Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 1998 (19/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 1998
ANEXO - ORDENANZA Nº 14-98 INSTRUMENTO TECNICO RETIROS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Contenido.-

NORMAS LEGALES

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de los coeficientes de edificacion. Incluso cuando el retiro ha sido establecido para ensanche de la via, pero en este caso mientras el area del retiro pertenezca aun al propietario del lote, es decir, mientras no MORDAZA sido expropiado por el Municipio o Estado; en caso contrario, el coeficiente de edificacion se cenira solo al saldo del terreno en sus nuevas dimensiones resultantes. III-VI-6 RETIROS EN ESQUINA Los retiros delanteros en esquina, por visibilidad, seran establecidos por el Concejo Municipal para dar seguridad al MORDAZA vehicular. En ningun caso estos retiros tendra una dimension menor a cuatro metros, medidos sobre la perpendicular a la bisectriz del MORDAZA formado por las lineas de propiedad (municipales) correspondientes a cada via que conforman la esquina. III-VI-7 EDIFICACION SOBRE RETIROS La Comision Tecnica Municipal Provincial podra establecer que la linea municipal en 2do. piso y pisos superiores sobre la MORDAZA, sobresalga sobre la linea municipal del primero piso; en cualquier caso, esta distancia o volado no podra sobresalir a mas de medio metro y debera estar a un minimo de 2.50 m. de altura sobre el nivel de la vereda; salvo en el caso del retiro en esquina, donde el volado y las edificaciones de los pisos superiores podran seguir el alineamiento de la linea municipal o sobresalir de MORDAZA en medio metro sin ningun retiro en la esquina. III-VI-8 RETIROS LATERALES Y POSTERIORES Los estudios de Zonificacion determinaran los retiros laterales y posteriores en las zonas que corresponda, sin perjuicio de los retiros laterales y posteriores establecidos en el presente Reglamento Nacional. II.- BASE DEL INSTRUMENTO TECNICO Y DEFINICIONES ADICIONALES II.1. Base del Instrumento Tecnico II.1.1. Planos de Lotizaciones de Habilitacion Urbana. II.1.2. Estudio de MORDAZA realizado en la jurisdiccion por la Division de Catastro de la Municipalidad de San Miguel. II.2. Definiciones Adicionales II.2.1. Remanente.- Es el area de terreno que viene a constituir en la separacion obligatoria dejada por la urbanizadora para futuro ensanche de vigas entre la linea de viga (vereda), tomada esta distancia en forma perpendicular a MORDAZA lineas y a todo lo largo del frente o de los frentes de lote. El remanente con respecto a la linea de propiedad esta determinada o facultada su determinacion para cada MORDAZA en el presente Reglamento de Retiros Municipales. Se tendran en consideracion para el manejo del Criterio Conceptual dos Tipos de Remanentes en el distrito de San Miguel: II.2.1.1. Remanente MORDAZA A.- Viene a constituir el area de terreno dejada por la urbanizadora para futuros ensanches de via (rediseno de via), para fines de ornato (composicion urbana) y aislamiento con respecto a la circulacion exterior II.2.1.2. Remanente MORDAZA B.- Viene a constituir el area de terreno dejado por la urbanizadora para futuras ampliaciones de via, pero que de acuerdo al estudio realizado en MORDAZA por la Division de Catastro se ha constatado que dichas vias no necesitan el ensanchamiento o ampliacion de seccion de via debido al bajo flujo vehicular existente en la zona. II.2.2. Estacionamiento Comercial.- Es el area de terreno cuya longitud varia entre 5 a 6 metros lineales que ha sido reservado por la urbanizadora en zonas cuya calificacion es de uso comercial y que se encuentran definidas entre la linea de vereda y la linea de calzada, para uso publico de acuerdo a la asignacion de zonificacion existente para el distrito de San Miguel. III.- OBJETIVOS III.1. Objetivos Generales.III.1.1. Contribuir al ordenamiento fisico-urbano del distrito de San Miguel. III.1.2. Disponer de un instrumento tecnico para la gestion del control de desarrollo MORDAZA, ordenando los espacios fisicos de los Retiros Municipales y Remanentes del distrito de San Miguel. III.2. Objetivos Especificos.III.2.1. Mejorar el control y ordenamiento de los espacios fisicos (lotes y vias), referentes a los retiros municipales y remanentes dejados por la urbanizadora. III.2.2. Mantener y conservar el alineamiento y las caracteristicas urbanas originales, en zonas de uso residenciales. III.2.3. Elaborar una propuesta tecnica y realista referente a las zonas urbanas que se encuentran en mal estado y que necesitan ser revitalizadas. IV. RETIROS MUNICIPALES EXISTENTES IV.1. Retiro Municipal a 0.00 m. con respecto al Limite de Propiedad.IV.1.1. En la totalidad de las calles transversales entre la Av. La Costanera, Av. La Paz y Av. Libertad.

Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Construcciones II. Base del Instrumento Tecnico y Definiciones Adicionales III. Objetivos IV. Retiros Municipales Existentes V. Directivas a seguir I.- NORMAS TECNICAS DEL REGLAMENTO NACIONAL DE CONSTRUCCIONES TITULO III REQUISITOS ARQUITECTONICOS Y DE OCUPACION CAPITULO I DEFINICIONES III-I-1 LINEA DE PROPIEDAD Es el lindero del lote que da frente a la via publica o que separa a la propiedad de la via publica, que esta consignado o definido en el titulo de propiedad y que generalmente es paralelo al eje de la via. III-I-2 LINEA MUNICIPAL Es la linea paralela al eje de la via, que determina el limite hasta donde es posible edificar por disposicion del Concejo Municipal, esta linea coincide con la linea de propiedad cuando no exista disposicion que obligue al propietario a retirar su edificacion de la linea de propiedad. Esta Linea Municipal no obliga a que la edificacion llegue hasta alli, pues es optativo del propietario el retirar su edificacion aun mas que la que determine la Linea Municipal, salvo disposicion expresa en contrario. III-I-3 LINEA DE EDIFICACION Es la linea paralela al eje de la via o a la linea de propiedad, tangente al punto mas saliente de la edificacion. Cuando no exista retiro delantero obligatorio, la linea de edificacion frontal puede coincidir con la linea municipal y con la linea de propiedad. CAPITULO VI RETIROS III-VI-1 CRITERIO CONCEPTUAL La linea municipal de construccion sera establecida por el Concejo Municipal de acuerdo a tres criterios fundamentales: a) Para ensanches de vias (rediseno de vias) b) Para fines de ornato (composicion urbana) c) Aislamiento con respecto a la circulacion exterior. III-VI-2 POR ENSANCHE O REDISENO DE VIA El retiro delantero de construccion para ensanche o rediseno de via, sera establecido por el Concejo Municipal en base a las recomendaciones del Plan Regulador o Estudio de Zonificacion. III-VI-3 POR COMPOSICION MORDAZA Y AISLAMIENTO Seran determinados por los Concejos Municipales Provinciales en zonas y en calles en funcion de estudios previamente aprobados por su Oficina de Planeamiento u Oficina Tecnica correspondiente. III-VI-4 UTILIZACION DEL AREA DE RETIRO En el caso de retiro delantero por ensanche de via o rediseno de via, o retiros delanteros para composicion MORDAZA en zonas residenciales senaladas por las Comisiones Tecnicas Municipales Provinciales, el area resultante del retiro de la linea municipal debera estar completamente libre de edificaciones y muros limite de propiedad, lo que no podran ser justificados ni para la instalacion de medidores, etc. Solo podran habilitarse en estos retiros, jardines y senderos, los que deberan estar al mismo nivel que las veredas de la calle. En el caso de retiro delantero para composicion MORDAZA en zonas residenciales, el area resultante del retiro de la linea municipal podra utilizarse para recreacion infantil, con un cierre adecuado. III-VI-5 RETIRO COMO PARTE DEL AREA SUJETO AL COEFICIENTE DE EDIFICACION El area de los retiros delanteros pertenecientes a la propiedad, seran involucrados en el computo para establecer los limites

I.

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