Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2011 (16/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2011

Articulo Primero.- DESIGNAR como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACION DE ACCESO PUBLICO de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a la DRA. JEANNETT DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Secretaria General, quien atendera las solicitudes de informacion de los administrados, con las excepciones previstas en el Articulo 16 y 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003 ­ PCM. Articulo Segundo.- DESIGNAR como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA ELABORACION Y ACTUALIZACION DEL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TERREROS, en su condicion de Sub Gerente de Logistica e Informatica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logistica e Informatica, el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM - Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 613994-1

Que, el Articulo 41° del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el D. S. N° 135-99- EF y sus modificatorias, preceptua que "Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de Contribuciones y Tasas, dicha condonacion tambien podra alcanzar al Tributo; Que, considerando la actual crisis economica, que se ve reflejada en el alto indice de morosidad, resulta necesario conceder facilidades e incentivos que encaminen a la conciencia del vecino pucusaneno, al pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, asi como a la formalizacion y regularizacion de sus predios o actividades economicas, de manera que permita la captacion de recursos economicos para mejorar la prestacion de los servicios publicos a la comunidad; sin desincentivar a aquellos contribuyentes que cumplen con el pago de sus obligaciones en forma oportuna y/o regular. En tal virtud, resulta necesario otorgar Beneficios con la finalidad de que los contribuyentes de nuestro distrito puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Articulo 20 y numeral 8 del Articulo 9 de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y de aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE PUCUSANA Articulo Primero.- OBJETIVO Establecer en el distrito de Pucusana Beneficios Tributarios y No Tributarios que brinden a los contribuyentes del distrito facilidades que les permitan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias. Articulo Segundo.- FINALIDAD Y ALCANCE Otorgar facilidades a los contribuyentes que voluntariamente cumplan con sus obligaciones tributarias y administrativas. El beneficio alcanza a la totalidad de las deudas tributarias y no tributarias, que se encuentren pendientes de pago, sea en cobranza ordinaria o coactiva, tales como: IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES, MULTAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS. Articulo Tercero.- DESCUENTOS DE INTERESES Concedase la condonacion del 100% de intereses generados inclusive hasta el vencimiento de la vigencia de la presente ordenanza, por concepto de impuesto predial y arbitrios municipales. Articulo Cuarto.- DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS Condonese las multas tributarias por subvaluacion predial, siempre y cuando los contribuyentes cumplan con cancelar o fraccionar, los montos insolutos determinados durante el MORDAZA de fiscalizacion. El porcentaje de condonacion de la Multa Tributaria, sera como sigue: Por el pago al contado: La condonacion de la Multa sera del 100%. Por el pago fraccionado: La condonacion de la Multa sera del 80%. Cuando por una multa tributaria se hayan realizado pagos a cuenta que equivalgan o superen el 20% del valor de la misma, la multa se tendra por cancelada. De no cubrir el 20% referido, debera pagarse el saldo restante. Articulo Quinto.DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Las sanciones administrativas generadas e impuestas inclusive durante la vigencia de la presente Ordenanza, podran cancelarse con descuentos sobre su valor, segun la siguiente escala:

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
ORDENANZA N° 092-2011/MDP Pucusana, 28 de febrero de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pucusana, VISTO: El Informe Nº 124-2011-OAT/MDP de la Oficina de Administracion Tributaria, mediante el cual proyecta la Ordenanza sobre el Beneficio Tributario y No Tributario a establecerse en el Distrito de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, y su modificatoria dispuesta por Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confirmado por el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 74° de la Constitucion dispone que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia, mediante el cual se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley;

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