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Lima, domingo 6 de diciembre de 1998 maf) Pág. 1669l3 Artículo 2”.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente resolución está supeditado #a la opera- tividad de la embarcación pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago será abonado por los armadores pesqueros en el plazo que establece el disposi- tivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Artículo 3”.- Las operaciones de pesca están sujetas alo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulación y ordenamiento pesquero. Artículo 4”.- Excluir la autorización de incremento de flota otorgada al armador LEONARDO PANTA PANTA, signado con el numeral 52 del Anexo II de la Resolución Ministerial N” 500-98PE. Artículo 5”.-Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías v Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería Tumbes, Piura, Chiclayo, Truji-llo, Chimbote, Pisco, Arequipa, 110 y Tacna. Regístrese, comuniquese y publíquese RAUL ARMANDO FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 14279 Otorgan permiso de pesca a armado- res para operar embarcaciones de ban- dera nacional RESOLUCIONDIRECTORAL No 359-98-PE/DNE Lima, 4 de diciembre de 1998 Visto el expediente de Registro N” GR-228002 con escritos de fechas 23 de setiembre y 9 de octubre de 1998, presentado por los armadores FERNANDO BASILIO CHAPILLIQUEN CALDERON y AGUSTIN TEMOCHE CHUNGA, mediante los cuales solicitan permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada “JESUS SOBRE LAS AGUAS” para la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo; CONSIDERANDO: Que los Artículos 43” y 44” del Decreto Ley N” 2597’7 - Ley General de Pesca. establecen que para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las perso- nas naturales y jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determma- do para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que los Artículos 16”, 51” y 139” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, establecen que el acceso a la actividad pesquera de extracción se obtiene mediante la expedición del per- miso de pesca, y que para operar en aguas jurisdiccionales los armadores de embarcaciones pesqueras mayores detreinta (30) toneladas métricas de capacidad de bodegapagaran el correspondiente derecho por permiso de pes-ca, debiendo expedirse el título representativo y la cons- tancia de pago de derecho anual, cuya acreditación man- tendrá en vigencia al permiso de pesca; Que el Artículo 1” de la Ley N” 26920 exceptúa a los armadores de embarcaciones pesqueras construidas de madera con capacidad de bodega de hasta 110 m3 y que realizan faenas de pesca, de la autorización de incremento de flota a que se refiere el Artículo 24” dei Decreto Ley N” --- - ARMADOR EMBARCACION NP DE MATRICULA-25977 - Ley General de Pesca, siempre que cumplan co:n las condiciones previstas en su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” 003-98-PE, a fm de que puedan formalizar su situación técnica administrativa ante elMinisterio de Pesquería y se incorpore oficialmente a laflota pesquera nacional; Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 4” literal b) del reglamento de la Ley N” 26920, aprobado por Decreto Supremo N” 003-98-PE, las embarcaciones pesqueras construidas a partir de la vigencia del Decreto Ley No 25977 -Ley General de Pesca, podrán solicitarpermisode pesca para la extracción de los recursos subexplotados einexplotados para el consumo humano directo; Que el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 445 98-PE dispone que los armadores de las embarcaciones pesqueras de cerco comprendidas en el literal b) del artículo citado en el considerando precedente podrán solicitar permiso de pesca para la extracción de los recur- sos jurel y caballa para consumo humano directo; Que a través de la Resolución Ministerial N” 249-97- PE/DNE de fecha 17 de diciembre de 1997 se autorizó el incremento de flota, entre otros a los armadores Fernan- do Basilio Chapilliquén Calderón y Agustín Temoche Chunga, con la embarcacion pesquera “JESUS SOBRELAS AGUAS”, con 63.04 m3 de capacidad de bodega, utilizando como sistema de preservación cajas con hielo ycomo arte de pesca redes de cerco de longitud de abertura de malla de ll/2 y 3 pulgadas, según corresponda, para :la extracción de los recursos hidrobiológicos suco, lisa, coji- nova y cachema con destino al consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada “JESUS SOBRE LAS AGUAS” con Matrícula N°CO-18073-CM, de 53.30 m3 de capacidad debodega, utilizando como sistema de preservación cajas con hielo y equipada con red de cerco de l l/2 pulgada (38 mm.> de abertura de malla, en la extracción de los recur- sos hidrobiológicos jurel, caballa, machete y lisa con des- tino al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Dirección de Admims- tración y Control Pesquero, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” literal c> numeral 1 de la Ley General de Pesca, y el Artículo 138” de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE; y,Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los docu- mentos presentados por el recurrente se ha determinado que ha cumplido de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6” del Reglamento de la Ley N” 26920, aprobadopor Decreto Supremo N” 003-98-PE, así como también con los requisitos exigibles del Procedimiento N” 1, correspon- diente a la Dirección Nacional de Extracción, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” 001-98- PE. así como con los requisitos establecidos en los literales a) y b) del citado artículo; En uso de las atribuciones conferidas a través del reglamento de la Ley N” 26920, aprobado por Decreto Supremo N” 003-98-PE; SE RESUELVE: Artículo lo.- Otorgar permiso de pesca a plazo deter- minado a los armadores que se indican a continuaciónpara operar una (1) embarcación pesquera de bandera nacional que a continuación se detalla, la cual se dedicaráa la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel, caba-lla, machete y lisa con destino al consumo humano directo, utilizando cajas con hielo y redes de cerco de longitud mínima de abertura de malla de 1 l/2 pulgada (38 mm. ), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras: CAPACIDAD DE BODEGA (m3)SISTEMA DE PESCA- SISTEMA DE AÑO DE PRESERVACION CONST. FERNANDO BASILIO “JESUS SOBRE CO-18073-CM 53.30 RED DE CERCO CAJAS CON 1998 CHAPILLIQUEN CALDERON LAS AGUAS” MALLA DE 1 1/2" HIELO Y AGUSTIN TEMOCHE CHUNGA --- - --