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Pág. 160959 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de junio de 1998 Pág. 3 PROYECTO Lima, sábado 20 de junio de 1998 Proyecto de Ley Modificatorio del Artículo 10º de la Ley Nº 26497 relativo a la Elección del Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil El Consejo Nacional de la Magistratura, en uso de las atribuciones de iniciativa legislativa que le confiere el Artículo 107º de la Constitución Política del Perú, presenta el siguiente: PROYECTO DE LEY CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura es un organismo autónomo e independien- te de los demás órganos constitucionales y se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica, con facultades, entre otras, de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir a jueces y fiscales de todos los niveles, salvo que éstos provengan de elección popular; Que, además, constitucionalmente compete al Consejo Nacional de la Magistratura nom- brar, por un período renovable de cuatro años, al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE- así como al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, pudiendo dicho Consejo removerlos por falta grave; Que, no obstante provenir de la misma fuente constitucional, las respectivas leyes orgánicas de los mencionados organismos electorales establecen diferentes procedi- mientos a seguir para el nombramiento de sus correspondientes Jefes Nacionales; pues en efecto, mientras que para el nombramiento del Jefe del RENIEC, el Consejo Nacional de la Magistratura debe elegir entre una terna propuesta por el Comité Consultivo de la propia institución, en el caso del nombramiento del Jefe de la ONPE se debe realizar mediante concurso público; Que, la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil no establece el procedimiento para la formulación de la terna de candidatos que el Consejo Consultivo debe proponer al Consejo Nacional de la Magistratura, de tal modo que garantice adecuada elección de los mismos para la trascendente función a desempeñar; Que, el sistema de concurso público permite realizar en forma expeditiva, transparente y eficaz la evaluación y selección para elegir a la persona idónea para el cargo de Jefe del RENIEC; Que, en consecuencia, resulta necesario uniformizar el sistema de selección y nombramiento del Jefe del RENIEC, homologándola con el procedimiento de Concurso Público establecido para elegir al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE; Estando a lo acordado en sesión del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura realizada con fecha 18 de junio de 1998; Se propone al Congreso de la República, el siguiente proyecto de Ley: