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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 1998 (24/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

Lima, sábado 24 de enero de 1998 TRAMITE DE APROBACION DE ACTA, HA DADO LA dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo SIGUIENTE: Distrital de Miraflores, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de enero de 1998, lavi 97-MDA Pub icadas el 29 de noviembre de 1997 en e Fíencia de la5 Ordenanzas N” 14-97-MDA irN” 16- Diario Oficial E Peruano. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde distrital para dictar las disposiciones y ampliaciones que se estimen nece- sarias. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENJIdZfJ-E PAJUELO ROLDANORDENANZA: Artículo Unico.- Modifi uese el Artículo Primero de la Ordenanza N” 01-87 de fecha P4 de agosto de 1987, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: “Queda prohibido en la jurisdicción del distrito de Mira- flores el lavado comercial de vehfculos en la vfa Pública. La Prohibición se refiere y comprende únicamente, e servicio de avado comercial que se ofrece a los propietanos y/o conduc- tores de vehículos que se estacionan en la vía publica”. POR TANTO: Regístrese, comuniquese, publiquese y cúmplase. FEydpO ANDRADE CARMONA 0822 Modifican Ordenanza N*Ol-87 median- te la cual se prohibió el lavado de vehículos en la vía pública, en la zona central del distrito ORDENANZA No 43-97-MM Miraflores, 9 de diciembre de 1997 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de fecha 2 de diciembre de 1997; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191” de la Constitución Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que ozan las Municipalidades, el mismo numeral constitucional fia otorgado expresamente al Concejo la función normativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de la Ordenanza Munici- %al,las cuales, de conformidad con el inciso 4) del Artículo OO” de la Constitución del Estado, tiene rango de Ley, al igual ue la5 leyes propiamente dichas, los Decretos Legisla- tivos, 1os Decretos de Urgencia y las normas regionales de carácter general; . de8ue,. de conformidad con lo dispuesto en la Ley OrgBnica unicipalidades No 23853, es competencia munici aprobar normas sobre ornato en sus respectivas juris dpal., - iccio- nes- inciso 9) del Artículo 65” L.O.M.; Que, en ese sentido, a fin de cautelar la hi ‘ene y el ornato de la cuidad el Concejo Distrital de Mir aIrores mediante Ordenanza No 01-87 de fecha 14 de agosto de 1987, prohibió el lavado de vehículos en la vía pública, en la zona central del distrito com rendida r el Norte; Av. Ricardo Palma y José Pardo, por e Sur; la P rv. 28 de Julio, por el Este; el Paseo de la Republica y por el Oeste; la Av. Comandante Espinar, Alameda Cristina Gálvez y el jirón Jorge Chávez; Que, en la actualidad se ha incrementado en distintos sectores de la jurisdicción el lavado comercial de vehfculos en la vía pública, lo cual viene generando malestar e incomodi- dad a los vecinos del distrito, principalmente por afectar negativamente la higiene y el ornato de las vías públicas, así como or la inseguridad que genera dad e persona5 extraiias al vecin B ílrepresenta, la activi- ario camuflada5 como lavadores ambulantes de vehículos; Que, en tal orden de ideas y atendiendo un pedido expreso, formulado en una asamblea de vecinos, es necesario am@iar los alcances de la prohibición contenida en el Artícu- lo 1 de la Ordenanza N” 01-87, extendiendo la misma a toda la ‘urisdicción del distrito de Miraflores, a fin de garantizar lah‘giene y el ornato de la ciudad, así como la seguridad de nuestra comunidad: Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley OrgBnica de Municipalidades, Ley N” 23853; y, con0339 Convocan a matrimonio civil comunita- rio en la jurisdicción del distrito ORDENANZAN” 4598-MM Miraflores, 7 de enero de 1998 EL ALCALDE DE MIRAFLORES PORCUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de fecha 6 de enero de 1998; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Registros Civiles de nuestra Municipali- dad, viene convocando y celebrando anualmente un Matrimonio Civil Comunitario cada 14 de febrero; Que, la Municipalidad con el objeto de brindar facilidades a 105 vecinos del di5trito que deseen regularizar su situación conyugal ante 105 registros del Estado Civil de esta jurisdicción, requiere exonerar del pago de los derechos correspondientes; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Artículo 74”~ elinciso 3)delArtículo 192”de la ConstituciánPolíticadelPertí, así como lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Legislativo N” 816, Código Tributario; y, en uso de la facultades conferida5 en el inciso 3) del Artículo 36” de la Ley Organica de Municipalidades, N” 23853; con dgnsadel tranu- te de aprobaci6n del Acta, por UNANIMID , aprobó la si- guiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- Convocar a la Celebración de un Ma- trimonio Civil Comunitario Gratuito,para el día sábado 14 de febrero de 1998. Articulo Segundo.- Exonerar del pago de los derechos por Examen Médico y Ceremonia a 105 contrayentes participantes del mencionado matrimonio Civil Comunitario. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Registros Civiles, a la Subdirección de Sanidad, y ala Dirección de Rentae, velar por el cumplimiento de la presente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 0340 Crean la Municipalidad Dele ada de Tu- Iín ubicada en el distrito de EI Ingenio RESOLUCION DE ALCALDLA N” 289-97-AMPN Nasca, 26 de noviembre de 1997