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Pág. 156274 el-0 Lima, viernes 9 de enero de 1998 Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumpli- do con los requisitos estipulados en el Decreto Le°° N 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto S upremo N° 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable N° 181-97- EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artícul o 6° del Decreto Ley N° 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar Autorización por tiempo inde- finido, a Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, ue se identificará con Código N” 31079397. para desarrol Par actividades de generación de ene r‘a eléctrica en las instalaciones de la Centr alHidroe éctrica Chococo ,, de v propiedad de la solicitante, que operará en el distrit o de Alca , provincia de La Unión, departamento dc Arequipa, cuyas características principales son las u;gw c ntw. - Potencia instalada (MW) : 0,67 - Tipo de turbina : Turbina-bomba de flujo inverso - Caudal (m3/s) : 1,24 - Velocidad (r.p.m. ) 1200 - Salto (m) 87,53 - Recurso Hídrico : río Chococo Artículo 2°.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seJridad; preservando el medio ambiente y salvaguardan c o el Pa - @ trimonio Cultural de la Nación; así com o a remrtw la información estadística y los requisito s establecidos en el Decreto Ley N” 25844, su Reglamento aprobad o por De- creto Supremo N” 009-93-EM y w:rañ nwn‘$iF !rgales pertinentes. Artículo so.-La presente Resolución nnt,i.i&i (>n vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese, ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Energía y Minas 0180 Precisan artículo de resolución referi- do al reconocimiento de estableci-mientos de hospedaje como h u hoteles de una y dos estrellastro otorgado por el Proyecto Especial Registro Unificado del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nep- ciacione s Comerciales Internacionales 0 Transitorios de Administració n Re ‘ona correspondlen-,il . for los ConsFJos tes, y/o con el Certificado de Clasl cano n y Categoriza- ción; Que. resulta necesario precisar los alcances de lo dispuesto en el Artículo 4’ de la referida Resolución Ministerial, en concordancia con lo disuesto en el Artícu- lo 9” del Decreto Supremo N” 012-94-I 4 de Establecimientos de Hospedaje;INCI, Reglamento SE RESUELVE: Artículo Unico.- Precísese que el reconocimiento contenido en el Artículo 4” de la Resolución Ministerial N” 102-9&ITlNCI/DM, es respecto de los Establecimientos de Hospedaje que hubieren obtenido su Registro Unifica- do del Minasterio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales o de los Con-sejos Transitorios de Administración Regional (s e ‘n sea el caso), desde la fecha de entrada en vigencia del %” .ecreto Supremo N” 012-94-ITINCI, Reglamento de Estableci- mientos de Hospedaje, hasta el 1 de julio de 1996. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALIMinistro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 0177 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de irregularidades ocurridasen centroeducativo ubicado en lca RESOLUCION MINISTERIAL N° 413-97-ED Lima, 15 de diciembre de 1997 Visto. el Oficio N° 1022-97-PP-ED del Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente N° 30350-97 y demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 037-97-RLW-DSREI/OAI de fecha 19 de aeosto de 1997. la Oficina de Auditoría alberguesInterna de la Dirección Subregional de Educación de Ica, realizó el Examen Especial Financiero - Administrativo RESOLUCION MINISTERIAL N° 002-98-ITINCI-DM Lima, 7 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 5°, inciso e) y Articulo 9” del Decreto Ley N° 25831, Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y NE ociaciones Comer- ciales Internacionales, son funciones fel mismo la fiscali- zación y supervisión de la normatividad emitida, así come la formulación de las políticas nacionales de s u ,Sector en las Areas de su competencia, en armonía con la política del Gobierno; Que, la Quinta Disposición Transitoria y Fina l del Decreto Suglamento dremo N° 012-94-ITINCI, , que aprueba el Re- e Establecimientos de Hospedaje wtablece que por Resolución Ministerial, el Ministerio Ue Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones CC merciales Internacionales aprobará las normas que sean rlwebnrial; para la mejor a litación del citado RegIament<j Que, l a Resolución M.Mini tmiserial N° 102-96-ITI 1’C1/DM, reconoce en su Artículo 4”, como Hostales u lloteie s de Una (1) o Dos (2) Estrellas y como Albergues, ii los Establecimientos de Hospedilje que a la fecha de publi- cación de la mencionada Resolución cuenten coll e! %e~+s-del Ares de Tesore& (Ingresos Propios) y a la Junta EconómIc a del Coletio Nacional “San Luis Gonzarra ” de ka, determinando láexistencia de irregularidades p esta- bleciendo presunta responsabilidad a cargo de CARLOS RAMOS LOAYZA, GREGORIO CARBAJAL MUNAY- CO, PEDRO BERNAOIh ROJAS, LUIS VERA BELLY, FERNANDO ALTAMIRANO COLAN y los que resulten responsables, durante su desempeño como miembros de ia Junta Económica del Colegio Nacional “San Luis Gon- zaga” de Jca: Que, es pertinente autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales per-tinentes; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 12” del D.L. N” 17537, modificado por Lev N” 17667; SE RFS‘[ rELVE: A Artículo lo.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación, que inicie las acciones judiciales corres- pondientes, contra CARLOS RAMOS LOAYZA, GREGO- RI0 CARBAJAL MUNAYCO, PEDRO BERNAOLA RO- JAS, LUIS \rERA BELLY, FERNANDO ALTAMIRANO COLAN y los que resulten responsables en la parte considerativa de la presentejy;J;“;;ytJJ