Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1998 (24/03/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 158396

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de marzo de 1998

Autorizan viaje de representantes de Imponen servidumbre de electroducto PETROPERU S.A. para que participen para lineas de transmision en favor de en taller sobre derrame de hidrocarbu- empresa de electricidad ros, que se realiza en Ecuador RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 095-98-EM/VME RESOLUCION SUPREMA Nº 028-98-EM MORDAZA, 23 de marzo de 1998 Visto el Oficio Nº RHU-CA-018-98, de fecha 16 de marzo de 1998, del Presidente del Directorio de la empresa Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., solicitando autorizacion de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, del 23 al 26 de marzo de 1998 se llevara a cabo el Taller Regional de ARPEL "Derrame de hidrocarburos: dispersantes, quemado in situ e incineracion", en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador; Que, PETROPERU S.A. en su Sesion de Directorio Nº 05-98, de fecha 11 de marzo de 1998, acordo autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero Proteccion Ambiental, Gerencia Refineria Conchan y MORDAZA Urizar MORDAZA, Supervisor Mayor III, Unidad Proteccion Ambiental y Seguridad, Gerencia Operaciones Oleoducto, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 22 al 27 de marzo de 1998, para que participen en el Taller precitado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 009-96-OIOE, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 165-96-EF/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero Proteccion Ambiental, Gerencia Refineria Conchan y MORDAZA Urizar MORDAZA, Supervisor Mayor III, Unidad Proteccion Ambiental de PETROPERU S.A., a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, 22 al 27 de marzo de 1998, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion que ascienden a US$ 4,084.00 (Cuatro Mil Ochenticuatro y 00/100 Dolares Americanos) seran cubiertos por PETROPERU S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos (US$ 200.00 x 6 dias) Inscripcion Tarifa CORPAC TOTAL US$ US$ US$ US$ US$ 834.00 2,400.00 800.00 50.00 -----------4,084.00 MORDAZA, 26 de febrero de 1998 Visto, el Expediente Nº 22053497 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1114622, 1130192, 1152125 y 1167448, presentado por la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de la servidumbre de electroducto para las lineas de transmision Estructura Nº 1A - Progresiva 2+560,76 y Estructura Nº 376 - S.E. Yauricocha (Tramos de la linea S.E. Oroya Nueva - S.E. Yauricocha), ubicadas en los distritos de La Oroya y MORDAZA, provincias de Yauli y Yauyos, departamentos de MORDAZA y Lima; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. CENTROMIN PERU S.A., concesionaria de transmision de energia electrica en merito a la Resolucion Suprema Nº 086-93-EM, de fecha 27 de diciembre de 1993, solicito la imposicion de la servidumbre de electroducto para lineas de transmision, para regularizar la ocupacion de bienes requeridos por las lineas de transmision Estructura Nº 1A - Progresiva 2+560,76 y Estructura Nº 376 - S.E. Yauricocha (Tramos de la linea S.E. Oroya Nueva - S.E. Yauricocha); Que, con fecha 5 de agosto de 1996, la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., constituyo una Sociedad Anonima subsidiaria bajo la forma de Empresa Estatal de Derecho Privado, denominada "Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A.", persona juridica inscrita en la Ficha Nº 131922, asiento 1A del Libro de Sociedades del Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima; Que, por Resolucion Suprema Nº 059-97-EM, se aprobo, a favor de la Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., la transferencia de la Concesion Definitiva otorgada a CENTROMIN PERU S.A. mediante la Resolucion Suprema Nº 086-93-EM y del Contrato de Concesion Nº 068-95, aprobado con Resolucion Suprema Nº 064-95-EM; Que, con Oficio GEGE-536-97, presentado el 17 de setiembre de 1997, la peticionaria solicito a la Direccion General de Electricidad que la presente regularizacion de servidumbre, sea emitida a favor de la Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A.; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del citado Decreto con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y que en merito al Decreto Supremo Nº 73-95-PCM, se incluye a la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 0395-PCM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 013-98-EM/ DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 110º y Articulo 11º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM prorroga-

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 3250

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.