Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
Departamento

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico ­ SAC; Campaña Agrícola 2018-2019". Artículo 2.- Aprobar los Criterios de Elegibilidad del Seguro Agrícola siguientes: a) Tipo de Seguro a financiar: Seguro Agrícola Catastrófico. b) La modalidad de financiamiento de primas del Seguro Agrícola Catastrófico: Financiamiento Total regulada por el Capítulo III del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI. c) Los tipos de bienes o producción elegible para ser cubierta por el Seguro Agrícola Catastrófico para la Campaña Agrícola 2018-2019, según la modalidad de financiamiento son los siguientes: - Financiamiento Total: Cultivos Básicos, Hortalizas, Pastos y Forrajes de acuerdo a la siguiente clasificación:
CLASIFICACIÓN Avena Grano Cañihua Cebada Grano Chocho o Tarhui Cultivos básicos Fríjol Grano Seco Haba Grano Seco Kiwicha o Amaranto Maíz Amiláceo Quinua Trigo Arveja Grano Verde Fríjol Grano Verde Haba Grano Verde Maíz Choclo Hortalizas Papa Maca Mashua Olluco Oca Pastos y forrajes Avena Forrajera Cebada Forrajera CULTIVOS Arveja Grano Seco

Total máximo de aporte disponible1 del Fondo S/.

Cultivos a coberturar Arveja grano seco, Arveja grano verde, Avena forrajera, Avena grano, Cebada grano, Frijol grano seco, Haba grano seco, Haba grano verde, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Mashua, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo Arveja grano verde, Frijol grano seco, Haba grano seco, Maca, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Oca, Olluco, Papa Arveja grano seco, Avena forrajera, Avena grano, Cañihua, Cebada forrajera, Cebada grano, Haba grano seco, Maíz amiláceo, Mashua, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo Arveja grano seco, Arveja grano verde, Avena forrajera, Cebada forrajera, Cebada grano, Chocho o Tarhui grano seco, Frijol grano seco, Haba grano seco, Haba grano verde, Kiwicha, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Mashua, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo Arveja grano seco, Arveja grano verde, Avena forrajera, Avena grano, Cebada grano, Frijol grano seco, Haba grano seco, Haba grano verde, Maca, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo

Ayacucho

6,757,547.72

Pasco

1,259,649.38

Puno

9,491,414.00

Apurímac

4,239,073.18

Huancavelica

4,557,242.71

Huánuco

Arveja grano seco, Arveja grano verde, Avena forrajera, Avena grano, Cebada 3,625,663.20 grano, Frijol grano seco, Haba grano seco, Haba grano verde, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo Arveja grano seco, Arveja grano verde, Avena forrajera, Cebada grano, Frijol grano 3,510,922.65 seco, Frijol grano verde, Haba grano seco, Haba grano verde, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo Arveja grano seco, Avena forrajera, Avena grano, Cañihua, Cebada forrajera, Cebada grano, Frijol grano seco, Haba grano 2,760,487.91 seco, Haba grano verde, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Mashua, Oca, Olluco, Papa, Quinua, Trigo 36,202,000.75

Cajamarca

Cusco

TOTAL

1. El total del Fondo disponible para cada Departamento incluye IGV

d) El Seguro Agrícola Catastrófico otorgado bajo la modalidad de financiamiento total está dirigido a los agricultores de menores recursos, ubicados en los departamentos de mayor pobreza en el país, para lo cual se ha tomado como referencia el Mapa de Pobreza Provincial y Distrital - 2013" del Informe Técnico de fecha Mayo 2013, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI, denominado "Evolución de la Pobreza Monetaria 2009-2013". e) Las zonas o territorios geográficos a ser cubiertos por el Seguro Agrícola Catastrófico, según la modalidad de financiamiento son las siguientes: - Financiamiento Total: zonas o territorios geográficos que se encuentran ubicados en los departamentos de Ayacucho, Pasco, Puno, Apurímac, Huancavelica, Huánuco, Cajamarca y Cusco. Considerando esta clasificación, el Seguro Agrícola Catastrófico, cubrirá los cultivos de mayor importancia en cada departamento, según la modalidad de financiamiento, de la siguiente manera: - Financiamiento Total:

Artículo 3.- Aprobar las bases y criterios de evaluación para la selección y contratación de las Compañías de Seguros que otorgarán la cobertura del Seguro Agrícola Catastrófico para la campaña agrícola 2018-2019. Artículo 4.- Designar al señor Luis Enrique Gonzales Bustamante, Director General de la Dirección General Agrícola, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Comité de Gestión del Fideicomiso, quien lo presidirá, de conformidad a lo establecido en el numeral 2.4 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Supremo N° 002-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario. Artículo 5.- Disponer que la Dirección General de Articulación Intergubernamental ­ DGAI, del Ministerio de Agricultura y Riego y el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL, a través de sus unidades operativas y personal, brinden apoyo a los Gobiernos Regionales en la administración y seguimiento de los reportes de avisos de siniestros, así como en la validación del Registro de Beneficiarios, así como a la Secretaria Técnica del Consejo Directivo del FOGASA, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución al Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL. a la Dirección General de Articulación Intergubernamental, a la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE, y al Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario ­ FOGASA, para los fines de ley.

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