Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (06/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 19

Lima, domingo 6 de diciembre de 1998 cl?&Jm Pág. 166927 SUNASS Prorrogan plazo otorgado a EPS para cumplir con lo dispuesto en la Res. N° 952-98-SUNASS RESOLUCIONDE SUPERINTENDENCIA N” lOOl-98-SUNASS Lima, 4 de diciembre de 1998 VISTOS, los Oficios N°966-98/S-lOlO y N°972-98/S-1010 remitidos por el Gerente General de SEDAPAR S.A., dentro del plazo establecido para el cumplimiento de lo ordenado en los Artículos 2° y 3° de la Resolución de Superintendertcia W 952-98-SUNASS de fecha 19deno\iembrede 1998.pubhcada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de noviembre de 1998,mediante los cuales solicitan una ampliacibn del 1 kzo ctorga- do hasta el 15 de diciembre de 1998; CONSIDERANDO: Que, se han producido cambios en la Gerencia Gene- ral, demás Gerencias y Jefaturas de Línea de la empresa SEDAPAR S.A. en los meses de octubre y noviembre de 1998, lo que ocasiona un proceso de adaptación del nuevo personal en el desarrollo de sus funciones, diflcultåndose el cumplimiento de lo ordenado por la SUNASS medlante la norma antes señalada; En uso de las facultades conferidas por la L,ey No 26284 y el Decreto Supremo N” 024-94.PRES; SE RESUELVE: ktículo l”.-Prorrogar el plazo otorgado a la EPS SEDAPAR S.A. hasta el 15 de diciembre de 1998, afinque cumpla con lo ordenado en los Artículos 2” y 3” de la Resolución de Superintendencia N” 952-98-SUNASS. Artículo 2”.- Encargar al Departamento de Admi- nistración Documentaria y Archivo, la notificación de la presente Resolución a la Defensoría del Pueblo, así como a la Oficina de Defensa del Consumidor del INDECOPI. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente 14283 Aprueban el Reglamento de Presta- ción de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la EPS EMSAP CHANKA S.A. RESOLUCION DE INTENDENCIA No 019-98-SUNASS-INF Lima, 2 de diciembre de 1998 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la “Entidad Prestadora de Servicios Multiprovincial de Saneamiento” - I<PS EMSAP CHANKA S.A., así como la opinión de la Comisión Revisora designada para tal efecto por la Alta Dirección de la Super- intendencia Nacional de Servicios de Sanearmento; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Superintendencia N” 019-96/PRES-VMI-SUNASS, se aprobó la Directiva para la Formulación del Reglamento de Prestación de Servi- cios de Agua Potable y Alcantarillado de Entidades Pres- tadoras de Servicios de Saneamiento - EPS; Que, en dicho reglamento se deberá plasmar la normatividad que regula las relacIones entre las respectivas EPS legalmente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Sanea- miento y los usuarios dt> los servicios de agua pr:table y alcantarillado;Que la “Entidad Prestadora de Servicios Multi- provincial de Saneamiento” - EPS EMSAP CHANKA S .A , ha presentado oportunamente su Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantari- ll,ado, el mismo que ha sido revisado y obtenido opinión favorable por parte de la Comisión Revisora designa-da para tal efecto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.2.2 de la Resolución de Superintendencia N” 019-96/ PRES-VMI-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar el Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la “EntidadPrestadora de Servicios Multiprovincial de Saneamiento” - ‘EPS EMSAP CHANKA S.A. Artículo 2”.- Ordenar a la “Entidad Prestadora de Servicios Multiprovincial de Saneamiento” - EPS EMS- AP CHANKA S.A., la publicación del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantari- llado aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO OQUENDO PORTILLO Intendente de Normas y Fiscalización (e) 14281 Declaran como zona monumental del Olivar de San Isidro los sectores S-l a s-12 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL N°41O/INC Lima, 2 de diciembre de 1998 Visto el Expediente N” 2856/09-98; y, CONSIDERANDO:Que, es deber del Estado velar por la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6° de la Ley No 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación” faculta al Instituto Nacional de Cultura para proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico histórico y artístico, así como también las manifestaciones culturales, orales ytradicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimien- to de la función que le asigna la ley, viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espa- c ios y áreas urbanas que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Olivar de San Isidro está declarado Monumen- to Nacional por Resolución Suprema N” 557 del 16.12.59; Que, en fecha 18.9.89 la Municipalidad de San Isidro propuso a consideración del Instituto Nacional de Cultura el Anteproyecto del Reglamento de Conservación, Reva- lorización, Zonificación y Edificación para la Zona Monu- mental del Bosque de Olivos del distrito de San Isidro, mereciendo un informe técnico aprobado por la ComisiónNacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectóni- clos con Acuerdo N” 09/7.9.89, informe que fue considerado en la elaboración del reglamento final aprobado por el Concejo Distrital de San Isidro mediante Acuerdo deConcejo N°035-89-MSI del 13.12.89 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21.12.89, habiéndose acordado ade- más su remisión al Concejo Provincial de Lima para su ratificación; Que, de la revisión del expediente de visto se despren- de que la Municipalidad de San Isidro no viene aplicando el citado reglamento; Que, mediante Acuerdo N” 0405.10.98 la Comisión Nacional Tknica Calificadora de Proyectos Arquitectó-