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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (05/02/1998)

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Pág. 157043 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de febrero de 1998 M T C Disponen que estaciones de servicio de radiodifusión autorizadas al IRTP se encuentran comprendidas en Art. 212º del Reglamento General de Ley de Telecomunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 002-98-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, es un organismo público descentralizado del Ministerio de Educación, que tiene a su cargo la operación de los medios de radiodifusión sonora y por televisión de propiedad del Estado, cuya finalidad está orientada a la difusión de contenidos educativos, informativos, cultura- les y de esparcimiento; Que, dados los fines mencionados es conveniente pre- cisar, que las estaciones del servicio de radiodifusión sonora y por televisión autorizadas al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, se encuentran incluidas dentro de los alcances del Artículo 212º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Las estaciones del servicio de radiodi- fusión sonora y por televisión autorizadas al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, se en- cuentran comprendidas en lo dispuesto en el Artículo 212º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1345 Autorizan viaje de funcionario de la Dirección General de Telecomunicacio- nes para participar en evento que se realiza en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 027-98-MTC Lima, 4 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que la Junta de Gobernadores, compuesta por los representantes de los Estados firmantes, que tiene la responsabilidad de la concepción, el desarrollo, la cons- trucción, el establecimiento, la explotación y el manteni- miento del segmento especial de la Organización Interna- cional de Telecomunicaciones por Satélite - INTELSAT, realizará en Washington D.C. su 121º Reunión; Que, los Estados de Perú, Colombia y Bolivia, se unieron con la finalidad de que la suma de sus participa- ciones de inversión les permitiera estar representadosante la Junta citada precedentemente, acordando alter- nar rotativamente el cargo de Gobernador Titular y repre- sentar al Grupo ante la Junta de Gobernadores; Que, en la actualidad nuestro país tiene la condición de Gobernador Titular, por lo que resulta pertinente autori- zar el viaje de un funcionario del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción que repre- sentará al Grupo en la Reunión aludida; De conformidad con la Ley Nº 26894, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Herbert Palma Cadenas, Subdirector de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Telecomunicaciones del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, a Washington D.C., Estados Unidos de América, durante los días del 3 al 7 de febrero de 1998, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje US$ 791.00 - Viáticos US$ 880.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1351 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1594-97-MTC/15.18 Lima, 10 de diciembre de 1997 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 970139, organi- zado por la Empresa de Transportes LUCY SALCEDO E.I.R.L., sobre Concesión de Ruta: Arequipa-Santo To- más y viceversa e Informe Técnico Nº 362-97-MTC/ 15.18.04.1.rcm de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum Nº 721-97-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 447-97-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes LUCY SALCEDO E.I.R.L. la Concesión de Servicio Público de