Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 1998 (09/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

a Que las irregularidades MORDAZA indicadas, segun fluyen del informe de la Inspectoria General, han ocasionado danos economicos en contra del Estado por lo que deba ser resarcido, de acuerdo con los Articulos 1242' y 1321" del Codigo Civil; Que lo expuesto precedentemente, amerita autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que interponga las acciones judiciales pertinentes contra los responsables senalados en el informe emit.ido por la Inspectoria General; De conformidad can los Decretos Leyes Nos. 17537, 17667,25862 y 26162; SE RESUELt;TE: Articulo lo.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transporte?, ,Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que iruae las acciones judiciales pertinentes contra los presuntos responsables senalados en el Informe N" 020-97-MTW5.08. Articulo 2".- Disponer que el informe del Visto, Anexos y la correspondiente documentacion sustentatoria, MORDAZA remitidos al Procurador Publico de este Ministerio. Articulo Sa.- El citado Procurador Publico informara al Despacho Ministerial, sobre el inicio, impulso y avances de la presente accion judicial que se le autoriza por esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0230 RESOLUCIBN MINISTERIAL N" 003-98-MTCX6.01 MORDAZA, 6 de enero de 1998 Visto el Informe N" 02O-97-MTW5.08, emitido por la Inspectoria General, respecto del Examen Especial practicado a la Obra de Rehabilitacion Carretera Caraz-Huallanca tramo Km. O+OOO-Km. 36+580"; CONSIDERANDO: Que del Examen Especial practicado se desprende entre otras irregularidades, incumplimiento de obiigaciones asumidas contractualmente por la firma Supervisora S & 2 Consultores Asociados y de las disposiciones del Reelamento General de las Actividades de Consultoria - RBGAC; Que las irregularidades MORDAZA indicadas, segun fluyen del informe de la InsDectoria General, han ocasionado danos economicos en cintra del Estado por lo que debe ser resarcido, de acuerdo con los Articulos 1242" y 1321" del Codigo Civil; Que lo expuesto precedentemente, amerita autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que interponga las acciones judiciales pertinentes contra los responsables senalados en el informe emitido por la Inspectoria General; De conformidad con los Decretos Leyes Nos. 17637, 17667,25862 y 26162; SE RESUELVE: Articulo l".- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra los presuntos responsables senalados en el Informe N" 020-97-MTC115.08. Articulo 29- Disponer que el Informe del Visto, Anexos y la correspondiente documentacion sustentatoria, MORDAZA remitidos al Procurador Publico de este Ministerio. Articulo 3O.- El citado Procurador Publico informara al Despacho Ministerial, sobre el inicio, impulso y avances de la presente accion judicial que se le autoriza por esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0231

Otorgan concesiones a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1756-97-MTC/15.18 MORDAZA, 23 de diciembre de 1997 VISTOS, el Ex ediente de Re `stro N° 970265 or aniRESA D E T RANSPORTES J s NIN zado or l a E M H S.R.LTDA., sobre Concesion de Ruta: Lima-Tarma y viceversa e Informe N° 395-97-MTC/15.18.04.I.scg de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N° 918-97-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N° 511-97-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC, Ley N° 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N° 019-97-MTC y Decreto Ley N° 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otor ar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.R.LTDA. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el riodo de diez (10) anos, a computados a partir de l a fec h de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Lima-Tarma y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: LIMA-TARMA y viceversa RUTA REGION: _____ ___ : MORDAZA ORIGEN : TARMA REGION: MORDAZA A. MORDAZA DESTINO ITINERARIO : LA OROYA ESCALA COMERCIAL : LA OROYA FRECUENCIAS : Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR : Dos (2) omnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UQ-2922 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UP-2793 (1989) HORARIOS : Salida de tima: 16.00 horas Salida de Tarma: 06.30 horas

La tarjeta de circulacion sera ex edida en relacion al ertados, bajo responano de fabricacion de los vehiculos oP sabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC y demas dis osiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obli MORDAZA a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0595-MTC. En caso contrario, se a licaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo de Articulo 16" del citado Reglamento.

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Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion ala Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.

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