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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 1998 (02/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 156139 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de enero de 1998 Visto el Memorándum Nº 515-97-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 29 de diciembre de 1997. CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentación sustentatoria del Memorándum del Visto se desprende que don Isidro Ba- rrantes Pérez ha incurrido en comportamiento de hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas con- ducentes a hechos que deban probarse con el documento mismo, del cual ha hecho uso; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la fe pública en su modalidad de falsedad ideológica previsto y sancionado en el Artículo 438º del Código Penal vigente; Que en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra don Isidro Ba- rrantes Pérez y quienes resulten responsables, por presun- to delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 15049 SUNASS Aprueban Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de SEMAPA BARRAN- CA S.A. RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 21-97-SUNASS-INF Lima, 29 de diciembre de 1997 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestación de Servi- cios de Agua Potable y Alcantarillado del "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A., así como la opinión de la Comisión Revisora designada para tal efecto por la Alta Dirección de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 019- 96/PRES-VMI-SUNASS, se aprobó la Directiva para la Formulación del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de las Entidades Prestado- ras de Servicios de Saneamiento - EPS; Que, en dicho reglamento se deberá plasmar la norma- tividad que regula las relaciones entre las respectivas EPS legalmente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que, el "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcan- tarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A., hapresentado oportunamente su Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, el mismo que ha sido revisado y obtenido opinión favorable por parte de la Comisión Revisora designada para tal efecto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.2.2 de la Resolución de Superintendencia Nº 019-96/PRES- VMI-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A. Artículo 2º.- Ordenar al "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BA- RRANCA S.A. la publicación del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO OQUENDO PORTILLO Intendente de Normas y Fiscalización (e) 14974 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran cumplida ejecución de obras de habilitación urbana de terreno ubi- cado en el distrito de San Juan de Miraflores RESOLUCION Nº 334-97-MML-DMDU Lima, 9 de diciembre de 1997 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO; Visto, el Documento Simple Nº 09637, seguido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA "LA FORTALEZA" LTDA. por el cual solicitan la Aprobación el Proyecto de Lotización para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Recepción de Obra de Tipo Progresivo del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el Sector Pampa de San Juan, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 713-MML-AM-SMDU de fecha 31 de diciembre de 1986, se aprueban los Proyectos referen- tes al Trazado y Lotización, Pavimentación de Calzadas y Aceras, de acuerdo con la Autorización conferida por Reso- lución Directoral Ejecutiva Nº 480-81-VI-6459 del 2 de noviembre de 1981, expedida por la ex Dirección Ejecutiva de Asentamientos Humanos Regulados de la ex Dirección Regional V-Lima del Ministerio de Vivienda y Construc- ción, correspondiente a la COOPERATIVA DE VIVIENDA "LA FORTALEZA" LTDA., para Uso de Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y depar- tamento de Lima; Que, por Acuerdo Nº 08, tomado en Sesión Nº 22-97 de fecha 13 de junio de 1997, se acordó aprobar el Reajuste del Proyecto de Lotización para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el Sector Pampa de San Juan, distrito de San Juan de Mira- flores, provincia y departamento de Lima, condicionando la emisión de la respectiva Resolución a la presentación de la Carta Legalizada de aceptación del reajuste por parte de los propietarios de los Lotes Nºs. 1 y 2 de la Manzana "F", también se estableció que el aporte para el Ministerio de Educación se ubique en el Lote Nº 6 de la Manzana "H" con un área de 1,080.00 m2 y el aporte para SERPAR se ubique en el Parque Nº 01 con un área de 6,080.22 m2; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: