Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 1998 (05/02/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 1998 VISTO:

NORMAS LEGALES

Pag. 157051

El Informe Nº 157-97-CPPAD/PJ de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y demas documentos relacionados con la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario en contra del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Auxiliar Judicial I de notificaciones del Distrito Judicial del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 219-97-CPPAD/PJ, la Presidenta de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios remitio los actuados a la oficina de Inspectoria General, respecto a las presuntas inasistencias injustificadas del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuya virtud dispuso la APERTURA DE INVESTIGACION Nº 021-97; Que, por Oficio Nº 03-96-OUN de 28-8-96, el Jefe de la Oficina de Notificaciones informo a la Magistrado de la Comision Distrital de Control de la Magistratura del Callao, que el Auxiliar Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA "desde el 23 de agosto que salio a notificar, no viene a laborar desconociendo las razones o motivos por el cual no asiste a su centro de labores"; asimismo, mediante Acta de 29 de agosto del ano proximo pasado, consta la verificacion de las inasistencias injustificadas del investigado, comprendido del 23 al 29 de agosto de 1996; Que, la Comision Distrital de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Callao, opino por la apertura del MORDAZA administrativo disciplinario en contra del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las inasistencias injustificadas; Que, revisado el Record de Asistencias del referido servidor, se aprecia que este inasistio a su centro de labores en el ANO DE 1996 durante los meses de; AGOSTO: los dias 5, 6, 20, 26, 27, 28 y 29; SETIEMBRE: dias 2, 3, 4, 5, 6, 10, 19, 24, 25, 26, 27; OCTUBRE: 2, 14, 15, 17, 23, habiendosele concedido Licencia del 3 al 13; NOVIEMBRE: dias 4, 6, 21, 22, 25; DICIEMBRE: 19, 24; haciendo un total de TREINTA DIAS de inasistencias injustificadas; ANO 1997 durante los meses de ENERO: los dias 7, 9, 15, 20, 21, 24 y 28; FEBRERO: 4, 10, 17, 21, 24, 27; MARZO: 4, 5, 6, 12, 17, 18 y 25; ABRIL: 24, 29; MAYO: 16, 24; JULIO: ninguno; subsistiendo un total de VEINTISIETE DIAS de inasistencias injustificadas; Que, las faltas referidas han sido objeto de descuento corroborado con las copias certificadas de las Planillas de Pago correspondiente a los meses de agosto, octubre, noviembre 1996 y de enero, MORDAZA, junio, MORDAZA de 1997; Que, del analisis y evaluacion de la documentacion obrante en autos, se puede apreciar que existen elementos de juicio que hacen presumir la comision de falta administrativa de caracter disciplinario por parte del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a quien presumiblemente se le atribuye de haber incurrido en 57 dias de inasistencias injustificadas durante el periodo de agosto a diciembre de 1996 y de enero a MORDAZA de 1997; habiendo transgredido las obligaciones que tiene todo servidor publico, previstos en el Articulo 21º incisos a), h) concordante con el Articulo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que debe de instaurarsele MORDAZA administrativo disciplinario; Contando con las visaciones de los Miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con lo dispuesto por el Articulo 1º de la Ley Nº 26546, Articulo 5º-Item 5.3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes Nºs. 26623 y 26659; Capitulo "De Faltas y Sanciones" Articulos 78º inciso b), y 80º del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de Personal del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 085-92-OGP/PJ; Articulo 21º incisos a), h) concordante con el Articulo 28º inciso k) - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 276; Articulos 126º, 127º, 150º, 166º, 168º, 169º y 172º del Reglamento de la Ley de Bases

de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y con el informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Auxiliar Judicial I, Nivel SAC, del Departamento de Notificaciones; Distrito Judicial del Callao, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR con la presente resolucion al servidor procesado, tanto personalmente o por medio del Diario Oficial El Peruano concediendole cinco (5) dias habiles, a fin de que presente su descargo y las pruebas pertinentes para su defensa. Articulo Tercero.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion al Supervisor de Personal de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Inspectoria General, y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Cuarto.- REMITIR los presentes actuados, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELLEPIANE MASSA Titular del Pliego del Poder Judicial 1322

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformacion y horario de reunion del Gabinete de Consulta para la gestion a cargo de la Presidencia de la Corte Superior de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 31-98-P-CSJL MORDAZA, 30 de enero de 1998 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 074-96CME-PJ se dictan disposiciones referidas a las competencias y atribuciones de los Presidentes de Cortes; Que, han quedado suspendidas las funciones de Sala Plena y Consejo Ejecutivo Distrital cuyas atribuciones han sido asumidas por las Presidencias de Corte; Que, la experiencia ha demostrado que la participacion de los Administradores; personal de control; CODICOR; Magistrados Coordinadores y Magistrados representantes de cada Subespecialidad en los diferentes MORDAZA ha sido sumamente provechosa por cuyo motivo es necesario formalizar en esta Corte este metodo de consultas y gobierno que en nada se opone a las normas generales emanadas de la Ley Organica del Poder Judicial y Resoluciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; En uso de las facultades conferidas en los incisos tercero y noveno del Articulo Noventa de la Ley Organica del Poder Judicial, en la Resolucion Administrativa Nº 074-96-CME-PJ y Resolucion Administrativa Nº 197-96SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el Gabinete de consulta para la gestion a cargo de esta Presidencia se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.