Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1998 (24/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 24 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES
Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Primera Sala del Tribunal Registral

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escritura publica materia de estudio no se ha consignado el monto de la hipoteca que grava el inmueble cuya inscripcion de hipoteca solicita. Se hace la observacion de conformidad al Inc. 3) del Art. 1099º del Codigo Civil", interviniendo como Vocal ponente el Dr. MORDAZA MORDAZA Scheelje; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el presente titulo se solicita inscripcion de la hipoteca sobre la partida registral del inmueble ubicado en la manzana C-1, lote 21 del asentamiento humano San MORDAZA, distrito de Huaral, inscrito en la Ficha Nº 23749 del Registro de Propiedad Inmueble de Huaral, en merito al parte notarial de la escritura publica de mutuo con garantia hipotecaria de fecha 29 de diciembre de 1997 otorgada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA Purca MORDAZA, que fuera formalizada ante el Notario Publico de Huaral, Dr. MORDAZA MORDAZA Llontop; Que, revisada la partida registral del inmueble se desprende que es titular de dominio la citada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, casada con don MORDAZA Purca MORDAZA, quien lo adquirio del Concejo Provincial de Huaral como consta del Titulo archivado Nº 2460 del 18 de diciembre de 1995; Que, como se aprecia de la primera clausula de la minuta inserta en la escritura venida en grado, el mutuante convino en dar un prestamo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge por la suma de S/. 2,500 nuevos soles y en garantia del pago del capital prestado, sus intereses, los costos y costas del juicio en caso que hubiera lugar, y en general para el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato, los mutuatarios constituyeron hipoteca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre el inmueble de su propiedad MORDAZA descrito; Que, se aprecia tambien de la clausula setima de la minuta, que MORDAZA partes convinieron en valorar el inmueble hipotecado en la suma de S/. 8,000 nuevos soles, en caso de ejecucion, cuyas dos terceras partes servirian de base para la subasta; Que, por la hipoteca se afecta un inmueble en garantia del cumplimiento de cualquier obligacion propia o de un tercero, siendo uno de sus requisitos de validez, que el gravamen sea de cantidad determinada o determinable y que se inscriba en el Registro de Propiedad Inmueble tal como lo prescriben los Articulos 1097º y 1099º inciso 3) del Codigo Civil; Que, en el presente caso, no se ha determinado el monto de la hipoteca, ni se han precisado los medios para determinarlo, toda vez que el mismo no tiene por que coincidir con el monto de la obligacion garantizada o con el de la valorizacion del inmueble, por cuanto cada uno de estos responden a fines distintos; Que, siendo ello asi, y teniendo en cuenta ademas, como ya se indico, que constituye requisito de validez de la hipoteca que el monto de la misma sea de cantidad determinada o determinable, el titulo submateria adolece de defecto insubsanable, por lo que se debio proceder a su tacha de plano y no a su observacion; Que, consecuentemente, el titulo materia de alzada no cumple con los requisitos contenidos en las normas del Codigo Civil MORDAZA citado para la constitucion de dicho gravamen, por lo que en virtud del primer parrafo del Articulo 2011º de la referida MORDAZA sustantiva y los Articulos 150º y 151º del Reglamento General de los Registros Publicos no es procedente amparar la presente solicitud de inscripcion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la denegatoria de inscripcion formulada por la Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble de Huaral al titulo referido en la parte expositiva y declarar que el mismo no es inscribible por adolecer de defecto insubsanable.

MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Vocal (e) del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA SORIANO Vocal (e) del Tribunal Registral 3193

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Aprueban formatos de declaracion jurada de solicitantes de Bonos de Reconocimiento para informacion sobre aportaciones efectuadas al SNP
RESOLUCION JEFATURAL Nº 026-98-JEFATURA/ONP MORDAZA, 4 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 180-94-EF se establecieron los procedimientos administrativos para la correcta aplicacion de las disposiciones referidas a la emision del MORDAZA de Reconocimiento; Que, los incisos i) y ii) del Articulo 7º del referido Decreto Supremo senalan que el afiliado podra suministrar la informacion sobre las aportaciones correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la fecha de su incorporacion al Sistema Privado de Pensiones y la cantidad de meses de aportacion adicionales a los cuarentiocho (48) meses de aportacion durante el periodo comprendido entre el 6.12.82 y el 5.12.95, respectivamente, mediante Declaracion Jurada en los formatos que se aprueben y con cargo a verificacion posterior; Que, resulta necesario aprobar los referidos formatos de las Declaraciones Juradas; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, los Articulos 6º, 7º y 14º del Decreto Supremo Nº 180-94-EF, el inciso d) del Articulo 7º del Estatuto de la ONP, aprobado por el Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso d) del Articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF y la Resolucion Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos denominados "Declaracion Jurada del Solicitante de MORDAZA de Reconocimiento de haber aportado al SNP durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de su incorporacion al SPP" y "Declaracion Jurada del Solicitante de MORDAZA de Reconocimiento de los meses aportados al SNP adicionales a los cuarentiocho (48) meses de aportacion durante el periodo comprendido entre el 6.12.82 y el 5.12.95", que como Anexos Nºs. 1 y 2 forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Oficina de Normalizacion Previsional Jefe

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