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Pág. 160951 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de junio de 1998 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores las acciones comunes clase A y las accio- nes comunes clase B de INVERSIONES DEL COBRE S.A. - INVERCOB. Artículo 2º.- La negociación de los valores a que se refiere el artículo anterior procederá luego de transcurri- das setentidós (72) horas contadas a partir de la notifica- ción a la Bolsa de Valores de Lima con la presente resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a INVERSIONES DEL COBRE S.A. - INVERCOB, a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 6614 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Confirman la Resolución de la Geren- cia de Propiedad Inmueble Nº 755-97- ORLC-GPI RESOLUCION JEFATURAL Nº 177-98-ORLC/JE Lima, 5 de mayo de 1998 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por don RODOLFO SAKATA BUENDIA, mediante la Hoja de Trámite Nº 7731 del 3 de abril de 1998, contra la Resolu- ción de la Gerencia de Propiedad Inmueble Nº 755-97- ORLC/GPI del 7 de diciembre de 1997; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el primer párrafo del Art. 99º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, según Texto Unico Ordenado aprobado por el D.S. Nº 02-94-JUS, el recurso de apelación se interpone cuando la impugnación se sustenta en diferente interpre- tación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; Que, la impugnación del recurrente se fundamenta en el argumento de la menor jerarquía legal de la cual se halla investido el Decreto de Urgencia Nº 049-96 del 17 de julio de 1996 siendo que, según el apelante, dicha norma no puede oponerse a otras normas de mayor jerarquía como son los Artículos 51º y 70º de la Constitución Política del Estado y los Artículos 2009º, 2011º, 2016º y 2017º del Código Civil; Que, el recurrente no ha desvirtuado las consideracio- nes contenidas en la resolución impugnada, cabiendo agregar a modo de precisión que de acuerdo al Inc. 18) del Art. 118º de la Constitución Política del Perú los Decretos de Urgencia son normas con fuerza de ley dictadas por el Presidente de la República; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, según Texto Unico Ordenado aprobado por la Resolución Nº 185-96-SUNARP, la Reso- lución Nº 022-95-SUNARP y el Art. 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por el D.S. Nº 04-95-JUS. SE RESUELVE; Artículo Unico.- Confirmar la Resolución de la Ge- rencia de Propiedad Inmueble Nº 755-97-ORLC/GPI del 7 de diciembre de 1997, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución. Regístrese y comuníquese. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 6704INRENA Aprueban lineamientos - términos de referencia para elaboración de planes de manejo forestal y operativo anual en bosques de la zona Biabo - Cordi- llera Azul RESOLUCION JEFATURAL Nº 053-98-INRENA Lima, 17 de junio de 1998 Visto el Oficio Nº 706-98-INRENA-DGF, mediante el cual la Dirección General Forestal solicita la aprobación de los Lineamientos - Términos de Referencia para la Elaboración del Plan General de Manejo Forestal y del Plan Operativo Anual (POA) en los bosques de producción de la Zona Forestal Permanente Biabo - Cordillera Azul. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-97-AG, se declara como Zona Forestal Permanente al Bosque Nacional Biabo - Cordillera Azul, destinada a asegurar el suministro conti- nuo de madera y otros bienes y servicios, mediante el manejo integral de dichas áreas, estando su administración a cargo del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, con Resolución Jefatural Nº 035-98-INRENA, de fecha 4 de mayo de 1998, se aprueba los "Lineamientos para la exploración y evaluación forestal en los bosques de producción de la Zona Forestal Permanente Biabo - Cor- dillera Azul", de conformidad con el Artículo 3º del Decre- to Supremo Nº 003-98-AG; Que, el objetivo de los estudios de exploración y eva- luación forestal es la elaboración de un Plan General de Manejo Forestal, orientado a viabilizar el manejo sosteni- ble de los bosques. En el caso de la Zona Forestal Perma- nente Biabo - Cordillera Azul, en base a dicho documento técnico, el titular de la concesión forestal elaborará al detalle el Plan Operativo Anual (POA); En consecuencia, es necesario aprobar los Lineamien- tos - Términos de Referencia para la elaboración del Plan General de Manejo Forestal y del Plan Operativo Anual (POA) en los bosques de producción de la Zona Forestal Permanente Biabo - Cordillera Azul, que uniformicen el proceso de elaboración e implementación de estos planes; En uso de las atribuciones conferidas mediante el inciso i) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92-AG; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar los LINEAMIENTOS - TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORA- CION DEL PLAN GENERAL DE MANEJO FORESTAL y DEL PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) EN LOS BOSQUES DE PRODUCCION DE LA ZONA FORES- TAL PERMANENTE BIABO - CORDILLERA AZUL, que forman parte de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. MIGUEL VENTURA NAPA Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales 6802 Relación de personas jurídicas inscri- tas en el Registro de empresas e instituciones calificadas para realizar estudios de impacto ambiental en el sector agrario RESOLUCION JEFATURAL Nº 054-98-INRENA-J Lima, 17 de junio de 1998