Norma Legal Oficial del día 28 de Diciembre del año 2007 (28/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, en el mencionado documento, la Unidad de Logistica concluye su informe senalando que "del estudio de MORDAZA realizado se deduce lo manifestado por la Sociedad Nacional de Industrias que la empresa MORDAZA MORDAZA & SONS DE PERU S.A., es la unica empresa que a la fecha ofrece el servicio de impresion de Guias de Transporte Forestal con MORDAZA seguridad ya que cuenta con la maquinaria y tecnologia para impresion del Sistema Intangible de acuerdo a las especificaciones MORDAZA por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre"; Que, de otro lado, con Resolucion Gerencial Nº 0422007-INRENA-GG de fecha 16 de octubre de 2007, se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC del INRENA, disponiendo entre otros, incluir con numero de referencia 1137, la contratacion de servicio de impresion de Guias de Transporte Forestal con MORDAZA seguridad, considerada con un valor estimado de Ochocientos Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.820,000); Que, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia de Planificacion mediante Memorandum Nº 1603-2007INRENA-OP-UP de fecha 26 de noviembre de 2007, se cuenta con Disponibilidad Presupuestal para el servicio requerido por el area usuaria; Que, el INRENA es la autoridad publica encargada de realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservacion de la diversidad biologica MORDAZA y la gestion sostenible del medio ambiente rural. En este contexto el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG en su articulo 30, establece como atribuciones y funciones de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, entre otras: Proponer las politicas, normas, sistemas, planes, programas y proyectos estrategicos relacionados con la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, asi como sus recursos geneticos asociados, a nivel nacional, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion. Del mismo modo, se encarga de realizar el seguimiento, evaluacion y supervision de las actividades de administracion y control forestal y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada entidad debera elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Articulo 11º del referido Texto Unico Ordenado, estipula que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que dicho MORDAZA este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, salvo las excepciones de la presente Ley, y que ademas se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, el Articulo 19º Inciso e) del mismo cuerpo legal, concordante con el 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, para lo cual la entidad podra contratar directamente; Que, de acuerdo al Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE, las exoneraciones en el INRENA, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, son aprobadas por Resolucion Jefatural, requiriendo previamente de un Informe Tecnico Legal; documentos que deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los 10 dias naturales siguientes de la aprobacion. Asimismo, esta documentacion debe

ser publicada en el SEACE y la Resolucion, publicada tambien en el Diario Oficial El Peruano; Que, de los documentos alcanzados, se desprende que el servicio requerido por el area usuaria no admite sustituto y que la empresa MORDAZA MORDAZA & SONS DE PERU S.A., es el unico proveedor que podria ofrecer el Servicio de Impresion de Guias de Transporte Forestal con MORDAZA seguridad, conforme a los requerimientos tecnicos requeridos, en el MORDAZA nacional; en tal sentido los productos solicitados se encuadran dentro del supuesto establecido en el literal e) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que senala que estan exonerados los procesos de seleccion que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el INRENA requiere contar con Guias de Transporte Forestal que contengan caracteristicas de MORDAZA seguridad, que las MORDAZA infalsificables, lo que permita ejercer mejor control de la movilizacion de material forestal, eliminando la posibilidad de falsificacion o adulteracion de las mismas, permitira asimismo registrar en tiempo real los volumenes de movilizacion de productos forestales y optimizar la actividad de Administracion y Control forestal a nivel nacional; Que, ha quedado establecido que los productos requeridos por las areas usuarias no admiten sustitutos y que la unica empresa en el Peru que actualmente ofrece el servicio de impresion requerido, es la empresa MORDAZA MORDAZA & SONS DE PERU S.A; Que, al quedar establecida la condicion de proveedor unico de la empresa MORDAZA MORDAZA & SONS DE PERU S.A, procede se emita la correspondiente Resolucion Jefatural que exonere del MORDAZA de seleccion la Contratacion del Servicio de Impresion de Guias de Transporte Forestal que cuente con caracteristicas de MORDAZA seguridad, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS ($/. 260,000.00), monto cotizado por la empresa en mencion; Que, en la actualidad nuestra institucion cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para iniciar el MORDAZA de Contratacion del Servicio de impresion de Guias de Transporte Forestal con MORDAZA seguridad, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de la Oficina de Planificacion del INRENA. Que, el Informe Tecnico Legal Nº 004-2007INRENA-OA-OAJ de fecha 21 de diciembre de 2007, luego de evaluar los documentos alcanzados concluye recomendando, autorizar se emita la correspondiente Resolucion Jefatural que exonere del MORDAZA de seleccion, la Contratacion del Servicio de Impresion de Guias de Transporte Forestal que cuente con caracteristicas de MORDAZA seguridad, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 260,000.00); Que, en tal sentido existiendo la documentacion tecnica y legal que justifica la procedencia y necesidad de la exoneracion, de acuerdo al articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los softwares y licencias; Con la visaciones de la Oficina de Administracion, Oficina de Informatica, Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Planificacion, Oficina de Gestion Ambiental, Transectorial, Evaluacion e Informacion de Recursos Naturales, Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables y Gerencia General; y De conformidad con el Articulo 8º Inciso J) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2003-G, asi como en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM: SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del Servicio

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