Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 1998 (20/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 20 de junio de 1998 20 de junio de 1998

PROYECTO NORMAS LEGALES

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Proyecto de Ley Modificatorio del Articulo 10º de la Ley Nº 26497 relativo a la Eleccion del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil

El Consejo Nacional de la Magistratura, en uso de las atribuciones de iniciativa legislativa que le confiere el Articulo 107º de la Constitucion Politica del Peru, presenta el siguiente:

PROYECTO DE LEY
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de la Magistratura es un organismo MORDAZA e independiente de los demas organos constitucionales y se encuentra sometido solo a la Constitucion y a su Ley Organica, con facultades, entre otras, de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir a jueces y fiscales de todos los niveles, salvo que estos provengan de eleccion popular; Que, ademas, constitucionalmente compete al Consejo Nacional de la Magistratura nombrar, por un periodo renovable de cuatro anos, al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE- asi como al Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, pudiendo dicho Consejo removerlos por falta grave; Que, no obstante provenir de la misma fuente constitucional, las respectivas leyes organicas de los mencionados organismos electorales establecen diferentes procedimientos a seguir para el nombramiento de sus correspondientes Jefes Nacionales; pues en efecto, mientras que para el nombramiento del Jefe del RENIEC, el Consejo Nacional de la Magistratura debe elegir entre una terna propuesta por el Comite Consultivo de la propia institucion, en el caso del nombramiento del Jefe de la ONPE se debe realizar mediante concurso publico; Que, la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil no establece el procedimiento para la formulacion de la terna de candidatos que el Consejo Consultivo debe proponer al Consejo Nacional de la Magistratura, de tal modo que garantice adecuada eleccion de los mismos para la trascendente funcion a desempenar; Que, el sistema de concurso publico permite realizar en forma expeditiva, transparente y eficaz la evaluacion y seleccion para elegir a la persona idonea para el cargo de Jefe del RENIEC; Que, en consecuencia, resulta necesario uniformizar el sistema de seleccion y nombramiento del Jefe del RENIEC, homologandola con el procedimiento de Concurso Publico establecido para elegir al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE; Estando a lo acordado en sesion del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura realizada con fecha 18 de junio de 1998; Se propone al Congreso de la Republica, el siguiente proyecto de Ley:

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