Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2011 (16/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2011

diversos sectores culturales de la MORDAZA en el mas breve plazo. Articulo 5º.- Preside el Consejo de las Culturas y las Artes de MORDAZA El MORDAZA el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA o a quien el encargue su representacion. Articulo 6º.- Una vez designado los miembros del Consejo de la Cultura y las Artes de MORDAZA El MORDAZA, elaboraran en un plazo de noventa (90) dias calendario su Reglamento de Funcionamiento y el Plan de Trabajo articulado al Plan Integral de Desarrollo Concertado de MORDAZA El MORDAZA al 2021. Articulo 7º.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA institucional: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion oficial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 614299-2

Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, a traves de sus organismos competentes viene implementando el mencionado fondo desde la fecha de su aprobacion con un enfasis particular en el ambito de las iniciativas juveniles culturales; Que, se hace necesario reglamentar el mencionado fondo, con la finalidad de ampliar la participacion del espectro cultural de la MORDAZA y contribuir en una eficiente y eficaz aplicacion de la voluntad politica del gobierno local; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, asi como el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Programa para la Promocion del Arte, la Cultura y la Juventud de MORDAZA El MORDAZA, estipulado en la ordenanza del Presupuesto Participativo, el mismo que consta de diecisiete (17) articulos en siete (07) capitulos que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social, la difusion, promocion y aplicacion efectiva de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA institucional: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion oficial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 614299-3

Aprueban el Reglamento del Programa para la Promocion del Arte, la Cultura y la Juventud de MORDAZA El MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 226-MVES MORDAZA El MORDAZA, 30 de diciembre de 2010 Visto: El Proyecto de Ordenanza presentado por la Comision de Educacion, Cultura, Deportes, Recreacion y Juventud, asi como el Informe Nº 90-10-GDS/MVES del 21.12.2010, suscrito por el Gerente de Desarrollo Social de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, la cultura se situa hoy en el centro de las estrategias urbanas, tanto por su vocacion esencial para promover los derechos humanos, modelar la sociedad del conocimiento y mejorar la calidad de MORDAZA de todas las personas, como por su contribucion a la creacion de empleo, la regeneracion MORDAZA o la inclusion social; Que, la cultura, tambien, constituye uno de los MORDAZA temas de la actual mundializacion. El dialogo intercultural y la promocion de la diversidad cultural forma parte de los mayores retos de la humanidad; Que, segun nuestra Constitucion Politica en su articulo 2º, incisos 8) y 19) establece que toda persona tiene derecho a la MORDAZA de creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, asi como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusion, asi como a su identidad etnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la nacion; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 82º, incisos 11) y 19) establece que las municipalidades tienen como funciones y competencias especificas y compartidas, la de organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados, asi como promover actividades culturales diversas; Que, es voluntad politica del gobierno local promover el arte y la cultura como herramienta e instrumento que fortalezca el desarrollo humano y nuestra identidad local, en ese sentido, de modo historico, el 27 de agosto del 2007 se aprobo la Ordenanza Nº 157-MVES, la cual regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo, la misma que en su articulo 6º inciso b) destina el 2% del presupuesto de inversiones para financiar propuestas de promocion cultural y juvenil en el distrito, cuya ejecucion se canalizara a traves de las areas municipales correspondientes; acuerdo que posteriormente ha sido ratificado en las modificaciones efectuadas a la presente MORDAZA a traves de las Ordenanzas Nº 171-MVES y Nº 191-MVES;

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Establecen plazo para MORDAZA de Declaracion Jurada de autoavaluo al Patrimonio Predial, el cronograma de vencimiento de los tributos municipales, fijan la Tasa de Interes Moratorio, el monto minimo del Impuesto Predial y el derecho por servicio de emision mecanizada para el Ejercicio Fiscal 2011
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2011-MDCH Chancay, 28 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO; En Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 28 de enero del 2011, el Informe N° 023-2011-MDCH/OAT., solicitando la aprobacion por parte del Concejo Municipal del proyecto de Ordenanza que establece los plazos para MORDAZA de declaracion jurada anual de autoavaluo al patrimonio predial, el cronograma de pagos de los tributos municipales, fijar la tasa de interes moratorio mensual a las deudas tributarias, el monto minimo del impuesto predial y el derecho por servicio de emision mecanizada para el ejercicio fiscal 2011.

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