Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1998 (24/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 24 de marzo de 1998 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 01691-EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importacion de ciertos productos agropecuarios esta sujeta a la aplicacion de derechos especificos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 133-94-EF, 99-95-EF, 151-95-EF, 025-96-EF, 080-96-EF y 005-97-EF, vigente a partir del 2 de febrero de 1997, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 9 y el 15 de marzo de 1998; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios FOB de referencia para la aplicacion del derecho especifico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Trigo BDTB 144 Maiz BDTE 119 Arroz BDTK 275 Azucar SULX 265

Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que inicie las acciones correspondientes contra el representante legal de la Empresa de Transportes La MORDAZA del Alto MORDAZA S.A. y los que resulten responsables, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion, remitiendosele los actuados del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3204

PESQUERIA
Declaran la caducidad de derecho administrativo otorgado a empresa pesquera mediante la R.D. Nº 296-90PE/DGT
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 036-98-PE/DNPP MORDAZA, 23 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 296-90-PE/DGT, de 27 de agosto de 1990, ampliada por Resoluciones Directorales Nºs. 009-91-PE/DGT y 001-93-PE/DNPP, de 21 de enero de 1991 y 15 de enero de 1993, respectivamente, se otorgo concesion a CONSORCIO PESQUERO SALAVERRY S.A. (COPESA) para que desarrolle las actividades de enlatado, congelado y procesamiento de harina de residuos de pescado y especies desechadas, en su establecimiento industrial ubicado en la autopista Salaverry km. 4,5, distrito de Salaverry, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que por Resolucion Ministerial Nº 399-95-PE de 26 de MORDAZA de 1995, se establecio un plazo adicional de treinta (30) dias para que las empresas cumplan con adecuarse a las normas legales y reglamentarias vigentes y al Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, bajo apercibimiento de declararse la suspension o caducidad de las concesiones y licencias otorgadas; Que por Resolucion Ministerial Nº 358-97-PE de 17 de MORDAZA de 1997, en adecuacion a la Ley General de Pesca y demas normas reglamentarias se aprobo la transferencia de la licencia de Consorcio Pesquero Salaverry S.A., a favor de MORDAZA MARITIMA S.A., en lo que respecta a sus plantas de enlatado harina y aceite de pescado en el establecimiento industrial MORDAZA citado, fijandose para la MORDAZA actividad en 60 t/h la capacidad de procesamiento de materia prima, no pudiendo fijarse la capacidad de operacion de la planta de enlatado por encontrarse inoperativa; Que con Oficios Nºs. 660 y 1149-97-PE/DNPP de 15 de MORDAZA y 25 de noviembre de 1997, se otorgo a MORDAZA MARITIMA S.A. ciento cincuenta (150) y treinta (30) dias para que ponga operativa su planta de enlatado y para que subsane algunas omisiones; Que de acuerdo a la evaluacion del expediente de MORDAZA MARITIMA S.A. se ha determinado que la recurrente no ha cumplido con subsanar las observaciones formuladas, encontrandose incursa en la causal de caducidad prevista en la Resolucion Ministerial Nº 399-95-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Control mediante Informe Nº 134-97-PE/DNPP-Dc de 30 de di-

Del 9/3 al 15/3

Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 3235

MTC
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra representante de empresa por presunta comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 161-98-MTC/15.02 MORDAZA, 18 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Informe Nº 179-98-MTC/ 15.18.01. de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre de este Ministerio, la Empresa de Transportes La MORDAZA del Alto MORDAZA S.A., para obtener el incremento de su flota vehicular en la ruta MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, presento Tarjeta de Propiedad del vehiculo de Placa de Rodaje UQ-1159 y que despues de la verificacion correspondiente se ha determinado que dicho bien no es de propiedad, resultando falso dicho documento; Que, el hecho senalado precedentemente es susceptible de ser calificado como delito contra la fe publica en la modalidad que lo tipifica el Codigo Civil, por lo que resulta necesaria la intervencion del Procurador Publico MTC para que inicie las acciones del caso; Que, por lo expuesto debe dictarse el acto administrativo del caso; Acorde con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862;

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