Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 1998 (20/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 20 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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2. Conocer la problematica de su comunidad en relacion con los objetivos de las Defensorias. 3. Mantener relaciones adecuadas con todos los miembros de su comunidad. 4. Orientar a las familias para evitar situaciones que afecten el desarrollo integral y los derechos de los ninos y adolescentes. 5. Captar y/o denunciar los casos de violacion de los derechos defendidos por la DEMUNA. 6. Apoyar a la DEMUNA y Defensoria Comunal en las acciones que ellas emprendan. 7. Captar nuevos Promotores - Defensores. 8. Participar de modo obligatorio en los cursos de capacitacion realizados por la DEMUNA. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Cualquier situacion no prevista en el presente reglamento sera resuelto por la DEMUNA en coordinacion con los responsables de cada Defensoria Comunal y la Direccion de Servicios Sociales, con conocimiento de la Comision Permanente de Servicios Sociales. Segunda.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a traves de la DEMUNA la implementacion del presente Reglamento. 6705

dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6706

Modifican Acuerdo que autorizo convocar a subasta publica para adjudicar locales de la obra "Edificio Municipal, Biblioteca y Otros"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 053-98/CDLO Los MORDAZA, 2 de junio de 1998 VISTA: La mocion sobre modificacion de Acuerdo de Concejo Nº 016-98/CDLO presentada por la Comision de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo de Concejo Nº 016-98/CDLO se autoriza a convocar a Subasta Publica con el objeto de adjudicar a traves de la modalidad de Contratos de Asociacion con Terceros para el usufructo y aprovechamiento de los 4 locales comerciales de la obra "Edificio Municipal, Biblioteca y Otros"; Que, la Ordenanza Nº 112/MML modifica las Ordenanzas Nº 097/MML y Nº 098/MML las mismas que sirvieron de Base Legal para la dacion del Acuerdo de Concejo Nº 016-98/CDLO, la misma que en consecuencia debe adecuarse a la MORDAZA modificatoria para el logro de sus fines; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º inciso 17), el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y contando con el MORDAZA POR MAYORIA; ACORDO: Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 016-98/CDLO, cuyo tenor literal sera el siguiente: "Articulo Primero.- Autorizar, para que se convoque a Subasta Publica, con el objeto de adjudicar en la modalidad que corresponda y que sea mas conveniente a la Municipalidad, los Cuatro Locales Comerciales de la Obra: "Edificio Municipal, Biblioteca y Otros". Articulo Segundo.- MODIFICAR el Articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 016-98/CDLO, cuyo tenor literal sera el siguiente: "Articulo Segundo: Dejar sin efecto, el Acuerdo de Concejo Nº 103-97-CDLO, y disponer que la Administracion Municipal de cumplimiento al presente Acuerdo presentando al Concejo en el plazo MORDAZA de 30 dias el Proyecto de Bases de la Subasta, asi como el Proyecto de Contrato a adjudicarse". POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6707

Prorrogan plazo de beneficios de condonacion de Tasa de Interes Moratorio y multas tributarias otorgados a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 021-98/CDLO Los MORDAZA, 2 de junio de 1998 EL CONCEJO DEL DISTRITO DE LOS MORDAZA En Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, por UNANIMIDAD, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 021-98/CDLO QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 024-97/CDLO Y Nº 025-97/CDLO RESPECTO A LOS BENEFICIOS DE CONDONACION DE LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) Y MULTAS TRIBUTARIAS A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Articulo Primero.- PRORROGUESE, la condonacion de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) hasta el 30 de junio de 1998 a los contribuyentes que cumplan con cancelar al contado sus tributos vencidos entendiendose como pago al contado, el pago del predio anual completo que se adeuda. Articulo Segundo.- AMPLIAR, el beneficio de condonacion de las multas tributarias hasta el 30 de junio de 1998 a los contribuyentes que cumplan con regularizar su Declaracion Jurada de Autoavaluo por transferencia y/o rectificaciones. Articulo Tercero.- PRORROGAR, la condonacion de las multas tributarias a los contribuyentes que cumplan con regularizar sus Declaraciones Juradas de Autoavaluo por OMISION siempre que cuenten con su Declaratoria de Fabrica o Licencia de Construccion, hasta el 30 de junio de 1998. Articulo Cuarto.- EXTIENDASE, los beneficios de la presente Ordenanza a aquellos contribuyentes cuyas deudas se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion Tributaria, el estricto cumplimiento de lo

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