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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 1998 (09/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

Técnico-Legal respecto a los expedientes sobre denuncio de tierras eriazas a que se refiere el Decreto Supremo W OlO-97-AG; Que, por el Informe Técnico Legai OI’>-97-AG- PETT-CE/TL, de fecha 22 de diciembre de 1997 la Comisión Ad Hoc teniendo en cuenta la Opinión Téc- nica N° 005-97-AG-INRENA-DGAS de la Dirección General de Aguas y Suelos de fecha 16 de diciembre de 1997, recaído en los Expedientes N°s. EO-09. EO- 10, EO-ll, EO-14, EO.-18, EO-20, EO-58, EO-75, EO- 76, EO-120. EO- y EO- tramitados ante el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural (PETT), en el que informa ta no existencia de disponibilidad del recurso hídrico solicitados; así como del Informe Legal N” 259-97-.4G-PETT-(‘E/ì. de fecha 18 de diciembre de 199i dando cuenta < ue de la revIsión del Expediente N” EO- se ha vel’ificado la no existencia del estudio de factibilidad técnico-eco- nómico, se pronuncia en cada caso porque se proceda declarar improcedente las solicitudes de adjudica- ción de tierras eriazas contenidas en los expedientes antes mencionados, y la caducidad del trámite admi- nistrativo del Expediente N° EO- 84 sobre adjudica- ciones de tierras eriazas en aplicac ión de lo fispuesto por el Decreto Supremo N° O1O-97-AG. Estando a lo expuesto, y al ti:nparo de! Decreto Ley N” 25902- Ley Orgánica del Ministerio, de Agri- cultura, el Decreto Supremo N” (‘57.92.Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastros Rural. el Decreto Supremo N” OlO-97-AG, la Resolución Ivli&,sterial N” 0467-97-AG; y con las visaciones cel Presidente de la Comisión Ad Hoc y del Director dG> la Cbticina de Asesoría Legal del PET’T: SE RESUELVE. Artículo lo.- Declarar la caducidad del trámite admi- nistrativo del Expediente N” EO-184, e improcedentes las solicitudes sobre denuncios de tierras eriazas, < <-ntenidas en los expedientes que se indican en el Anexo ?I” 01, por los fundamentos expuestos en la parte conu~der rtjva de la presente resoluci0n. Artículo 2”.- Notificar ia presente Resoilrción con arreglo a Ley 8 los interesados y Organos ‘sescilncentra- dos del Ministerio de Agricultura pwtinentes Regístrese y comuníquese CIRO JEANNEAIJ GRACEY Director Ejecutivo Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rurai ANEXO NPUOtorgan a empresa permiso de ope- ración de servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros y carga RESOLUCION MINISTERIAL N° 636-97-MTC/15.16 Lima, 3 de diciembre de 1997 Visto el Expediente N” 903554 mediante el cual la Compañía SERVICIOS AEREOS DEL ORIENTE S.A. “SAO%” ex AERO SELVA S.A. solicita Permiso de Ope- ración de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Na-cional de pasajeros y carga. CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum N” 079-97- MTC115.12.3, Memorándum N”Olll-97-MTW5.12.5, In- forme N°066-97-MTC/15.16.05.2, Constancias de Inscrip- ción Registra1 e Informe N° 0188-97-MTC/15.16.05.1 emi- tidos por la Dirección de Asesoría Legal, Dirección deSeguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, Subdirec- ción de Material Aeronáutico, el Registrador Público de la Oficina Registra1 de Lima y Callao y el Area de Estudios Económicos; se considera pertinente atender lo solicitadoal haber cumplido la recurrente con los requisitos estable- cidos en la Ley N” 24882 . Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N” 670. su Regla- mento y demás disposiciones legales vigentes; Que, los permisos de operación para prestar servicios aéreos son otorgados mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; De conformidad con la Ley N” 24882, Decreto Legisla- tivo N” 670, Decreto Ley N” 25862 y Decretos Supremos Nos. 054.88-TC, 019-90-TC y 009-96-MTC, y, Con la opmión favorable dei Director Genera l de Transporte Aéreo; SE RESI JISLW: Artículo I”.- Otorgar ir la (:ompañía SERVICIOS AEREOS DEI, ORIENTE S A. “SAO%” ex AERO SEL- VA S.A., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga, por el plazo de cinco (5) años, contado a partir del día siguiente de la publicacrón de la presente resolución. Artículo 2”.- El Permiso do Operación otorgado pre- cedentemente se sujetará a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasaje,. ros y carga. AMBITO DEL SERVIC’IO: - Nacional. MATERIAL ARRONAUTICO: - Una (11 aeronave Cessna 1J206G, matrícula On- 1220. - Una (11 aeronave Cessna IJ206G. matrícula OB- 1415. - Una i 1) aeronave Bechcr aR King Air B-YO. matrícula OB-1558. ZONAS DE OPERACION: REGION, DE- PARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERO- DROMOS AUTORIZADOS: - Región Grau: Piura y Tumbes Piura, Talara, Tumbes, Huancabamba.