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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (06/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 21

Lima, domingo 6 de diciembre de 1998 el-0 Pág. 166929 Disponen afectar en uso terreno a fa- verde congregación religiosa RESOLUCION DE ALCALDIA No 0665 Ate, 7 de octubre de 1998 VISTO: El Oficio N” 4789-98, seguido por la CONGREGA- CION PP. REDENTORISTAS VICEPROVINCIA PE- RUANA P.S. remesentado wr el R.P. Francisco Arias Magallanes, de la Orden en 41 cargo de Superior Vicepro- vincial según Prot. N” 2201 0356193 dado en Roma con fecha 11.893, solicitando Cesión en Uso de un terreno para la construcción de una iglesia, sito en la Asoc. de Vivienda Hijos de Apurímac 1 Etapa, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Asoc. de Vivienda Hijos de Apurímac 1 Etapa de la Habilitación Urbana para Uso de Vivienda R-4 cuenta con la aprobación de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda R-4 sobre un terreno de 237574.00 m2 medianteResolucióndeAlcaldíaN”0512defecha 10.9.98 de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Informe N”226-98-DC-DAT/MDAde la División de Catastro de fecha 30.9.98. se da cuenta de la existencia del lote de terreno que cuenta con un área de 848.00 m2 registrados en los archivos catastrales a favor de la Municipalidad de Ate, destinados como aportes para Otros Fines, ubicado en el lote N” 31 de la manzana Q de la Asoc. de Vivienda Hijos de Apurímac 1 Etapa, cuya habilitación urbana fue materia de aprobación con la resolución referida en el considerando precedente; Que, de conformidad a lo dispuesto en Artículos II-II. 1 y II-VI-3.7 del Reglamento Nacional de Construcciones (RNC) aprobados con Decretos Supremos Nos. 039 y 063- 70-VI, el área destinada a otros fines es entregada a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se encuentra la habilitación para los que se destine, bajo responsabilidad, exclusivamente a servicios públicos complementarios, entendiéndose como tales a servicios educativos,,de salu- bridad, comerciales, de comunicaciones, financieras, de seguridad interior, de energía, religiosas, recreacionales y sociales; Que,elD.S.N”004-85-UC,queapruebaelReglamento de Adjudicaciones de Terrenos Fiscales para fines urba- nos en anlicación de la Lev Orgánica de Municinalidades, establece en sus ArticulÓs 21’~ 22” que los aportes para servicios públicos complementarios son transferidos directamente a las Municipalidades Distritales, las cuales podrán a su vez afectaren uso dichos aportes a favor de las entidades sin fines de lucro; Que, en el presente caso el área de terreno de 848.00 m2 está destinado a otros fines, la Congregación PP. Redentoristas Viceprovincia PS. constituye una entidad no lucrativa dedicada a las actividades del Culto Religio- so, las cuales se encuentran comprendidas dentro del concepto de servicios públicos complementarios; Que, al amparo de los dispositivos legales acotados, y contándose con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica procede accederse a lo solicitado, debiendo expedirse la resolución de afectación en uso correspondiente; Que. conforme lo dispone la Ley N” 23853, las Municipalidades representan al vecindario, promue- ven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripcio- nes de su jurisdicción; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 47” de la Ley No 23853;RESUELVE: Artículo Primero.- Acceder a lo solicitado por el R.P. l rancisco Arias Magallanes, disponiéndose la afectación en uso a favor de la CONGREGACION PP. REDENTO- RISTAS VICEPROVINCIA PERUANA P.S.. el terreno de 848.00 m2, destinado a otros fines y que se encuentra ubicado en el lote N” 31 de la manzana Q de la Asoc. de Vivienda Hijos de Apurímac 1 Etapa, zona de Santa Clara, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, con- forme aparece en el Plano de Lotización N“ 013-98-DCIJ- yN-DATIMDA, que constituye parte integrante de la presente resolución, condicionándose la aplicación de la presente resolución, ala construcción de la iglesia dentro de un plazo máximo de 2 años y al cumplimiento de los fmes de culto religioso, bajo sanción de reversión. Artículo Segundo.- Disponer que para la construc- ción de la iglesia en el terreno acotado en el Artículo primero de la presente resolución, la Congregación PP. Redentoristas Viceprovincia Peruana P.S. deberá obte- ner la aprobación y autorizacion respectiva de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Tercero.- Hacer conocer la presente resolu- ción a la Congregación PP. Redentoristas Viceprovincia Peruana P.S. a las Direcciones de Acondicionamiento Territorial y de Seguridad Ciudadana, para ios fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 14390 Disponen requerir la reapertura devías de uso público en la zona del Cuartel General del Ejército ACUERDO DE CONCEJO N” 550-98-CDSB-C San Borja, 27 de noviembre de 1998 EL CONCEJO DE LA MI,WlClPALIDAD DE SAN BORJA Visto, en su VIII-98 Sesión Extraordinaria de fecha 19.11.98,elDictamenN”055-98-CDSB-CDU,referenteal Informe N” 262-98-CDSB-DD17 sobre la importancia de reaperturar vías de uso público en la zona del Cuartel General del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral N” 428-78- UC-5500, del 14/11/78, se declara habilitado para usos especiales (instalación del Complejo del Ministerio de Guerra), en vías de regularización; un terreno de 949.696 m2 de conformidad con el Plano aprobado N 356-78-UC-5554; Que, en el mencionado documento se establece las áreas habilitadas siendo 730.360 m2 (áreas habilitadas para fines de local del Ministerio de Guerra y lote de vivienda) y 216.336 m2 (conformada por vías, parques y jardines públicos); Que, es función de los gobiernos locales la conser- vación de las áreas cedidas para vías, presemando sus características de inalienable, intangible e imprescriptible; Que, de lo expuesto se desprende que existen vías como la Av. Paseo el Bosque, que a la fecha su acceso se encuentra obstaculizado entre las avenidas San Borja Norte y San Borja Sur, de igual forma el acceso a la Panamericana Sur, ingreso y salida Norte y Sur, y Cava- - _^_-_---. --_.