Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 1998 (02/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 2 de enero de 1998

NORMAS LEGALES

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Visto el Memorandum Nº 515-97-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 29 de diciembre de 1997. CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentacion sustentatoria del Memorandum del Visto se desprende que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en comportamiento de hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas conducentes a hechos que deban probarse con el documento mismo, del cual ha hecho uso; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica en su modalidad de falsedad ideologica previsto y sancionado en el Articulo 438º del Codigo Penal vigente; Que en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 15049

presentado oportunamente su Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, el mismo que ha sido revisado y obtenido opinion favorable por parte de la Comision Revisora designada para tal efecto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.2.2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 019-96/PRESVMI-SUNASS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A. Articulo 2º.- Ordenar al "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A. la publicacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OQUENDO PORTILLO Intendente de Normas y Fiscalizacion (e) 14974

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran cumplida ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Miraflores
RESOLUCION Nº 334-97-MML-DMDU MORDAZA, 9 de diciembre de 1997

SUNASS
Aprueban Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de SEMAPA BARRANCA S.A.
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 21-97-SUNASS-INF MORDAZA, 29 de diciembre de 1997 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A., asi como la opinion de la Comision Revisora designada para tal efecto por la Alta Direccion de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 01996/PRES-VMI-SUNASS, se aprobo la Directiva para la Formulacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS; Que, en dicho reglamento se debera plasmar la normatividad que regula las relaciones entre las respectivas EPS legalmente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que, el "Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado - Barranca S.A." - SEMAPA BARRANCA S.A., ha

EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO; Visto, el Documento Simple Nº 09637, seguido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA "LA FORTALEZA" LTDA. por el cual solicitan la Aprobacion el Proyecto de Lotizacion para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Recepcion de Obra de MORDAZA Progresivo del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el Sector MORDAZA de San MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 713-MML-AM-SMDU de fecha 31 de diciembre de 1986, se aprueban los Proyectos referentes al Trazado y Lotizacion, Pavimentacion de Calzadas y Aceras, de acuerdo con la Autorizacion conferida por Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 480-81-VI-6459 del 2 de noviembre de 1981, expedida por la ex Direccion Ejecutiva de Asentamientos Humanos Regulados de la ex Direccion Regional V-Lima del Ministerio de Vivienda y Construccion, correspondiente a la COOPERATIVA DE VIVIENDA "LA FORTALEZA" LTDA., para Uso de Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo Nº 08, tomado en Sesion Nº 22-97 de fecha 13 de junio de 1997, se acordo aprobar el Reajuste del Proyecto de Lotizacion para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 54,000.00 m2, ubicado en el Sector MORDAZA de San MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, condicionando la emision de la respectiva Resolucion a la MORDAZA de la Carta Legalizada de aceptacion del reajuste por parte de los propietarios de los Lotes Nºs. 1 y 2 de la Manzana "F", tambien se establecio que el aporte para el Ministerio de Educacion se ubique en el Lote Nº 6 de la Manzana "H" con un area de 1,080.00 m2 y el aporte para SERPAR se ubique en el MORDAZA Nº 01 con un area de 6,080.22 m2; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion:

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