Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

DVDIAR/DGA-DIA-MEG, que concluye aprobar el Cronograma de Inversiones propuesto por la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., respecto al proyecto denominado "Plantación de Arándanos Lote C en Moquegua"; Que, en mérito al Oficio N° 2114-2017-MINAGRIDVDIAR/DGA-DIA, de la Dirección General Agrícola, el cual acompaña el Informe N° 21-2017-MINAGRIDVDIAR-DGA-DIA-MEG, la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas ­MEF, ha emitido el Informe N° 346-2017EF/61.01, adjunto al Oficio N° 5875-2017-EF/13.01, donde opina que procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y contrato de construcción presentada por CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C. para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973, por el Proyecto "Plantación de Arándanos Lote C en Moquegua", acompañando la versión física y digital, de los Anexos I y II correspondiente a la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción; Que, mediante Contrato de Inversión Nº 001-2018-MINAGRI-DVDIAR, suscrito con fecha 22 de febrero de 2018 y culminado el 16 de marzo de 2018, la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., en su calidad de inversionista, celebró el Contrato de Inversión, con el Ministerio de Agricultura y Riego y la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSION, para efecto de acogerse a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973; Que, en virtud de lo establecido en el literal o) del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, remite el Informe Técnico 12-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA-MECG, con el que considera necesario emitir la Resolución Ministerial con la que se apruebe como empresa calificada a la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., por el desarrollo del proyecto "Plantación de Arándanos Lote C en Moquegua", debiendo incluirse la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, conforme a lo establecido en el numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modificatorias, la Resolución Ministerial que emitirá el Sector correspondiente deberá señalar: (i) la (s) persona (s) natural (es) o jurídica (s) contratista (s) del Contrato de Inversión por que el que se aprueba la aplicación del Régimen; (ii) el monto del compromiso de inversión a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, e monto de inversión de cada etapa o tramo; (iii) el plazo de ejecución de la inversión; (iv) los requisitos y características que deberá cumplir el Proyecto; (v) la cobertura del Régimen, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y la lista de contratos de construcción que se autorizan; Con los visados de la Dirección General Agrícola, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0842007-EF y, sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Plantación

de Arándanos Lote C en Moquegua", de acuerdo con el Contrato de Inversión Nº 001-2018-MINAGRI-DVDIAR. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, que el monto de inversión a cargo de la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., asciende a la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE CON 00/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 3 283 107), monto que será ejecutado en un plazo de un (01) año, seis (06) meses y nueve (09) días, contados a partir del 22 de junio de 2017. Artículo 3.- Objetivo Principal del Contrato de Inversión El objetivo principal del Contrato de Inversión Nº 001-2018-MINAGRI-DVDIAR, es el establecido en la Cláusula Primera y Cláusula Segunda, y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 973. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo I y II de la presente Resolución; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 22 de junio de 2017 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo 3, precedente. 4.2 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, según subpartida arancelaria, servicios y contratos de construcción, se incluirá como Anexos al Contrato de Inversión Nº 001-2018-MINAGRIDVDIAR, y podrá ser modificada a solicitud de la empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C., de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, y sus modificaciones. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSION, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT y a la Empresa CONSORCIO AGRÍCOLA MOQUEGUA S.A.C. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese y comuníquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego Anexo I
N° CUODE 730 1 2 730 820 820 830 SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN ARANCEL

MATERIAL DE TRANSPORTE Y TRACCIÓN 8701.93.00.00 -­Superior a 37 kW pero inferior o igual a 75 kW HERRAMIENTAS 8424.41.00.00 -­Pulverizadores portátiles PARTES Y ACCESORIOS DE MAQUINARIA INDUSTRIAL

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