Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 1998 (09/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 9 de enero de 1998 Articulo 2°.- REMITIR a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y finas consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0164

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ArticuIo 4°.- RECONOCER a don MORDAZA MORDAZA NOCEDA MORDAZA como Propietario y Director del mencionado Instituto. Articulo 5°.- REGISTRESE rovisionahnente al Instituto Superior Particular "DATATEC" en el Registro de Institutos de Educacion Superior. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0165 RESOLUCION MINISTERIAL N° 416-97-ED MORDAZA, 17 de diciembre de 1997 Visto, el Expediente N° g-03942-96 que forma arte de los antecedentes de la presente resolucion, med! iante el cual se solicita, la autorizacion de funcionamiento del I s i u o Superior Particular DE FORMACION BANn tt t CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar articipacion del Sector Privado en favor de y promover de Pa educacion; Que, la documentacion presentada por la entidad ropietaria y las evaluaciones y verificaciones efectua8as, demuestran ue procede autorizar al Instituto Superior Particular "DE FORMACION BANCARIA", para atender la demanda de formacion tecnica en el MORDAZA solicitada; Que, de conformidad con el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y ransitoria del Decreto Supremo N° 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, las "solicitudes presentadas con anterioridad ala entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vi entes a su MORDAZA, podran obtener autorizacionde funcionamiento rovisional por un periodo de un ano contado a partir Cr la publicacion del rimer padron del REEA, e plazo durante el cual deben aCr cuarse a lo establecido en e emitida a trav6s del Informe de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N" 23384, Le Genera1 de Educacion; Decreto Ley N" 25762, modificaB por Ley No o 26510! Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Legislativo N"882, Le de Promocion de la Inversion en la Educacion; Decretos g upremos NOs. OSl-95ED y 00296-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y el Decreto Supremo No 004-97ED - Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares; SE RESUELVE: Articulo lo.- AUTORIZAR provisionalmente, por el periodo de un ano,.contado a partir del dia si iente de la ublicacion del primer padr6n del Registro Cr Entidades e Ii specializadas Autorizadas, el funcionamiento del Instituto Superior Particular "DE FORMACION BANCARIA:, ubicado en la MORDAZA 41 y 975, urbanizacion Corpac, distnte detupn$o, rovmcia y departamento de Lima. .- AUTORIZAR al Instituto Superior Partitular "DE FORMACION BANCARIA", a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento del Titulo de: - Profesional Tecnico en Administracion Bancaria A partir del 1 Semestre Academico de 1998, en dos turnos y con una meta de cuarenta (40) alumnos por cada turno. Articulo 3".- Los estudios conducentes al titulo autorizado tienen una duracion de seis (6) Semestres AcadBmicos. Articulo 4".- RECONOCER a la Asociacion de Bancos del Peru como Entidad Propietaria y a don MORDAZA FuIItTRAN MORDAZA como Director del mencionado Insti-

Autorizan provisionalmente el funcionamiento de institutos superiores particulares en las provincias de MORDAZA, Callao y Abancay
RESOLUCION MINISTERIAL N° 415-97-ED MORDAZA, 17 de diciembre de 1997 Viste, el Expediente N°8-13330-95, que forma arte de los antecedentes de la presente resolucion, me 4ante el cual se solicita la autorizacion de funcionamiento del Instituto Superior Particular "DATATEC"; CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar y romover la articipacion del Sector Privado en favor del Besarrollo de a P educacion; Que, la documentacion presentada por el pro ietario y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, demuestran que procede autorizar al Instituto Superior Particular "DATATEC", para atender la demanda de formacion tecnica en el area solicitada; Que, de conformidad con el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares las "solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vi entes a su MORDAZA, podran obtener autorizacionLf funcionae miento rovisional por un periodo de un ano contado a e partir Cr la publicacion del rimer padron del REEA, plazo durante el cual deben aBecuarse a 10 establecido en este Reglamento"; Con la o inion favorable emitida a traves del Informe N° 151-CEEIST-97 la visacion de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 23384, Le Genera1 de Educacion; Decreto Lay N° 25762, modificaB por Ley N° o 26510, Ley Organica del Ministeno de Educacion; Decreto Legislativo N° 882, Le de Promocion de la Inversion en la Educacion; Decretos $3 upremos N°s. 051-95-ED y 00296-ED, Re lamento de Organizacion y Funciones del Ministerio ae Educacion y el Decreto Supremo N° 004-97ED - Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares; SE RESUELVE: Articulo 1°.- AUTORIZAR provisionalmente, por el periodo de un ano,contado a partir del dia si `ente de la ublicacion del primer padron del Registro di" Entidades e E specializadas Autorizadas, el funcionamiento del Instituto Superior Particular "DATATEC", ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA N° 240, distrito y Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2°.- AUTORIZAR al Instituto Superior Particular "DATATEC", a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento del Titulo de: - Profesional Tecnico en Computacion e Informatica A partir del 1 Semestre AcadBmico de 1998, en dos turnos y con una meta de treinticinco (35) alumnos por cada turno. Articulo 3".- Los estudios conducentes al titulo autorizado tienen una duracion de seis (6) Semestres Academicos.

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