Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 1998 (09/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Articulo 5°.- REGISTRESE rovisionalmente al Instituto Superior Particular "D E FORMACION BANCARIA" en el Registro de Institutos de Educacion Superior. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0166 RESOLUCION MINISTERIAL N° 417-97-ED MORDAZA, 17 de diciembre de 1997 Visto, el Expediente N° 25185-96, que forma arte de los antecedentes de la presente resolucion, mediante el cual se solicita la autorizacion de funcionamiento del Instituto Superior Particular "ABRAHAM VALDELOMAR"; CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar y romover la esarrollo de articipacion del Sector Privado en favor del f Pa educacion; Que, la documentacion presentada por la entidad propietaria y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, demuestran ue rocede autorizar al Instituto Superior Particular "ABRAHAM VALDELOMAR" para atender la demanda de formacion tecnica en el area solicitada; Que, de conformidad con el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, las "solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vi entes a su MORDAZA, podran obtener autorizacioncf funcionae miento rovisional por un periodo de un ano contado a partir B la publicacion del rimer padron del REEA, e ecuarse a lo establecido en plazo durante el cual deben aCr este Reglamento"; Con a opinion favorable emitida a traves del Informe N° 158-CEEIST-97, la visacion de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 23384, Le General de o Educacion; Decreto Ley N° 25762, modifica cl por Ley N° 26510, Ley Organica del Ministeno de Educacion; Decreto Legislativo N° 882, Le de Promocion de la Inversion en la Educacion; Decretos .4upremos N°s. 051-95-ED y 00296-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y el Decreto Supremo N° 004-97ED Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, SE RESUELVE: Articulo 1°.-. AUTORIZAR provisionalmente, por el periodo de un ano, contado a partir del dia si uiente de la ublicacion del primer padron del Registro de Entidades E specializadas Autorizadas, el funcionamiento del Instis tuto Superior Particular "ABRAHAM VALDELOMAR", M ubicado en la Av. Proceres de la Independencia N° 1722B urbanizacion La Basilica MORDAZA 78, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo 2°.- AUTORIZAR al Instituto Superior Particular "ABRAHAM VALDELOMAR", a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento de los Titulos de: - Profesional Tecnico en Computacion e Informatica - Profesional Tecnico en Administracion de Negocios Internacionales A partir del 1 Semestre Academico de 1998, en dos turnos y con una meta de treinta (30) alumnos por cada turno y titulo. Articulo 3°.- Los estudios conducentes a los titulos autorizados tienen una duracion de seis (6) Semestres Academicos. Articulo 4°.- RECONOCER a la Asociacion Civil Instituto para el Desarrollo Comunal - INDEC como Entidad Propietaria y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director del mencionado Instituto.

MORDAZA, viernes 9 de enero de 1998

Articulo 5°.-- REGISTRES tituto Superior Particular en el Registro de Institutos de Educacion Superior. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0167 RESOLUCION MINISTERIAL N° 418-97-ED MORDAZA, 17 de diciembre de 1997 Visto los Expedientes N°s. B-00759-96 y 29253-97 ue P forman parte de los antecedentes de la presente Reso ucion,. mediante los cuales se solicita la autorizacion de funcionamiento del Instituto de Educacion Superior Particular "AMERICA DE ABANCAY". CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivsr y romover la articipacion del Sector Privado en favor del desarrollo de Pa educacion; Que, la documentacion presentada por la Asociacion propietaria y las evaluaciones y verificaciones efectuadas en su oportunidad, demuestran que procede autorizar al Instituto de Educacion Superior Particular "AMERICA DE ABANCAY", para atender la demanda de formacion docente en las carreras solicitadas; Que, de conformidad con el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 004-97-ED, que aprueba el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, las "solicitudes

cido en este Reglamento"; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por la Comision Es cial de Re `stro, designada por Resolucion Ministeria No 286-97- D, la Asociacion propietaria ha cumplido .p" l!? con presentar la Ficha de Actualizacion de Datos para Expedientes en Tramite; Estando a lo recomendado a traves de la Opinion Tecnica N° 191-UFOD/DINFOCAD-97, y contando con la visacion de la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto r la Ley N° 23384, Ley General de Educacion; Decreto Ee y N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, Ley Organica del Ministerio de Educacion Decreto Le `slativo N" 882 Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion Decreto Supremo Ws 051-95-ED, Organizacion Interna del Ministerio de Edu: cacion; Decreto Supremo N" 002-96-ED, Re lamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de f3ducacion y el Decreto Su MORDAZA No 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de P uncionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, SE RESUELVE: Articulo l".- AUTORIZAR, provisionalmente por el perfodo de un ano, contado a partir del dia si iente de la e ublicacion del Primer Padron del Registro r Entidades E speciahzadas Autorizadas, el funcionamiento del Insti.' tuto de Educacion Superior Particular "AMERICA DE ABANCAY' ubicado en la avenida MORDAZA Barcenas N" 109, departamento de del distrito y provincia de Abanca MORDAZA, plazo durante el cual d ebe adecuarse a lo establecido en la MORDAZA precitada en el tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo 20.. AUTORIZAR al Instituto de Educacion Superior Particular "AMERICA DE ABANCAY', a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento de los titulos de: - Profesor de Educacion Inicial - Profesor de Educacion Primaria - Profesor de Educacion Secundaria, en las especialidades de Matematica y de Lengua y Literatura;

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