Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2011 (24/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

443134

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2011

Articulo 6º.- Plazo del arrendamiento El plazo de duracion del arrendamiento es determinado debiendo ser fijado en el acuerdo de Concejo que lo apruebe, no pudiendo ser por mas de seis anos. Cualquier prorroga del arrendamiento se encuentra reducido a dicho plazo. Articulo 7º.Elaboracion del expediente administrativo El area de Control Patrimonial determinara los predios municipales susceptibles de ser arrendados de conformidad con el Art. 3º del presente Reglamento, elaborando el expediente administrativo, donde constara las caracteristicas tecnicas del predio, MORDAZA literal que acredite la propiedad de la municipalidad, el informe tecnico del valor comercial de la MORDAZA conductiva elaborado por perito y toda informacion que permita tener conocimiento de la naturaleza tecnica y juridica del inmueble a arrendar. Articulo 8º.- Evaluacion de situacion del inmueble Elaborado el expediente administrativo por el organo de Control Patrimonial, este sera remitido a la Gerencia de Administracion y Finanzas para los efectos de su evaluacion y aprobacion. Articulo 9º.- Aprobacion del arrendamiento De conformidad con el Art. 59º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el arrendamiento de un bien inmueble de la Municipalidad, cualquiera su modalidad, es aprobado por el Concejo Municipal con el MORDAZA conforme de la mayoria simple de sus miembros. Articulo 10º.-Modalidades de arrendamiento El arrendamiento de un bien inmueble municipal se efectuara mediante convocatoria publica y excepcionalmente de manera directa. Articulo 11º.- Convocatoria Publica La convocatoria publica se publicara por una vez en el Diario Oficial El Peruano o en uno de mayor circulacion. Esta establecera las condiciones y caracteristicas de la invitacion de arrendamiento. Articulo 12º.- Procedimiento de la Convocatoria Publica Para los efectos del procedimiento y otorgamiento de la buena pro en el arrendamiento por Convocatoria Publica se designara a un Comite de Arrendamiento constituido por el Gerente de Administracion, el encargado del Control Patrimonial y un funcionario que se designe por resolucion administrativa. El Organo de Control Institucional podra participar en calidad de veedor. Articulo 13º.- Evaluacion de propuestas y otorgamiento de buena pro El Comite designado recibira las propuestas en sobre cerrado en la oportunidad senalada en la convocatoria y en acto privado las evaluara otorgando la buena pro a la que ofrezca la mejor propuesta de pago de renta sobre la base del valor comercial. Articulo 14º.- Arrendamiento Directo Solo se podra dar en arrendamiento directo los predios de dominio privado de la Municipalidad en los siguientes casos: 1. Cuando se encuentren ocupados por mas de un ano, anterior al 15 de marzo de 2008, sin mediar vinculo contractual alguno, siempre que el poseedor pague la renta dejada de percibir durante el ano inmediato anterior a la suscripcion del contrato. 2. Cuando la renta mensual a valor comercial resulte ser inferior al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente y el periodo de alquiler no exceda de un ano, pudiendo ser renovado como MORDAZA hasta en dos oportunidades. El procedimiento y adjudicacion, en este caso, estara a cargo de la Gerencia de Administracion y Finanzas.

Articulo 15º.- Solicitud de Arrendamiento Directo Toda solicitud de arrendamiento directo debera presentarse por la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo de esta municipalidad, cuyo escrito contendra: a) Nombre, denominacion o razon social, domicilio y R.U.C si el solicitante es una persona juridica. b) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad si es persona natural o MORDAZA de la vigencia de poder si es persona juridica. c) Fundamentos del arrendamiento directo. Articulo 16º.Documentos anexos del Arrendamiento Directo En el caso de arrendamiento directo la solicitud debera estar acompanada de los documentos que acrediten la posesion por mas de un ano. Articulo 17º.- Valor Comercial de la MORDAZA conductiva La renta mensual del arrendamiento en MORDAZA modalidades sera fijada a valor comercial determinado por especialista o perito en la materia. Articulo 18º.- Contrato de arrendamiento Otorgada la buena pro o adjudicacion de arrendamiento el expediente sera remitido a la Subgerencia de Logistica para los efectos de la suscripcion del contrato correspondiente dentro de un plazo MORDAZA de cinco dias habiles bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la buena pro o adjudicacion. Articulo 19º.- Entrega del inmueble arrendado Una vez suscrito el respectivo contrato de arrendamiento la Subgerencia de Logistica procedera a la entrega del inmueble mediante Acta suscrita entre las partes, con indicacion expresa de su identificacion asi como del bien, debiendo contener datos como la ubicacion, caracteristicas generales, estado de conservacion, entre otros. Articulo 20º.- Obligaciones del arrendatario El arrendatario esta obligado a: a) Conservar diligentemente el bien arrendado, debiendo asumir los gastos de conservacion, mantenimiento y pago de arbitrios del bien. b) Pagar puntualmente la renta mensual en el plazo y lugar convenidos en el contrato de arrendamiento. c) Dar aviso inmediato a la Municipalidad de cualquier usurpacion, perturbacion o imposicion de servidumbre que se intente contra el bien. d) Permitir al representante de la Municipalidad que inspeccione por causa justificada el bien, previo aviso de siete dias. e) Efectuar las reparaciones que le correspondan conforme al contrato. f) No hacer uso imprudente del bien o contrario al orden publico o a las buenas costumbres. g) No introducir cambios ni modificaciones en el bien, sin asentimiento de la Municipalidad. h) No subarrendar el bien, total o parcialmente, ni ceder el contrato. i) Devolver el bien a la Municipalidad al vencerse el plazo del contrato en el estado en que lo recibio, sin mas deterioro que el de su uso ordinario. j) A cumplir las demas obligaciones que establezca el contrato. Articulo 21º.- Inventario de los Inmuebles arrendados Los inmuebles arrendados seran registrados en el margesi de bienes organizado por la Subgerencia de Logistica. Articulo 22º.- Causales de la extincion del arrendamiento El contrato de arrendamiento puede resolverse:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.