Buena Vista es civil domestica, la cual data de mediados del siglo XVIII en que alcanzo relevante importancia por la produccion de pastos, algodon y cereales; se encuentra ubicada sobre un promontorio desde el cual se tiene vista del terreno circundante y de la costa, de alli el origen del nombre. Esta tipica MORDAZA costena esta construida parcialmente con muros de adobe y contrafuertes, tambien se empleo la quincha pero en menor cantidad, MORDAZA para las cubiertas y carpinteria en puertas y ventanas, posee pisos de cemento MORDAZA con

Nombre del sitio Distrito arqueologico Loma Grande I

Sayapullo 0772740.7630 9163221.1276 0772483.00

Articulo 2°.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de La MORDAZA la elaboracion del expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura.

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