Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 1998 (19/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 1998
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar a la Oficina Nacional de Cooperacion Popular a donar al Ministerio de Defensa, la maquinaria y vehiculos de carga, consistente en tractores oruga, cargadores frontales, motoniveladoras, compresoras, camiones mayores a 10 TM y volquetes usados, descritos en anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Nacional de Cooperacion Popular, MORDAZA entrega de los bienes a que se refiere el articulo anterior en el lugar donde se encuentren. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Titular del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 8090 RESOLUCION SUPREMA Nº 041-98-PROMUDEH MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 01, se creo el Sistema Nacional de Cooperacion Popular y por Decreto Supremo Nº 022-93-PRES, se establecio que la Oficina Nacional de Cooperacion Popular era el Organismo encargado, de preservar y promover el trabajo comunitario, creando y ejecutando programas de mejoramiento de la infraestructura productiva y servicios basicos, para lo cual adquirio maquinaria de construccion y agricola; Que por Decreto Legislativo Nº 893, se integro la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP - al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, confiriendosele la nueva mision, de promover la creacion de organizaciones sociales de base, para aunar esfuerzos en la lucha contra la pobreza e impulsar el desarrollo de los sectores de menores recursos; Que el Ministerio de Defensa, a traves de la Fuerza Armada, realiza acciones civicas y, como integrante del Comite Ejecutivo de Reconstruccion El MORDAZA - CEREN -, obras de infraestructura social que corresponde apoyar con la dotacion de mayor maquinaria y equipo; Que en consecuencia, es conveniente autorizar a la Oficina Nacional de Cooperacion Popular a donar la maquinaria a su cargo al Ministerio de Defensa y disponer la sustitucion de COOPOP- por el Ministerio de Defensa en los Convenios de cesion en uso de maquinaria MORDAZA, transferidos por el ex Instituto Nacional de Fomento Municipal - ex INFOM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804 del 23 de marzo de 1998 y en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 866 modificado por el Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Oficina Nacional de Cooperacion Popular a donar al Ministerio de Defensa, los bienes transferidos por el ex Instituto Nacional de Fomento Municipal - ex INFOM, consistentes en equipos, maquinaria, piezas y partes; de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la sustitucion de COOPOP, por el Ministerio de Defensa en los Convenios celebrados por el ex INFOM sobre cesion en uso de maquinaria agricola. Articulo 3º.- La Oficina Nacional de Cooperacion Popular, MORDAZA entrega de los bienes a que se refiere el articulo anterior en el lugar donde se encuentren. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Titular del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 8091

MTC
Modifican articulos del Reglamento de Tarifas de ENAPU S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-98-MTC/15.15 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio Nº 388-98-ENAPU S.A./GG sobre modificacion del Reglamento de Tarifas de la Empresa Nacional de Puertos S.A.; CONSIDERANDO: Que el Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A., mediante Acuerdo Nº 57/05/98/D, determino dejar sin efecto el numeral 3 del inciso C y adicionar un inciso I del Reglamento de Tarifas aprobado por Resolucion Ministerial Nº 429-91-TC/15.13; asimismo, acordo se gestione la expedicion del acto administrativo correspondiente; Que la propuesta de ENAPU S.A. esta orientada a lograr una mayor fluidez en la transferencia de la mercancia y que los Terminales Portuarios no MORDAZA utilizados como lugares de almacenamiento prolongado y gratuito; por lo que, en ese sentido, el plazo libre de pago debe quedar sin efecto si la mercancia no es retirada o embarcada en los plazos fijados; Que el Decreto Legislativo Nº 98, en su Articulo 18º, establece que las tarifas por los servicios que cobra ENAPU S.A., a propuesta de la empresa, se fijan o modifican por Resolucion Ministerial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el numeral 3 del inciso "C" del Articulo 4.04 del Reglamento de Tarifas de la Empresa Nacional de Puertos S.A. Articulo 2º.- Adicionar el inciso "I" en el Articulo 4.04 del Reglamento de Tarifas de la Empresa Nacional de Puertos S.A., cuyo texto es el siguiente: "Articulo 4.04 NORMAS I. APLICACION DEL PLAZO LIBRE DE PAGO DE ALMACENAJE Cuando la carga no sea retirada o embarcada dentro del plazo libre respectivo, este quedara sin efecto. En este caso, se adicionara dicho plazo libre al primer periodo de aplicacion de la tarifa, para la liquidacion del almacenaje correspondiente. El MORDAZA y tercer periodo de pago de almacenaje, seran computados conforme al Reglamento." Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7998

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio movil por satelite y servicio telefonico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-98-MTC/15.03 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa IRIDIUM PERU S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del Servicio Movil por Satelite, en el territorio de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el Servicio Movil por Satelite, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de la concesion del mismo, la que se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por Resolucion del Titular del Sector;

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