Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2011 (16/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2011

a las Fases del Ciclo del Proyecto, de los Proyectos y Programas del sector saneamiento, financiados con Recursos publicos, el cual integra las acciones administrativas y otras que se requieren para el desarrollo de las actividades que se ejecuten, entre otros, en el ambito de la Unidad Tecnica FONAVI; Que, el numeral 21.6 del articulo 21 del Manual de Operaciones del PAPT, aprobado por Resolucion Ministerial N° 087-2009-VIVIENDA y modificatorias, establece que el Equipo UTE FONAVI, es el encargado de gestionar la ejecucion, culminacion y liquidacion tecnico - financiera de las obras y proyectos inconclusos de la ex Unidad Tecnica FONAVI, materia del encargo establecido en el articulo 4 de la Ley N° 28452; Que, el literal k) del articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, establece que es funcion del Ministro delegar en los Viceministros y en otros funcionarios del Sector, las atribuciones y facultades que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, define las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en su articulo 25 que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante el articulo 1 de la Resolucion Ministerial N° 002-2011-VIVIENDA, se ha delegado en el Director Ejecutivo del PAPT, diversas facultades y atribuciones administrativas de gestion y representacion del citado Programa, siendo necesario tambien delegarle la facultad de celebrar convenios con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, para que estas ultimas se encarguen de la operacion, administracion y mantenimiento de las obras y proyectos de la ex UTE FONAVI liquidados, de conformidad con el encargo establecido en el articulo 4 de la Ley N° 28452; Que, el parrafo MORDAZA del articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 002-2011-VIVIENDA establece que el responsable del PAPT informara periodicamente a la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre los resultados de la gestion; asimismo, el articulo 6 de la misma Resolucion Ministerial senala que el Director Ejecutivo del PAPT MORDAZA cuenta a la Secretaria General del Ministerio de los actos realizados en virtud de la delegacion otorgada; Que, conforme al articulo 10 del Manual de Operaciones del PAPT, aprobado por Resolucion Ministerial N° 0872009-VIVIENDA y modificatorias, la Direccion Ejecutiva del PAPT esta a cargo de un Director Ejecutivo, designado mediante Resolucion Ministerial, quien es el MORDAZA organo de decision del Programa, y depende funcional y organicamente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar la Resolucion Ministerial N° 002-2011-VIVIENDA, modificada por la Resolucion Ministerial N° 005-2011-VIVIENDA, a fin de delegar en el Director Ejecutivo del PAPT, la facultad de celebrar convenios en el MORDAZA del encargo establecido en el articulo 4 de la Ley N° 28452, asi como establecer que el Director Ejecutivo del PAPT informara periodicamente al Viceministro de Construccion y Saneamiento, sobre los resultados de la gestion y de los actos realizados en virtud de la delegacion otorgada; Con las visaciones del Viceministro de Construccion y Saneamiento, de la Secretaria General y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, en la Ley Nº 27792 y en los Decretos Supremos Nº 0022002 y Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporese como literal g) del articulo 1 y modifiquese el parrafo MORDAZA del articulo 3 y articulo 6 de la Resolucion Ministerial N° 002-2011VIVIENDA, en los terminos siguientes: "Articulo 1º.-

(...) g) Celebrar convenios con los Gobiernos Regionales, Gobierno Locales y otras entidades, para que estas ultimas se encarguen de la operacion, administracion y mantenimiento de las obras y proyectos de la ex UTE FONAVI que fueron liquidados en el MORDAZA del encargo establecido en el articulo 4 de la Ley N° 28452; asi como modificarlos y resolverlos". "Articulo 3º.(...) Asimismo, el responsable de la Unidad Ejecutora 004 - Programa Agua Para Todos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en virtud de la presente Resolucion Ministerial ejercera funciones de indole administrativo, debera garantizar la legalidad y la buena marcha en la gestion de los sistemas administrativos que le correspondan". "Articulo 6º.- El Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, periodicamente MORDAZA cuenta al Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre los resultados de la gestion y de los actos realizados en virtud de la delegacion dispuesta en la presente Resolucion Ministerial". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 614797-1

ORGANISMOS EJECUTORES FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
FE DE ERRATAS ANEXO - ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 006-2011/006-FONAFE Mediante Oficio Nº 303-2011/DE-FONAFE, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Acuerdo de Directorio Nº 006-2011/006FONAFE, publicado en la edicion del dia 10 de marzo de 2011. DICE: ANEXO N° 2 Politica de Dividendos 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. (...) (...) Las Juntas Obligatorias de Accionistas de las Empresas se deberan llevar a cabo como MORDAZA hasta el dia 22 de febrero de cada ano. (...) (...) (...) (...)

DEBE DECIR: ANEXO 2 Politica de Dividendos 1. 2. (...) (...)

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