Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 1998 (28/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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MORDAZA, vwnes 28 dc agoslo dc 1998

Articulo Segundo.- Declarar nula la Resolucion DirectoralN"087-98-MTC/15.02.PERT,porlosconsiderand~~sexpuestos en la presente resolucion. Artfculo Tercero.- Declarar infundado el recurso, en el extremo por el cual el consultor pretende desconocer el atraso de 62 dias ocurrido en el tramo Dv. Talara Cancas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Cuarto.-Disponer que la instancia superior de la Direccion Ejecutiva del PERT expida nueva resolucion resolviendolaimpugnacioninterpuestaypracticandolaliquidacion del contrato, considerando que las penalidades deben calcularse sobre el monto reajustado que corresponde a cada tramo; vigenta ala fecha en que se incurrio en la mora.
Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

Dictan normas de procedimiento para el retiro o remocion de vehiculosabandonados en vias publicas del distrito
DECRETO DE ALCALDlA N"O16-SS-ALCIMSI
EL MORDAZA DE SAN ISl DRO CONSIDERANDO: Que, son funciones de las municipalidades en materia de circulacion y MORDAZA, organizar-mantener entre otros, el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, asi como el procurar y conservar los bienes de dominio publico como las vias (calles, avenidas, etc.); Que, habiendose constatado la existencia de vehiculos abandonados envias publicas dentro de lajurisdiccion de San MORDAZA, es necesario normar el procedimiento para el retiro o remocion i de los mismos en aras de mantener su condicion de tal y ve1 ar por la seguridad de los vecinos; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Organica de MunIcipalidades N" 23853, Articulos 65" inciso 13) y 69" inciso 41, Decreto Legislativo N" 420 - Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial,Articulos8", 17",2O"incisoa)y 187"incisoE.l3yOrdenanza Metropolitana N" 001-85: Articulo 10"; DECRETA: los en vias publicas por mas de 15 dias calendario, dentrode la jurisdiccion de San MORDAZA, bajo sancion de declararlos en abandono y proceder de acuerdo ala normatividad prevista en el presente reglamento. Articulo Segundo.- La Direccion de Seguridad Vecinal, constituye el organo competente para la verificacion y declaracion de abandono de los vehiculos en vias publicas, para lo cual debera notificar al propietario para que proceda a retirarlo en (el plazo perentorio de 48 horas. En caso de desconocer al propietario yio el domicilio de este, procedera a colocar una notifcacicn enlugarvisibledelvehiculoyefectuarlapublicacionenelDiario Oficial El Peruano. De igual manera se comunicara a la Policia Nacional del Peru, detallando las caracteristicas del vehiculo y el lugar donde se encuentra para las acciones dc ley de acuerdo a su competencia. Articulo Tercero.- Trarxcurrido el plazo previsto en el articulo precedente, la Direccion de Seguridad Vecinal declararaelabandonodelvehiculo,levantandoelActacorrespondiente yen coordinacion con la Policia Nacional del Peru se procedera al retiro o remocion del vehiculo e internamiento en los depositos oficiales de la Policia Nacional del Peru previa coordinacion. Articulo Cuarto.-El propietario para solicitar laentrega del vehiculo debera acreditar PU condicion de tal con la Tarjeta de Propiedad Vehicular, cancelar los gastos por concepto de publicacionenelDiarioOficia1 ElPeruano,remocionyguardiania, suscribiendose el Acta de Entrega. En caso de transcurrir masde30diashabilessinquelosvehiculosseanreclamadospor sus propietarios, DIROVE oPoder Judicial; deberan sor sometidos a remate publico a cargo de esta municipalidad, a traves de la Oficina de Administracion. Articulo Quinto.- La Direccion de Seguridad Vecinal realizara dos publicaciones consecutivas en el Diario Oficial El Peruano detallando nombre y apellidos de los propietarios en caso de conocerse y las caracteristicas de los vehiculos. a rematar, asi como el dia, hora y lugar donde se llevara a ca'bo el acto de remate publico a cargo de martillero publico Ide acuerdo a las disposiciones vigentes sobre la materia. El propietario del vehiculo a rematar podra solicitar su entrega en el momento del remate. de acuerdo a lo previsto en el articulo precedente. Articulo Sexto.- Los gastos del remate y honorarios del martilleropublicoseranasumidosporlosadquirientesenforrna prorrateada. Los ingresos obtrnidos por remate publico constituyen rentas de esta municipalidad, debiendo ser utilizados en forma prioritaria para el proc<.dimiento previsto en el presente reglamento. Dado en San MORDAZA, a los doce dias del mes de agosto de mil novecientos noventiocho. ArfEX&N BARUA LECAROS

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA -

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SUNASS

Aprueban Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la EPS Moyobamba S.R.Ltda.
RESOLUCIONDE INTENDENCIA W 16-98-SUNASS-INF
MORDAZA, 25 de agosto de 1998 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la "Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad de ResponsabilidadLimitada"-EPSMOYOBAMBAS.R.LTDA.,asicomo 1aopiniondelaComisionRevisoradesignadaparatal efectopor la Alta Direccion de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia N"O19-96/ PRES-VMI-SUNASS, se aprobo la Directiva para la Formulacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento EPS; Que, en dicho reglamento se debera plasmar la normatividad que regula las relaciones entre las respectivas EPS legalmente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que la "Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad de Responsabilidad Limitada" - EPS MOYOBAMBAS.R.LTDA., ha presentado oportunamente su ReglamentodePrestaciondeServiciosdeAguaPotableyAlcantarillado, el mismo que ha sido revisado y obtenido opinion favorable por parte de la Comision Revisora designada para tal efecto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.2.2 de la Resolucion de Superintendencia N" 019.96/PRES-VMISUNASS; SE RESUELVE: Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la "Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad de Responsabilidad Limitada" - EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. Articulo 2".- Ordenar a la "Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad de Responsabilidad Limitada" - EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. la publicacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OQUENDO PORTILLO Intendente de Normas y Fiscalizacion (el 9606

Articulo Primero.- Prohibir la permanencia de vehicu-

Articulo lo.- Aprobar el Reglamento de Prestacion de

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