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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (16/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 160763 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de junio de 1998 por la suma de VEINTE MIL y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 000,00), a ............................................., garantizando que cumpli- rán todas y cada una de las obligaciones que asumen en virtud del contrato de fecha ..................., que suscriben con ustedes por haber resultado favorecidos con la adjudicación de la buena pro en el Concurso Público para la Contratación de la Persona Jurídica que se encargará del proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Ucayali S.A.. La presente carta fianza es de realización automática al primer requerimiento, por lo que la honraremos a la simple solicitud de ustedes, indicando que nuestro fiado ha incumplido, en cualquiera de sus extremos, el ya mencionado contrato. En caso de no pagar el importe de la carta fianza dentro de las veinticuatro horas siguientes a su solicitud, incurriremos auto- máticamente en mora y el importe de la fianza devengará intereses moratorios equivalente a la tasa activa en moneda nacional (TAMN) más tres puntos. Esta fianza regirá desde la fecha y expirará el .... de ............... del 1999, a las .......... horas. Atentamente, BANCO FIADOR ANEXO Nº 07 DE LOS FACTORES DE LA CALIFICACION • Para calificar a la empresa liquidadora, el Comité designa- do por la Superintendencia deberá basarse exclusivamente en los siguientes factores de calificación: Propuesta Técnica - Experiencia de la persona jurídica postora 20 puntos - Currículum Vitae de las personas que tendrán a su cargo la liquidación de la CRAC 25 puntos - Monto de los activos, pasivos y patrimonio 10 puntos - Propuesta del Plan de trabajo 15 puntos Propuesta Económica 30 puntos • El puntaje total máximo es de 100 puntos y, será colocado de acuerdo al cumplimiento de cada factor de calificación, el cual irá desde 0 (cero) hasta el máximo de puntaje indicado para cada factor. • Se determinará la remuneración porcentual promedio de cada propuesta, en función de las remuneraciones por rubros y su importancia sobre los activos, que servirá como factor de calificación de la propuesta económica. • De producirse igualdad de puntajes totales, se preferirá al de mayor calificación técnica. La Persona Jurídica que obtenga el mayor puntaje luego de sumar todos los factores de calificación, será quien se adjudique la Buena Pro del Concurso Público para la selección de la Liquidación de la CRAC. El puntaje mínimo para ser declarado como ganador es 60 puntos. 6544 CONTRALORIA GENERAL Autorizan ampliación de alcance de auditoría para el examen del Fondo de Apoyo Técnico, Préstamo BID Nº 985/ OC-PE, "Programa de Reforma del Sec- tor Inversiones", período 1997 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 065-98-CG Lima, 15 de junio de 1998 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 10-98-CG/SOA del 11 de junio de 1998, respecto a la procedencia de otorgar autoriza- ción para la ampliación del alcance de la auditoría externa solicitada por el Ministerio de Economía y Finanzas para el examen del Fondo de Apoyo Técnico, Préstamo BID Nº 985/OC- PE, "Programa de Reforma del Sector Inversiones", contando con las visaciones de la Gerencia de Supervisión y Desarrollo, Normas Técnicas y Secretaría Técnico Jurídica y de Etica. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 058-97-CG del 19 de marzo de 1997, resultado del Concurso Público de Méritos Nº 02-97-CG, se designó a la Sociedad de Auditoría Coleridge y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada actual- mente Medina Zaldívar y Asociados Sociedad Civil de Responsa- bilidad Limitada, para examinar los estados financieros y otros aspectos operativos del período 1996 del citado programa; Que, existe el requerimiento del Proyecto de Coordinación del Programa de Ajuste Sectorial Financiero - Préstamo BID Nº 985/OC-PE, mediante el cual solicita que se comprenda dentro de los alcances de la precitada Resolución de Contraloría, la realización de exámenes a los estados financieros del Fondo de Apoyo Técnico al cierre de cada ejercicio fiscal, para lo cual cuentan con la aprobación del Banco Interamericano de Desa- rrollo - BID, quien ha manifestado su no objeción a la contrata- ción de la Sociedad de Auditoría Medina Zaldívar y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, para el examen al ejercicio 1997; Que, habiendo la firma auditora tomado conocimiento de la situación al haber efectuado la auditoría del período 1996 y recibido toda la información actualizada de las operaciones de la empresa, aspecto que favorece la prontitud con la que se requie- ren los informes, resulta pertinente otorgarle la autorización solicitada; Que, el Artículo 44º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría establece: "La entidad conformará una Comisión Especial que se encargará de cautelar el cumplimien- to del contrato, la que mantendrá informada a la Contraloría General de la República de las incidencias en su ejecución, además alcanzará la evaluación de su cumplimiento"; Que, es necesario encargar a la Unidad de Normas Técnicas de la Gerencia de Supervisión y Desarrollo las coordinaciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente resolución; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documen- to de vistos y de conformidad con el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 162-93-CG del 19 de noviembre de 1993 y los Artículos 19º, 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas, la ampliación del alcance de la auditoría, para el examen del Fondo de Apoyo Técnico, Préstamo BID Nº 985/OC- PE "Programa de Reforma del Sector Inversiones" período 1997, debiendo suscribir la addenda al contrato correspon- diente con la Sociedad de Auditoría Medina Zaldívar y Asocia- ciones Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada. Artículo Segundo.- La entidad autorizada en el artículo anterior deberá conformar la comisión especial a que se refiere el cuarto considerando de la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a las Unidades de Normas Técnicas y Planificación y Supervisión del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervisión y Desarrollo, las coordina- ciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente resolución, así como la supervisora del examen a efectuarse en el citado programa, respectivamente. Artículo Cuarto.- La firma auditora designada, durante el desempeño de su labor se sujetará a las normas consignadas en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría y demás disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 6539 ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos res- ponsables de la comisión de delitos de defraudación de rentas de aduanas, contra la fe pública y otros RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA ADUANAS Nº 000150 Callao, 9 de junio de 1998