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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 1998 (29/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 156884 el mml) ~WM~ Lima, jueves 29 de enero de 1998 Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FRANCISCO SILVA CHECA Alcalde 1057 Establecen criterios para la determina- ción del monto de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y relleno sanitario para el año 1998 ORDENANZA N” 901-98 Pueblo Libre, 21 de enero de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Mumcipalidad de Pueblo Libre, en Sesión Extraordinaria de Concejo: CONSIDERANDO. Que, la Norma IV del tkligo Tributario Decreto Legisla- tivo N” 816 establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribu- ciones, arbitrios, derechos y Licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley. Que, con Ordenanza Municipa! N” OO2-97/MPL del 25-2- 97 se reguló los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario en la jlinsdiccri>n de Pueblo Libre para el e.jercicio 1997 Que, la Ley N’ 26725 del 26-12-96, modificatoria del Artículo 69“ del Decreto Legislativo N” 776 establece que las Tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en función del costo efectivo del servicio a prestar. Asimismo, el Artículo Tercero de la Le,y antes acotada agrega al Decreto Legislati- vo N” 776 el Articulo 69-B el que dispone que en caso que las Municipalidades no curnpl~m con lo dispuesto en el Artículo 69-A en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de lau Tasas por servicios públicos o arbitrios tomando como bax el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al z de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumu- lada le1 Indice de Precio< al Consumidor, vigente en la capital del departamento c,orrespondiente a dicho ejercicio fiscal. Que, con R,esolución Jefatura1 N” 298-97 de fecha 31 de diciembre de 1997 el INEI determina la variación acumulada al Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropohtana para el ano 1997 (enero a diciembre) la cual fue de 6.46 por ciento.Que, con Decreto de Alcaldía Na 084-97-ALCIMDSPL se aprueba el Convenio suscrito con fecha 23.DICIEMBRE.97 entre la Municipalidad y la Empresa Corporación José R. Lindley S.A. para la construcción de 6 Módulos de exoendio de bebidas,, alimentos y de servicios en la playa San ‘Pedro, de esta jurisdicción; Que, os política de la actual administración, consciente de la recesión economica que agobia al país, brindar el máximo apoyo a los contrilwyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tnbutariar raztjn por la cual ha estimado pertinente respetar la estrx~ ‘.ura y tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques - Jard:nes y Relleno Sanitario establecidos en las Ordenan -3s &íunrcipales K”s. 002-97- MPL y 005-97 reajustado c1 r: la aplicación del IPC del ejercicio fiscal anteriorQue, no habiéndose iniciado la ejecución del referido documento, por causas no imputables a esta Administración Municipal - lo que se ha hecho saber ala Empresa por escrito corresponde dejarse sin efecto el Decreto de Alcaldía ante- dicho; De conformidad con el Art. 47”: Inc. 61 de la Ley N” 23853; SE DECRETA: Estando a los considerandos procedentes y en uso de las atribuciones conferidas de la Ley Orgánica de Municipalida- des, Ley N” 23853, y de conformidad con los Decretos Legis- lativos N” 776, N” RI6 y In Ley N” 26752, el Concejo por UNANIMIDAD, aprohó la siguiente:Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcal- día N” 084-97-ALC/MDSPL de fecha 23.DICIEMBRE.97; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Disposición. ORDENANZA: Artículo Primero.- El importe mensual de las Tasas para el presente año 1998 por lns conceptos de arbitrios de Limpieza Pública. Parques y Jardines y Relleno Sanitario para la jurisdiccicn de Pueb’,) 1 ibre se determinara tomandoArtículo Segundo.- Hágase sabe de este Decreto a las instancias que correspondan. Regístrese, comuníquese y dése cuenta. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 0992como base el monto de las Tasas cobradas al aiio anterior reajustada con la aplicación de la variación anual acumulada del mdice de precios al consumidor al 31 de diciembre de 1997. Artículo Segundo.- Los procedimientos, metodología y alcance seran los establecidos en las Ordenanzas Nos. 002-97- MPL y 005-97. Artículo Tercero.- Sustitúyase el mciso b) del rubro Al del Artículo Segundo e inciso b) del rubro B) del Artículo Quinto de la Ordenanza Municipal N” 002-97/MPL por el texto siguiente: IJSO DEL PREDIO “Universidades, Institutos Superiores y demás Centros Educativos Particulares” Artículo Cuarto.- Encargar a las Oficinas de Rentas, Informática y Administración; el cumplimiento de la presen- te Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, se publique y cumpla. YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 0974 Dejan sin efecto decreto que aprobó convenio suscrito con empresa para la construcción de módulosdeservicios, alimentos y bebidas DECRETO DE ALCALDIA No OO~-~~-ALCIMDSPL San Pedro de Lurín, 26 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: