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Pág. 156280 ~~~~fl~fl:~ Lima, viernes 9 de enero dc 1998 Asistente de Primeros Auxilios Avanzados (A.P.A.A.) a ser impartido al Cuerpo General de Bomberos Volunta- rios del Perú a nivel nacional, para lo cual se requiere contar con equipos y material de instrucción adecuado. Que, la referida entidad ha efectuado la donación de material de instrucción destinada a la Dirección Tecnica del Comando Nacional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú or un valor FOB de Un Mil Ciento Ochenta y OO/100 (Ui!$1,180.00) Dólares Americanos. Que, los Artículos 2” y 3” del Decreto Ley N” 21942 y el Artículo 2”del Decreto Supremo N” 127-91-PCM disponen que las donaciones del extranjero consignadas a Institu- ciones Públicas, serán despachadas por la Aduana de la República correspondiente. Que. en consecuencia es necesario dictar medidas pertmentes. De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 21942 y Decreto Supremo N” 127-91-PCM; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo lo.- Aceptar y aprobar en vía de regula- rización, la donación efectuada por la The Office of U.S. Foreing Disaster Assistance del Gobierno de los Estados Unidos de América a favor del Cuerpo General de Bombe-ros Voluntarios del Perú, consistente en Nueve (9) bultos conteniendo matetiales de Instrucción para el Curso de Asistente de Primeros Auxilios Avanzados (A.P.A.A.), según Carta de Donación de fecha 25 de febrero de 1997con un valor FOB de Un Mil Ciento Ochenta y OO/100 (US$ 1, 180.00) Dólares Americanos, con un peso aproximado de 104.3 k., según Guía Aérea N” 001-2929-7365 para ser destinados a la Dirección de Técnica. Artículo .2”.- Agradecer a The Office of U.S. Foreing DisE;c$zstmce, por la valiosa donación efectuada. .- Transcríbase la resente Resolución General de la República, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE VILLANUEVA RUESTAMinistro del Interior 0164 RESOLUCION MINISTERIAL N° 0032-98-IN/010101000000 Lima, 5 de enero de 1998CONSIDERANDO:Que, el señor LUIS ROMERO DANCE y esposa seño- ra ALBA PERALTA DE ROMERO, residentes en los Estados Unidos de América, en el marco de colaboración Payuda al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del erú,han efectuado la donación de un (1) Equipo Life Pak 5 (Desfibrilador) con BUS accesorios; Que, los Artículos 2” y 3°del Decreto Ley N° 21942 y el Artículo 2” del Decreto Supremo N° 127-91-PCM disponen que las donaciones del extran’ero consignadas a Institu- ciones Públicas, serán despac h República correspondiente;adas por la Aduana de la Que en consecuencia es necesario dictar medidas per- tinentes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 21942 y Decreto Supremo N° 127-91-PCM; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo l°.--Aceptar y aprobar en vía de regula- rización, la donación efectuada por el señor LUIS ROME- RO DANCE y esposa señora ALBA PERALTA DE RO- MERO, a favor del Cuerpo General de Bomberos Volun- tarios del Perú, consistente en Un (1) Equipo Life Pak 5, modelo LP5-PHYFIO, Serie: 60014-04-0050011-600114- 0050013, según Carta de Donación de fecha 15-10-96, con un valor FOB de Dos Mil Quinientos y 00/100 (US$ 2, 500.00) Dólares Americanos, con un peso aproximado de 13 k., según Guía Aérea N° 0018025 2690, el cual será destinado a la Compañia de Bomberos Voluntarios AN- TONIO ALARCO ESPINOZA N° 60.Artículo 2°.- Agradecer al señor LUIS ROMERO DANCE y esposa señora ALBA PERALTA DE ROMERO, por la valiosa donación efectuada. Artículo 3°.- Transcríbase laresente Resolución Ministerial a la Superintendencia dacional de Aduanas, Superintendencia de Bienes Nacionales y Contraloría General de la República, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publiquese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 0155 Aceptan y aprueban donación efectua- da por el Gobierno de los EE.UU. en favor de CARE PERU RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 235-97-PRONAA/P Lima, 26 de diciembre de 1997 VISTA: La Solicitud de la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Perú, formulada mediante Carta N° CP # 0861/ 97 de fecha 3 de noviembre de 1997; y CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Planificación y Presu uesto a través del Memorándum N° 760-97-PRONAA/O sP tramita la ro PC!uesta correspondiente en atención a lo solicitado a ooperativa Americana de Remesas al Exterior - CAJE Perú, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del M/N “Mary Cecilia” a los puertos peruanos de Callao, Salave- rry y Matarani, tra dientes a la aendo diversos alimentos correspon- F Kda a imentaria para el año 1997, para su Distribución irect Que, el 29 de octubre de 1954 el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú cele- braron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitación y Socorro Voluntario No Lu- crativas para la distribución de productoe agrícolas ah- menticioe y la ejecución de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 14 de enero de 1997 se suscribe el Convenio de DonacMn de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de America, por el ue el Gobierno Perua- no, representado r el Ministerio res y a solicitud Cr8e Relaciones Exterio- el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a travee del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente ace - ta y a xrueba la donación de aproximadamente 86,6J0 tonel aas métricas de alimentos del Gobierno Norteame- ricano, de las cuales 51,650 tm. se usarán en Programas de Distribución Directa y 35,040 tm. se utilizaran para Mo-netización; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptación de la Donaciõn del referido instrumento, la donación esta sujeta a la dis el8”nibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo enante sustituir los productos en parte 0 en su totali- dad con un producto o productos apropiados ylo limitar el valor total de cada producto debido a la variación de precios 0 a cualquier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Articulo III: Ejecución del Pm lKrama del mencionado Convenio de Donación, se acue a que los alimentos importados para la distribución directa y mone- tización serfin depm ciones Privadas sin 5iedad exclusiva de cuatro Organiza- mes de Lucro, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exte- rior - CARE-Per& quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos hasta la distribución al beneficiario final, debiendo de utilizarlosen los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecu-tados por ellas y sus contrapartes;