Norma Legal Oficial del día 13 de Julio del año 2008 (13/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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376075

VISTOS:

Los Oficios Nºs. 249-2008-AG-CONACS/P, 3232008-AG-CONACS/P y 389-2008-AG-CONACS/P del Presidente Ejecutivo (e) del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos-CONACS, y el Oficio Nº 352008-AG-CT-CONACS/P de la Presidenta de la Comision de Transferencia a que se refiere el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG; CONSIDERANDO:

CONACS, en representacion del Estado, y la empresa Textil y Artesanias MORDAZA S.R.L., el 10 de MORDAZA de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura
225095-1

Que, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura creado por Decreto Supremo Nº 026-92-AG, ratificado por Decreto Ley Nº 25902, que tiene entre sus funciones generales, promover, asesorar, supervisar y normar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento a nivel nacional de todas las especies que conforman los camelidos sudamericanos y sus hibridos en el pais; Que, el Estado Peruano, a traves del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, es titular de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESANIA, la que se encuentra debidamente inscrita y registrada ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, mediante el Certificado Nº 00085530, Folio Nº 040, Expediente Nº 161350-2002, y Resolucion Nº 0140412002/OSD-INDECOPI, la misma que es aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0363-97-AG; Que, el Decreto Legislativo Nº 653 establece que la crianza de la vicuna, al igual que la transformacion y comercializacion de sus productos, pueden ser efectuadas por cualquier persona natural o juridica, bajo supervision del Estado. En virtud a dicha MORDAZA, el Estado promueve el desarrollo y el aprovechamiento racional de las especies de fauna silvestres, otorgandoles en custodia y usufructo a personas naturales o juridicas para su proteccion, repoblamiento, investigacion y manejo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-96-AG, modificado por Decretos Supremos Nºs. . 008-2004AG y 006-2005-AG, se ha establecido que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos-CONACS en representacion del Estado podra otorgar la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESANIA, a un plazo determinado, mediante Convenio Especifico aprobado por Resolucion Ministerial; Que, mediante Convenio de Licencia de Uso suscrito el 10 de MORDAZA de 2008, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos-CONACS ha cedido a la empresa Textil y Artesanias MORDAZA S.R.L. la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESANIA, conforme a las normas previstas en la Ley de Propiedad Industrial-Decreto Legislativo Nº 823 y la Decision 486Regimen Comun sobre Propiedad Industrial, el mismo que conforme a su clausula sexta tendra una duracion de un (01) ano; Que, mediante los documentos del Vistos, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos-CONACS ha solicitado la aprobacion del Convenio de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESANIA suscrito con la empresa Textil y Artesanias MORDAZA S.R.L., manifestando que se ha cumplido con los requisitos legales previstos para tales efectos, habiendo emitido opinion favorable la Presidenta de la Comision de Transferencia a que se refiere el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, el Decreto Supremo Nº 026-92-AG, el Titulo VI del Decreto Legislativo Nº 653, y el Decreto Supremo Nº 007-96-AG y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESANIA suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos-

DEFENSA
Autorizan el ingreso al territorio de la Republica de efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 705-2008 DE/SG

MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº 470 de fecha 07 de MORDAZA de 2008, y 681 de fecha 01 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de MORDAZA cada ano fiscal auspicia algunos ejercicios de ingenieria, y de entrenamiento Combinado Conjunto de Accion Civica Humanitaria denominados "Nuevos Horizontes", tanto en MORDAZA del Sur, en MORDAZA Central y en el Caribe; Que, los anos 1998 y 2006 se llevaron a cabo en el Peru ejercicios "Nuevos Horizontes" en los que se beneficio a las poblaciones de Iquitos y de MORDAZA, respectivamente. Que, el objetivo de este Ejercicio es realizar proyectos de construccion que comprenden la edificacion de postas medicas, pozos de agua y aulas; asi como brindar atenciones medicas a la poblacion de bajos recursos del lugar donde se realizara el ejercicio. Todo ello en la perspectiva de contribuir al desarrollo social de la MORDAZA (Region Ayacucho) y mejorar el entrenamiento combinado conjunto de las unidades militares de los Estados Unidos y del Peru; Que, las coordinaciones para la realizacion de este Ejercicio han estado a cargo del Grupo Consultivo de Ayuda Militar de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, del Ministerio de Defensa y del Gobierno Regional de MORDAZA, contandose ademas con el apoyo del Ministerio de Educacion y de Salud. Que, la realizacion de Ejercicio Combinado Conjunto de Accion Civica Humanitaria "Nuevos Horizontes 2008", sera integramente financiado por los Estados Unidos y por tanto no irrogara gasto alguno al Estado peruano Que, entre el 12 de MORDAZA y el 30 de setiembre de 2008, ingresara a territorio nacional personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA para participar en las distintas fases de realizacion del mencionado ejercicio de Accion Civica Humanitaria, relevando al personal militar que MORDAZA concluido con su participacion en el mencionado ejercicio, llevandose a cabo una MORDAZA fase de la rotacion de personal; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza,

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