TEXTO PAGINA: 5
Pág. 160749 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de junio de 1998 Oficializan el "V Curso Internacional de Avances en Neumología y Cuidados Intensivos", realizado en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 280-98-RE Lima, 15 de junio de 1998 Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 487-98, del Vicemi- nistro de Salud, de 21 de mayo de 1998, mediante el cual solicita la oficialización del "V Curso Internacional de Avances en Neumología y Cuidados Intensivos", organizado por la Univer- sidad Peruana Cayetano Heredia, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 12 al 14 de junio de 1998; De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "V Curso Internacional de Avances en Neumología y Cuidados Intensivos", organizado por la Univer- sidad Peruana Cayetano Heredia, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 12 al 14 de junio de 1998. 2º.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 6575 Oficializan el "I Simposium Internacio- nal de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacional", que se realiza en la ciu- dad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 281-98-RE Lima, 15 de junio de 1998 Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 511-98, del Viceministro de Salud, de 28 de mayo de 1998, mediante el cual solicita la oficialización del "I Simposium Internacional de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacional", organizado por la Comisión de Salud, Población y Familia del Congreso de la República, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 15 al 16 de junio de 1998; De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "I Simposium Internacional de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacional", organizado por la Comisión de Salud, Población y Familia del Congreso de la República, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 15 al 16 de junio de 1998. 2º.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 6576 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sec- tor Público a favor del INABIF DECRETO SUPREMO Nº 045-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-92-EF, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a aprobar los acuerdos de donación concertados con los países del Grupo de Apoyo, y a disponer la utilización de los recursos provenientes de dichas donaciones; Que, el Gobierno de Francia, integrante del Grupo de Apoyo, celebró con el Gobierno de la República del Perú un Protocolo Financiero de Donación hasta por Fr.Fr. 87 000 000,00 (OCHEN- TA Y SIETE MILLONES DE FRANCOS FRANCESES); Que, el Gobierno de la Confederación Suiza, integrante del Grupo de Apoyo, celebró con el Gobierno de la República del Perú, un Convenio de Contribución no Reembolsable por US$ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, mediante Decreto Supremo Nº 128-97-EF, se autori- zó una operación de transferencia de partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el ejercicio de 1997 a favor del INABIF a fin de que destine dichos recursos a la realización de Programas de Desarrollo en beneficio de la niñez desam- parada; Que, resulta necesario durante el presente ejercicio presu- puestal, continuar apoyando la labor del INABIF a fin de que concluya con la realización de las obras que permitan la puesta en marcha de los Programas de Desarrollo en beneficio de los niños y adolescentes en circunstancias especialmente difíciles; Que, a la fecha existen saldos de libre disponibilidad provenientes de las citadas donaciones, que son posibles destinarlos para los fines expuestos en los párrafos prece- dentes; Que, es necesario autorizar la utilización de los saldos antes indicados previa inclusión de los mismos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de trasferirlos al Pliego 340 Instituto Nacional de Bienestar Fami- liar; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 022-92-EF y Artículo 17º de la Ley Nº 26703 de Gestión Presupuestaria del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas a utilizar parte de los saldos correspondientes a las donaciones suscritas con el Gobierno de la República de Francia hasta por CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINCE Y 00/100 FRANCOS FRANCESES (Fr.Fr. 4 400 015,00) y del Gobierno de la Confederación Suiza hasta por DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIEN- TOS OCHENTA Y DOS Y 09/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 257 882,09). Artículo 2º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 1998 hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 868 921,00), monto equivalente a la conversión de las cifras señaladas en el artículo precedente, conforme al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 4.0.0 : FINANCIAMIENTO 4.2.0. : SALDO DE BALANCE 4.2.1. : SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES 4.2.1.001 : SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES 2 868 921,00 ----------------- TOTAL INGRESOS 2 868 921,00 =========